La Justicia autorizó la publicación de una obra inédita de Roberto Fontanarrosa que estuvo frenada varios años por un conflicto de intereses que mantiene enfrentados a la ex esposa y al hijo del escritor rosarino. "Negar todos y otros cuentos", una serie escrita por el Negro antes de morir, quedó paralizada porque Franco Fontanarrosa esgrimió tener los derechos "morales" sobre la producción. Pero para el juez que ahora se expidió sobre el asunto, esos derechos fueron "abusivos".
El polémico conflicto judicial que mantienen Gabriela Mahy y Franco Fontanarrosa sobre los derechos de las obras del notable humorista y escritor fallecido el 19 de julio de 2007 a los 62 años, arrojó en las últimas horas una novedad que, más allá de las partes, provocará regocijo entre los lectores.
Ya en octubre de 2012 hubo un desprendimiento en medio de la puja, cuando Franco avaló la distribución y comercialización de "El área 18", "El mundo ha vivido equivocado", "La gansada", "La mesa de los galanes" y "No sé si he sido claro".
Ahora, el juez civil y comercial Nº 12 de Rosario, Fabián Bellizia, declaró la "legitimidad" del contrato que la última compañera de Fontanarrosa firmó el 27 de febrero de 2008 con Ediciones de La Flor para lanzar a la calle "Negar todo y otros cuentos", una serie en la que el rosarino trabajó hasta pocos días antes de morir (ver aparte).
En una dictamen de 24 carillas, el magistrado dice que son "abusivos" los derechos intelectuales y morales esgrimidos por Franco en el marco de la causa, y en los cuales se basó para paralizar la publicación durante cinco años.
En un apartado, el juez hace referencia a la larga relación que el creador de Inodoro Pereyra, entre otros personajes, mantuvo hasta su muerte con Daniel Divinsky, titular de la empresa editorial y amigo personal de Roberto.
Igual. "Está demostrado que el contrato es de similares (o casi idénticas) características y contenido que todos los contratos de edición de igual tenor que fueron firmados entre Fontanarrosa (en vida) y Ediciones La Flor SRL durante la larguísima relación comercial y de confianza que existió entre ellos", reza el escrito judicial.
Y mientras se decide la cuestión de fondo en el juicio principal (debe determinar quién finalmente será el heredero) que se tramita en los expedientes "Fontanarrosa, Roberto s/declaratoria de herederos", y "Fontanarrosa, Roberto s/nombramiento de administrador provisorio", el juez recordó que "se desprende que los únicos herederos universales declarados son el accionado (Franco) y la tercera citada (Mahy), siendo ésta última sobre quien recayó el nombramiento de administradora provisoria, según una resolución del 13 de agosto de 2007".
"El carácter provisional (teóricamente) ha de ser mantenido hasta el nombramiento de administrador definitivo, situación en la que se está en condiciones una vez instituida la correspondiente declaratoria de herederos, ya ocurrida en el caso en estudio, pero sin que se modificara el nombramiento de administradora provisoria realizado", que continua en cabeza de la cónyuge atento no haberse modificado todavía ese status jurídico.
Finalmente, Bellizia declaró la legitimidad "en todos sus alcances del contrato de edición en base de la acción y referido a la obra denominada «Negar todo y otros cuentos»", por considerar "abusivo el ejercicio de los derechos patrimoniales y morales por parte del coheredero señor Franco Fontanarrosa", y autorizar la divulgación de la obra.
"Caprichoso". "Esta sentencia representa el puntapié inicial para limitar el desmanejo caprichoso y abusivo que Franco Fontanarrosa viene realizando de la obra de su padre, y que hemos denunciado en más de una oportunidad", sentenció María Soledad Alvarez, abogada de Gabriela Mahy.
Y agregó que la resolución "permite que toda la sociedad disfrute de la última obra en la que trabajó Roberto Fontanarrosa antes de morir. El pronunciamiento es pionero en lo que respecta al tratamiento de los límites en el ejercicio de los derechos morales del autor, por cuanto coloca como norte el interés superior de la comunidad en acceder a la obra por sobre el del heredero".
La resolución no está firme y podría ser apelada por la defensa del hijo de Roberto Fontanarrosa.
Un fallo que se considera inédito
“El fallo es el primer antecedente jurisprudencial local y nacional respecto de la extensión de los derechos morales del autor tras su muerte. Si bien sus herederos reciben sus derechos morales, una vez fallecido el autor éstos deben ser ejercidos prestando especial atención al derecho de la comunidad en acceder a los productos culturales”, analizaron las abogadas de la ex esposa de Fontanarrosa, Soledad Alvarez y Karina Font.