La Cámara Nacional Electoral (CNE) resolvió este lunes que los resultados provisorios de las próximas elecciones legislativas deberán difundirse exclusivamente por distrito electoral, en cumplimiento con la Constitución Nacional y la legislación vigente. La decisión busca garantizar mayor transparencia y evitar confusiones sobre el alcance de los datos que se difundan la noche del 26 de octubre.
La medida fue adoptada en un acuerdo extraordinario por los jueces Daniel Bejas, Alberto Ricardo Dalla Via y Santiago Hernán Corcuera, luego de un planteo realizado por el frente Fuerza Patria, que había objetado la presentación de resultados unificados en el simulacro realizado el fin de semana pasado. En esa prueba, el gobierno nacional había exhibido una proyección global que sumaba los votos de La Libertad Avanza (LLA) y de Fuerza Patria en todo el país, algo que ahora quedará descartado.
La Cámara recordó que, según la normativa vigente, cada provincia y la Ciudad de Buenos Aires constituyen distritos electorales independientes, por lo que “no existe margen de interpretación que permita realizar un escrutinio global como el previsto para la elección presidencial”.
Un fallo con impacto político
La decisión judicial tiene implicancias directas en la forma en que se comunicarán los resultados la noche del domingo. En la práctica, impide al oficialismo mostrar una suma nacional de sus votos —lo que podía proyectar una ventaja al incluir los 24 distritos donde tiene representación—, mientras que el peronismo compite en 13 jurisdicciones bajo su sello principal y en otras con denominaciones distintas.
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Desde el Gobierno respondieron que acatarán la decisión de la Cámara, aunque advirtieron que también difundirán un resumen nacional “como información complementaria”. Sin embargo, el tribunal fue claro al ordenar que la publicación oficial deberá realizarse por distrito, dejando cualquier otro tipo de presentación fuera del marco establecido por la Justicia Electoral.
Transparencia y confianza pública
En su acordada, la CNE subrayó que la difusión de los resultados provisorios, un conteo preliminar sin valor legal, que depende del Ministerio del Interior y una empresa contratadadebe realizarse “con objetividad y neutralidad, en términos de filiación política partidaria”.
El tribunal recordó que el escrutinio definitivo, el único con validez jurídica, es competencia exclusiva de la justicia electoral, y citó estándares internacionales que recomiendan regulaciones claras para evitar que la publicación de datos parciales genere “efectos negativos en la percepción de confianza pública”.
Además, los jueces reiteraron su pedido a la Dirección Nacional Electoral (DINE), a cargo de Luz Landívar, para que aclare de forma visible la metodología de carga, las diferencias entre el conteo provisorio y el definitivo, y la naturaleza informativa de los resultados del domingo.
Contexto y antecedentes
La resolución se da en medio de un clima de tensión electoral, a pocos días de los comicios legislativos nacionales del 26 de octubre. En el simulacro previo, el gobierno había unificado los resultados de sus frentes políticos para mostrar un panorama nacional favorable, lo que motivó el reclamo de Fuerza Patria.
La Cámara citó antecedentes propios y las directrices de IDEA Internacional, que establecen que los anuncios previos a la certificación final deben regirse por marcos normativos claros y transparentes.
Finalmente, la CNE ordenó a la DINE que “la publicación del escrutinio provisorio deberá respetar estrictamente el criterio de división por distrito electoral”, reafirmando que la estructura federal del país también se refleja en el modo de comunicar los resultados electorales.