A abordajes transdisciplinarios, que cambian formas, análisis y tiempos de justicia, intentando hacerla más biológica, se suma la Justicia restaurativa, reparativa, reintegrativa y quizás algún día se agregue a la mediación, otras instancias para desjudicializar y aliviar el sistema actual. La justicia juvenil restauradora o reparadora (material y simbólica), nace ante el fracaso de la justicia retributiva tradicional, punitiva y a veces cercana a la vengativa, en la idea de un juez de Kitchener (Ontario, Canadá), quien en 1979, inspirado en la justicia de los pueblos autóctonos, reunió a jóvenes acusados de vandalismo con los dueños de las propiedades atacadas por ellos y los hizo pensar en modos de reparar los daños. Este tipo de abordaje toma en cuenta la tríada: responsabilidad del autor o victimario; restauración o reparación del daño y reintegración del transgresor a la comunidad. Más que centrar en la penalización o castigo, se subrayan las consecuencias del hecho y se da la oportunidad de recuperar, volver al estado inicial y aprender a responder o actuar, bajo atributos humanos y conscientes. En los casos en que esta ley se aplica, disminuye la tasa de reincidencia. Dice Paul Virilio: "Toda guerra acaba gracias a la disuasión y por supuesto al mutuo entendimiento". ¿A qué leyes responden los adolescentes transgresores? ¿A las legitimadas por sus padres (generalmente transgresores según sus percepciones) o a las desconocidas leyes de un Estado al que ni se sienten pertenecientes? Los tratados internacionales, luego de profundos debates, recomiendan utilizar la internación como último recurso o en caso de recurrir a la misma, hacerlo el menor tiempo posible. También plantean alternativas como la libertad asistida o restringida, el trabajo que beneficia a la comunidad y otras estrategias o medidas socioeducativas, según las condiciones y circunstancias de quien también es sujeto de derecho.































