En La Capital del 29 de junio se transcriben declaraciones del ministro del Interior de la Nación, Florencio Randazzo, quien habría afirmado que "el vicepresidente de la Nación es miembro del Poder Ejecutivo" y su preocupación debe centrarse en preservar los intereses del poder que representa. Es duro tener que admitir que el ministro del Interior pueda incurrir en ese dislate institucional. El artículo 87 de la Constitución nacional dice: "El Poder Ejecutivo de la Nación será ejercido por un ciudadano con el título de presidente de la Nación Argentina". En nuestro sistema institucional no existe la vicepresidencia como ente, dentro del Poder Ejecutivo. El vicepresidente como tal tiene un cargo en expectativa; no es miembro del Ejecutivo. Lo será cuando fallezca, renuncie o sea destituido el presidente. Mientras esto no ocurra el vicepresidente es miembro del Poder Legislativo, presidente del Senado de la Nación (art. 55 de la Constitución). Cuando la Constitución enumera las atribuciones del Ejecutivo se refiere sólo a las atribuciones del presidente en ejercicio (art. 99). El señor ministro, por razón del cargo que desempeña, no debe ignorar que el vicepresidente no es un miembro del Poder Ejecutivo, sino del Legislativo, y en ese sentido está ejerciendo las atribuciones que le corresponden. Ante la crítica tan despiadada como injusta hacia la figura del vicepresidente, me siento tentado de decirle al ministro Randazzo que antes de criticar la actuación del vicepresidente lea la Constitución, que es el pacto de unión de los argentinos.