La Asociación de Barrios Fonavi cuestionó al municipio por la tasa municipal (TGI) ilegalmente exigida y cobrada a unidades Fonavi sin escrituración (La Capital 25/3/2009). En febrero de 2002, presenté el expediente 119.039-P-02, proponiendo el cese inmediato de liquidación de la TGI a dichas unidades, cuyo titular es el Estado provincial, exento por el Código Tributario; desactivar los ilegítimos reclamos por esas deudas; tomar como créditos para cuando corresponda que tributen (escrituración) los montos ya abonados (considerados como bimestres abonados y no por su valor en pesos) y encomendar al Ejecutivo Municipal gestiones ante la provincia para el otorgamiento de las escrituras. Esto último lo reiteramos en 2004 (expte. 131457-P-04), dando un año, vencido el cual la Municipalidad debería iniciar acciones legales a la provincia por el daño ocasionado al municipio (además del producido a los adjudicatarios). El primer expediente fue aprobado, como decreto 21.381, con modificaciones, pero los intendentes mantuvieron desde entonces una actitud esquiva, eludiendo aplicarlo y procurando aprovechar, cada vez que fuera posible, la falta de información de los adjudicatarios (en su mayoría familias de bajos recursos) para reclamar y/o cobrar esta exacción indebida. En la actualidad los adjudicatarios siguen recibiendo reclamos por parte de la Municipalidad, y lo que es aún más grave, a aquellos que se presentan les están haciendo firmar planes de pago por una deuda que no existe por cuanto están exentos. ¿Es por falta de información de los empleados municipales, o hay una deliberada intención de cobrar a "quienes caen" por desconocimiento? Recién el pasado año se sancionó la ley provincial N° 12.953/08, para normalizar la situación de más del 97 por ciento de los Fonavis, que carecen de escritura, lo cual ocasiona innumerables inconvenientes legales a sus moradores. La efectiva puesta en práctica de la ley se encuentra trabada por diversos factores. El incumplimiento del Estado provincial en su obligación contractual de escriturar ha generado, por ejemplo, que un año atrás un juez santafesino condenó al Estado por ese hecho, tras un juicio de siete años, por viviendas vendidas 16 años atrás.