Un hombre de 29 años fue condenado a 14 años y cuatro meses de prisión por el crimen de Fabián Enrique Ávila, un vecino de 41 años al que mató de un disparo en el pecho luego de una pelea a golpes de puños en el barrio Cabín 9 de Pérez en septiembre de 2013. La sentencia fue dictada esta semana por un tribunal de apelación que redujo en seis meses la pena impuesta al acusado el año pasado, al término de un juicio oral por el caso.
Con una leve reducción de la pena, la condena a Roberto Sebastián Barrientos fue confirmada por los jueces de la Cámara Penal Daniel Acosta, Guillermo Llaudet y Georgina Depetris. Los camaristas revisaron la sentencia que había sido dictada en diciembre del año pasado por el juez Ismael Manfrín, quien entonces condenó al acusado a 14 años y seis meses de cárcel como autor del crimen de Ávila y un robo a una vivienda, además de la tenencia de un arma de fuego y una moto robada que fueron secuestradas en un allanamiento a su casa. La pena se unificó entonces con una condena federal dictada seis meses antes por la tenencia de droga que se encontró en la misma requisa y el monto quedó en 15 años de prisión.
Madrugada fatal
El crimen ocurrió la madrugada del 7 de septiembre de 2013 en la esquina de Guayacanes y Las Calandrias, en la ciudad de Pérez. Barrientos, al que conocían por su sobrenombre de "El gordo pelín", mantuvo esa noche una fuerte pelea con su vecino Ávila, de 41 años, de quien lo distanciaba "una vieja rivalidad". Los dos se cruzaron en una disputa con golpes e insultos en la que Barrientos llevó la peor parte, según informaron entonces los investigadores. Los hombres fueron separados por sus familiares, la situación se calmó y cada uno regresó a su casa.
Pero alrededor de la 1.30 se volvieron a enfrentar en el mismo lugar. Esta vez "El gordo pelín" sacó un arma y le efectuó un disparo en el pecho a su oponente, quien cayó gravemente herido y murió en el Hospital de Emergencias Clemente Alvarez con un disparo a la altura del corazón.
Cuando Barrientos fue detenido se reactivó una imputación anterior por un robo cometido en 2011 en un domicilio de bulevar Seguí y Larralde, en Rosario. Entonces el dueño de casa denunció que le habían robado un televisor, un equipo de música, un DVD y un acolchado tras violentar un candado y cortar la cadena de la puerta. Las víctimas alcanzaron a ver a los asaltantes y los sindicaron como un menor de 15 años y un hombre al que conocían porque había tenido problemas con él, a quien solían cruzarlo en la zona de Rivarola y Las Palmeras, en el límite entre Pérez y Rosario.
Evidencias
A partir de esa referencia la policía allanó la casa de Barrientos, una construcción cerrada con candado al final de un patio donde su padrastro aseguró que solía ir a dormir, en la calle Golondrinas al 100 de Pérez. Allí los efectivos encontraron una moto Honda azul con los guarismos del motor aparentemente adulterados que registraba un pedido de secuestro por haber sido robada el 19 de agosto de 2010. Se secuestró un revólver calibre 38 Bufalo Dog sin numeración. Y se constató que una llave que se les había caído a los ladrones en la vivienda asaltada abría el candado de esa construcción.
Todos estos delitos derivaron en la única condena que la defensora pública Florencia Chaumet apeló con algunos cuestionamientos relativos a la prueba. Dijo que el ingreso de la policía al domicilio del acusado fue irregular. Planteó que debería ser absuelto o al menos condenado por un homicidio con exceso de legítima defensa y señaló que la pena era "excesiva".
El fiscal Gonzalo Fernández Bussy pidió que se confirme el fallo. Recordó que la requisa policial a su casa había sido consentida por el propio Barrientos al momento de firmar un acuerdo abreviado en la Justicia federal por el hallazgo de droga en ese domicilio.
Al analizar el caso, los jueces consideraron que la prueba era válida y suficiente en todos los delitos. Con respecto al crimen, consignaron que un hijo de la víctima, de entonces 16 años, presenció el ataque y no sólo mencionó a Barrientos como el atacante sino que, tras su arresto, lo apuntó en una rueda judicial. Otros dos testigos relataron una secuencia similar: dijeron que la víctima y "El gordo pelín" discutieron en la vereda, que éste le disparó al pecho a Ávila y que el hijo de la víctima comenzó a arrojarle piedras al agresor. Entonces Barrientos apuntó con el arma al adolescente y gatilló varias veces pero "no salieron los disparos".
Concluyentes
"No existe motivo para valorar la supuesta legítima defensa", concluyeron los jueces en el fallo que se dio a conocer el miércoles pasado. Remarcaron que la pelea entre la víctima y el acusado ya había terminado y que Ávila estaba desarmado cuando fue herido de bala.
No obstante el tribunal rebajó la pena en ocho meses por una cuestión técnica. Es que, por ocultar una moto robada, Barrientos estaba acusado de encubrimiento agravado por el ánimo de lucro cuando este propósito no estaba acreditado. Al quitar este agravante se redujo la pena a 14 años y 4 meses de prisión. De todos modos los jueces impusieron una pena que se aparta del mínimo. Consideraron que "la indefensión de la víctima y las súplicas de su hijo de 16 años" suponen "una intensificación del daño", al igual que los disparos que no salieron por una falla en el arma.