No me queda claro si las publicidades gigantes colocadas sobre el techo de los inmuebles, en pantallas de LED, van de acuerdo con lo que receta el Código de Tránsito, en los artículos 21 y 22. Si observan, en distintas partes de la ciudad, como por ejemplo en avenida Pellegrini y Paraguay, están instaladas las pantallas de publicidad con la tecnología LED, que por sus colores lumínicos y llamativos, con fuertes imágenes y efectos en movimientos, podrían entretener, confundir y distraer a los conductores y peatones (agravándose por la noche, ya que por su potencia iluminaria, puede asimilarse a relámpagos de una tormenta). Creo que la publicidad sobre la vía pública no es un dato menor en cuestiones de seguridad en la circulación de vehículos y peatones, ni es materia ajena a lo normado por el Código de Tránsito, que impone una publicidad que por su diseño, tamaño y ubicación, no confunda ni distraiga al conductor. Hay que caminar y conducir atentos, mirando de manera horizontal, hacia adelante, hacia los costados y hacia atrás, rara vez puede caer algo del cielo.
































