Sastre, a más de un año del histórico fallo que alejó las fumigaciones

La determinación dispuso una zona de mil metros de exclusión total para el uso y aplicación de agrotóxicos en torno a todo el perímetro de la cabecera del departamento San Martín. Pero el municipio aún no acató la sentencia
7 de noviembre 2021 · 22:48hs

Pararon catorce meses de conocida la sentencia del juez en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª Nominación de Rafaela, Duilio Hail, quien dictaminó “alejar las aspersiones terrestres de todo tipo de agrotóxicos, a mil metros de la planta urbana de la ciudad de Sastre y Ortiz” y solicitó a las autoridades que legislen al respecto. Si bien pasó por el Concejo una ordenanza de promoción de la agroecología, el municipio aún no realizó demarcaciones, ni puso mangas de viento y se negó a someterse a los alcances del fallo judicial. Municipio y productores presentaron en cambio un recurso de inconstitucionalidad que fue rechazado por la Cámara de Apelaciones y luego recurrieron en queja pidiendo que el veredicto sea analizado por la Corte Suprema santafesina, trámite que aún no encontró respuestas sobre su admisión. De todas maneras, la sentencia está en total vigencia, lo que implica que las autoridades locales están obligadas a legislar de acuerdo a lo establecido por la Justicia.

El fallo se dio en el marco de un juicio de amparo ambiental colectivo interpuesto en noviembre de 2018 contra la Municipalidad de Sastre por 40 vecinos de esa ciudad que acompañaron el reclamo de la familia de Zoe Giraudo, una niña de dos años que se encontraba en tratamiento oncológico y que debía mudarse a la zona periférica al sur de la localidad, muy cerca de los campos donde hasta ese momento se realizaban fumigaciones, lo que podía comprometer severamente su recuperación.

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De acuerdo a lo registrado por la organización de vecinos autoconvocados Unión Ciudadana por la Vida y el Ambiente (Ucva), “a la instancia judicial se llegó tras nueve meses de permanentes reclamos a las autoridades del Concejo y el Ejecutivo -que nunca recibió a los vecinos- para que modificaran la ordenanza de uso y aplicación de agroquímicos”.

En concreto, el reclamo de los ciudadanos de los barrios periféricos de Sastre comenzó a tomar forma en febrero de 2018, cuando una vecina capturó con la cámara de su celular a una máquina pulverizadora de agroquímicos que estaba realizando una aplicación a menos de 70 metros de su vivienda y dentro de la zona de exclusión que, en ese momento de acuerdo a la ordenanza vigente, era de 100 metros desde el límite de la zona urbana.

Al no encontrar respuestas satisfactorias ni en la policía ni en el municipio respecto a la legalidad de la situación denunciada, varios vecinos decidieron presentar una carta al Concejo para conocer la legislación vigente respecto de las fumigaciones y, a su vez, solicitar se extendiera la zona de exclusión “a fin de resguardar la salud de la población y de la biodiversidad”.

Ese fue el inicio de un camino que, con muchos escollos y trabas que emanaban desde las mismas autoridades locales, desembocó en la acción judicial que llevó más de un año y medio de actuaciones y que tuvo dos sentencias favorables para los vecinos.

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El camino

Para llegar a una acción judicial que determinara el alejamiento de las fumigaciones, los vecinos transitaron primero un camino de nueve meses donde participaron de varias reuniones con los concejales y realizaron diferentes acciones de concientización y recopilación de datos científicos para avalar su pedido.

Durante ese período, la agrupación organizó marchas, proyección de documentales y conversatorios con médicos, abogados ambientales, periodistas e ingenieros agrónomos para alertar sobre las consecuencias sanitarias que significaba para los sastrenses haber estado -y seguir estando- expuestos a los agrotóxicos en forma crónica durante los últimos 25 años.

En ese momento, la Municipalidad estaba a cargo de quien hoy sigue siendo intendenta, María del Carmen Amero (UCR-Frente Progresista, Cívico y Social) y el Concejo estaba compuesto por Oscar Cagliero, Edgardo Figueroa y Susana Bruno del partido oficialista; Leandro Baravalle y Rubén Bustamante de Cambiemos y Eva Lucero del Partido Justicialista.

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Aval científico

Desde la primera reunión que mantuvieron los vecinos con los concejales en marzo del 2018 entregaron material científico que avalaba la solicitud, jurisprudencia relacionada al alejamiento de los agrotóxicos de las zonas pobladas y ordenanzas de experiencias exitosas en la implementación de un modelo de producción agroecológica en el periurbano de las poblaciones en la provincia de Santa Fe.

“A todo este material se sumaron los resultados del campamento sanitario realizado en Sastre por el Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de Rosario (UNR) en 2017 que, entre otros porcentajes, arrojó que en esta ciudad los casos de cáncer superan en casi un tercio a la media nacional. Situación que se repite en la mayoría de los poblados que se encuentran en zonas de intensa actividad agroindustrial, censados por la Facultad”, indicaron desde Ucva.

Sin embargo, las respuestas por parte de las autoridades no llegaban y, por el contrario, los vecinos que firmaban las peticiones o concurrían al Concejo empezaron a sufrir persecución en sus lugares de trabajo tanto en el ámbito municipal como privado. Hubo quienes por esa razón perdieron su fuente laboral como empleados y contratados por el municipio.

“También emanaron desde el mismo Ejecutivo, que en todo ese tiempo nunca recibió a los vecinos ni participó de sus convocatorias, afirmaciones maliciosas, amedrentamientos y falsedades con la intención de desacreditar a las personas que llevaban adelante el reclamo y a la causa que defendíamos”, expresaron desde la agrupación.

En agosto, se votó una ordenanza que la única diferencia sustancial con la que estaba vigente, ampliaba la zona de exclusión de 100 a 200 metros. La ordenanza fue vetada por Amero.

Hacia septiembre, los familiares de Zoe recurrieron al municipio para solicitar medidas urgentes para alejar las fumigaciones de su vivienda, dado que pronto se mudarían a una casa muy expuesta a las aplicaciones de agrotóxicos, situación que -según los médicos de la niña-, afectaría la recuperación de su tratamiento oncológico.

Como los padres de Zoe no lograron más que una comunicación telefónica con la intendenta que nunca los atendió personalmente, recurrieron al Concejo para apoyar el reclamo de los vecinos autoconvocados. La situación era desesperante para esta familia y desde el cuerpo legislativo surgió una iniciativa de ampliar la zona de exclusión a 500 metros. Ahí decidieron intervenir los representantes del sector agroindustrial de la ciudad.

Las presiones

En una convocatoria que reunió a colonos de Sastre y de distritos aledaños, los productores se presentaron a una sesión del Concejo para exigir a los ediles que dieran marcha atrás con el proyecto de ordenanza. Fue una noche de discusiones acaloradas y fuertes reclamos que derivaron en que esa propuesta nunca fuera tratada. Los productores también fueron recibidos por la intendenta que en todo momento manifestó su apoyo al sector.

Por el contrario, los vecinos solo obtuvieron la recomendación oral de parte de los concejales de llevar el caso a la Justicia. “Si hay una certificación médica donde se establezca su condición (la de la necesidad de Zoe de no ser expuesta a las fumigaciones) a lo mejor el juez puede fallar a su favor y extender la zona”, dijo insensible el concejal Figueroa a los padres de la niña durante la reunión que se realizó en el Concejo el 18 de octubre de 2018.

Fue así que, llegado el final del año legislativo, la nula respuesta de los funcionarios y ante la urgencia de la familia Giraudo se decidió presentar el caso ante la Procuración General de la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe. La demanda fue acompañada por la firma de 40 vecinos de la ciudad el 29 de noviembre de 2018.

A los pocos días de iniciada la acción judicial contra la Municipalidad de Sastre en los Tribunales de San Jorge el juez que tomó la causa, Daniel Zoso, consideró que había “derechos constitucionales vulnerados y bienes jurídicos lesionados en materia ambiental y sanitaria”, por lo que dictaminó una medida cautelar que disponía el alejamiento de las pulverizaciones a 400 metros de la zona urbana.

De hecho, la acción de amparo colectivo solicitaba el alejamiento de las pulverizaciones terrestres a mil metros y de las aéreas a 1.500 metros, contando desde el fin de la zona urbana de todo el perímetro de Sastre y Ortiz.

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Foja cero

Sin embargo, la cautelar dispuesta en diciembre de 2018 no llegó a cumplir un mes. En plena feria judicial y a instancias de una apelación emanada desde el municipio de Sastre, patrocinado por el abogado santafesino, Domingo Rondina y un conjunto de productores agropecuarios que solicitaron ser parte del proceso, (ya que ellos no habían sido demandados por los vecinos), cuyo abogado era Iván Cullen, consiguieron que la jueza de turno en Santa Fe, Beatriz Forno de Piedrabuena, dictaminara que existían problemas de forma e hicieron caer la medida cautelar de resguardo. La causa volvió a foja cero. A partir de allí, el juicio comenzó a tramitarse en los Tribunales de Rafaela, a 90 kilómetros de Sastre.

Durante 2019 casi no hubo novedades hasta que en octubre el municipio solicitó una instancia de conciliación entre las partes. Fue así que un grupo de los vecinos firmantes, un representante de los productores y miembros del gobierno provincial -que también fue incluido como parte de la demanda cuando pasó el juicio a los tribunales rafaelinos- se encontraron allí para exponer sus posturas ante el juez Duilio Hail. Sin embargo, ningún representante de la Municipalidad de Sastre se hizo presente en la audiencia que ellos mismos solicitaron. La instancia se desarrolló de todas formas y el municipio resultó sancionado por su ausencia.

Tras la feria judicial del verano de 2020, en febrero, Hail dispuso una medida cautelar que alejaba las aplicaciones terrestres de agroquímicos a 800 metros de la zona urbana. La cuestión de las aplicaciones aéreas quedó zanjada con una nueva ordenanza del Concejo sastrense (de 2019) que disponía su alejamiento a tres mil metros; sin embargo, como la misma legislación establecía sólo 200 metros de exclusión para las fumigaciones por tierra, la causa continuó con el objeto de instaurar los mil metros de protección.

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Nueva apelación

La medida precautoria de 800 metros fue nuevamente apelada por la intendenta y los productores, pero esta vez, la Cámara de Apelaciones de Rafaela ratificó en agosto el dictamen del juez Hail.

Un mes más tarde, el 23 de septiembre, el juez rafaelino emitió el fallo de primera instancia que otorgó mil metros de exclusión total para la aplicación de agrotóxicos. Nuevamente el municipio y los productores apelaron y el 11 de diciembre de 2020 la Cámara de Apelaciones de Rafaela, confirmó la sentencia y la dejó firme. A partir de allí los productores decidieron acatar la medida judicial pero el municipio continuó el litigio con la pretensión de llevarlo ante la Corte Suprema de Justicia provincial.

Principio precautorio

En el fallo, Hail rebatió las acciones judiciales presentadas por la Municipalidad, los productores y el gobierno provincial que, en todo momento, argumentaron a favor de las “buenas prácticas agrícolas” para poder continuar con las aplicaciones en cercanías del ejido urbano pese a los reclamos de los vecinos.

Para el trámite del expediente la Justicia tuvo en cuenta el caso de la pequeña Zoe, un relevamiento social comunitario sobre los casos de cáncer en la ciudad, las conclusiones del campamento sanitario realizado por la Facultad de Medicina de la UNR, e invocó una gran cantidad de denuncias de contaminación realizadas por los vecinos, la violación de los deberes de no dañar y prevenir por parte de la Municipalidad. También reivindicó los alcances del principio precautorio contemplado en la ley general del ambiente, entre otras normas de rango constitucional.

Para decidir, el juez consideró la legitimación de los demandantes, atacada tanto por el municipio como por los productores, e invocó, entre otras normativas y convenios, “Las 100 Reglas de Brasilia” sobre el acceso a la Justicia de las personas en condición de vulnerabilidad y que el amparo es la vía idónea para resolver el litigio.

Tuvo en cuenta, además, las valoraciones de la Constitución nacional y provincial, y legislación sobre el derecho a la salud y el ambiente, y remarcó que en este caso “están comprometidos los derechos constitucionales a la vida, a la salud y al goce a un ambiente saludable”.

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Evidencia

Respecto a la evidencia el fallo indica que “se produjo una prueba de tipo científica elaborada por el director del Instituto de Salud Socioambiental de la Facultad de Ciencias Médicas de la UNR, Damián Verzeñassi, quien presentó un riguroso informe que reúne copiosa bibliografía en la materia y elabora conclusiones en base a los llamados campamentos sanitarios”. Entre numerosos ejemplos refirió a informes de universidades públicas argentinas que concluyeron que “el daño que ocurre a nivel del ADN en las células de las personas en contacto directo e indirecto con agrotóxicos, puede provocar diferentes efectos a largo plazo como tumores, infertilidad, que afectan no solo a la generación actual sino a las futuras”.

Entre un amplio desglose de fundamentos técnicos, médicos y legales de 54 páginas, el escrito destacó los aportes del biólogo Rafael Lajmanovich quien, en apoyo a lo indicado por Verzeñassi, enfatizó la necesidad de mantener “zonas de resguardo” de 1.000 metros para evitar daños en la población. También el testimonio de la pediatra Analía Pretto, quien introdujo su impresión sobre el aumento de patologías en la población infantil de la ciudad.

Si bien el magistrado tuvo en cuenta que hay un margen de incertidumbre sobre la cuestión de los daños que provocan los agrotóxicos, es motivo para activar el llamado principio precautorio frente al compromiso de los bienes en juego, ya que la salud y la vida de las personas no pueden esperar las definiciones científicas.

Finalmente, el fallo exhortó a la Municipalidad de Sastre y Ortiz para que, a través del Concejo, debata y sancione una nueva ordenanza que contemple la prueba científica producida en la causa judicial. Situación que a más de un año de la sentencia aún no fue realizada ni por el municipio, ni por los ediles.

“Defendemos el derecho a la salud y a un ambiente sano”

“Pasaron casi tres años en los que los vecinos que componemos esta agrupación, así como el resto de los firmantes del amparo que no pertenecen a la misma, debimos atravesar numerosos obstáculos. Muchos de los cuales pusieron en riesgo o atacaron nuestras fuentes de trabajo y en muchos casos tensaron nuestras relaciones personales”, indicaron los integrantes de UCVA en una misiva enviada al Concejo a principios de 2021 para solicitar al cuerpo que actuara en consecuencia a lo dispuesto por el fallo judicial.

“La falta de empatía demostrada por la jefa municipal y un sector del agro por un reclamo que solo buscó que prevalezca el derecho a la salud y a un ambiente sano por sobre cualquier interés económico, derivó en esta batalla legal que ya cuenta con el aval de la Justicia para proteger a toda la población. Por eso es tan importante la resistencia de todos los que tuvieron el valor de continuar a pesar de todas las presiones recibidas”, indicaron además desde sus redes sociales.

“Estamos agradecidos a aquellos conciudadanos de Sastre que, aun sin participar de esta acción de amparo, nos dieron su apoyo aportando su firma a los numerosos petitorios entregados a las autoridades locales y provinciales, asistiendo a todas las actividades desarrolladas y acompañando con su presencia en el Concejo Municipal”, añadieron.

“Por el camino recorrido desde marzo de 2018 hasta ahora transitaron muchísimas personas a quienes tenemos que agradecer, ya sea por su compromiso con la causa o por representar los más altos valores morales en defensa de los derechos humanos y las garantías constitucionales de gozar de salud y un ambiente sano”, remarcaron.

Exigieron además que, a más de tres años de idas y venidas, el poder político de Sastre cumpla de una vez por todas las obligaciones que le corresponden. “Ya es hora de dejar de gastar dinero público en litigar contra los vecinos y es momento de asistir a los productores y empezar a desarrollar y promover métodos de producción agrícola-ganaderos que no dependan de la utilización de agrotóxicos en toda la zona de exclusión determinada por la Justicia”, enfatizaron.

“Los vecinos y vecinas de Sastre que reclamamos que se respete nuestro derecho a la vida, a la salud y el medio ambiente, no somos un grupito que grita desde la orilla mientras los productores trabajan para alimentar al mundo, como arengó en una reunión de productores la entonces ministra de Producción, Alicia Ciciliani. Tampoco tenemos intencionalidad política, como nos acusó la intendenta Amero. Al contrario, somos personas que defendemos la producción sustentable de alimentos sin venenos, no de commodities. Por eso decimos, ante todo, que la salud está primero”, finalizaron.

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