Una travesti presentó una acción de amparo contra la obra social de los empleados públicos provinciales (Iapos) para que le reconozcan una operación de implantes mamarios y de glúteos. También para que se haga cargo de la depilación definitiva de su cuerpo. "No es una cuestión estética, es una cuestión de calidad de vida, lo reconoce la ley de identidad de género", destacó Sandy Sánchez, quien trabaja como asistente escolar en un colegio de Rosario. La demandante estimó que la operación tiene un costo superior a los 70 mil pesos. "Para el Iapos no es nada, para mi es todo", subrayó.
Sánchez presentó en estos días un recurso de amparo porque Iapos se negaba a brindarle cobertura para realizarse implantes de mamas y de glúteos y una depilación definitiva en todo el cuerpo
La presentación está bajo consideración de la jueza en lo Civil y Comercial Silvia Cicutto, quien le solicitó a la obra social que informe los motivos por los que negó esa prestación.
En declaraciones a La Ocho, Sánchez recordó: "Al principio en Iapos me dijeron que fuera atenderme a un hospital, como si yo fuera una persona que no tiene cobertura de obra social. Me ordenaron que vaya al Eva Perón de Granadero Baigorria para hacerme las intervenciones quirúrgicas y aplicarme el sistema láser en el rostro. Ni en ese policlínico y ni en ningún otro hospital hay láser para el rostro", explicó.
La demandante destacó que desde el Iapos "de palabra" le pidieron un presupuesto para las operaciones. "Busqué presupuesto. Un cirujano del Sanatorio de la Mujer pasó uno por encima de los 70 mil pesos, pero Iapos no respondió nunca".
Sánchez remarcó que su reclamo "ya lleva siete meses. Me dijeron informalmente que lo van a cubrir, me lo dijeron desde al Secretaría de la Diversidad Sexual de la provincia, pero oficialmente la cobertura no aparece, por eso tuve que recurrir a la Justicia".
Razones. Luego aclaró que su solicitud "no es una cuestión estética, sino un planteo para mejorar la calidad de vida. Y es un derecho establecido en la ley nacional de identidad de género".
Según Sánchez, las mujeres travestis mueren "antes de los 35 años por varias razones, por no tener una vivienda digna, trabajo ni educación. Pero en especial por no tener salud".
"Las mujeres trans —continuó— terminamos interviniendo nuestro cuerpo con aceites y hormonas que destruyen el hígado, nuestro estómago. Yo tengo colón irritable porque tomo hormonas para tener pecho y el cuerpo parecido a una mujer. Estas intervenciones son por salud, hay chicas que han muerto por colocarse inyecciones de metacrilato".
Más adelante, Sánchez remarcó que de efectuarse la intervención quirúrgica "podré bajar la dosis de hormonas que consumo a diario. De ocho a dos pastillas diarias pasaría de consumir, eso extendería mi calidad de vida".
La demandante enfatizó que pese a al vigencia de la norma sancionada hace ya cuatro años, "el Iapos y la mayoría de las obras sociales ponen trabas para que las operaciones no se concreten. Esta denuncia es mediática, pero en Santa Fe hay más de diez. El tema es recurrente, el Iapos tiene dinero para cubrir este y estos gastos, tal vez sea por discriminación que no lo autorizan".
Sánchez mencionó que aún más importante que los implantes es el aval para avanzar con la depilación definitiva de su cuerpo, otro de los asuntos reclamados a la obra social.
"Para mi es más importante sacarme la barba que ponerme los senos. Me siento mujer pero tengo barba, es raro. Esa operación sale 11 mil pesos, para el Iapos es nada y para mi es mucho. Por eso no las chicas trans no salimos tanto de día, porque nos avergüenza la barba. De noche, con maquillaje se puede disimular mejor", contó.
La norma. La ley de identidad de género (26.743) establece que toda persona tiene derecho al reconocimiento de su identidad de género;
y al libre desarrollo de su persona conforme a esa identidad.
Más adelante precisa que la identidad de género es "la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente, la cual puede corresponder o no con el sexo asignado al momento del nacimiento, incluyendo la vivencia personal del cuerpo. Esto puede involucrar la modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios farmacológicos, quirúrgicos o de otra índole, siempre que sea libremente escogido".
Luego, en su artículo 11, señala que "todas las personas mayores de 18 años podrán, a fin de garantizar el goce de su salud integral, acceder a intervenciones quirúrgicas totales y parciales y/o tratamientos integrales hormonales para adecuar su cuerpo, incluida su genitalidad, a su identidad de género autopercibida, sin necesidad de requerir autorización judicial o administrativa".
La norma establece que "los efectores del sistema público de salud, ya sean estatales, privados o del subsistema de obras sociales, deberán garantizar en forma permanente los derechos que la ley reconoce".