Tras un mes de negociaciones, un maratónico debate y con la introducción de algunos cambios, la ley ómnibus fue finalmente aprobada este viernes en general en la Cámara de Diputados de la Nación. ¿Cómo continúa ahora el camino de este controversial proyecto que plantea cambios importantes en numerosas áreas?
La Constitución Argentina establece en su artículo 79 que "cada cámara, luego de aprobar un proyecto de ley en general, puede delegar en sus comisiones la aprobación en particular del proyecto, con el voto de la mayoría absoluta del total de sus miembros. La cámara podrá, con igual número de votos, dejar sin efecto la delegación y retomar el trámite ordinario. La aprobación en comisión requerirá el voto de la mayoría absoluta del total de sus miembros. Una vez aprobado el proyecto en comisión, se seguirá el trámite ordinario”.
Este camino es el que seguirá la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, popularmente conocida como “ley ómnibus”.
Con el apoyo del del PRO, de la UCR, de Hacemos Coalición Federal y de Innovación Federal -y el rechazo de todo Unión por la Patria-, el megaproyecto impulsado por el presidente Javier Milei logró 144 votos a favor y tuvo 109 en contra en la Cámara baja. Aunque para que llegue al Senado de la Nación todavía falta.
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Primero debe superar la votación en particular de los artículos, que en el texto original eran 664 pero se redujeron a 224 tras las múltiples conversaciones y acuerdos con la oposición. De todos modos, al ser numerosos, el debate se espera que sea tan extenso como el que se realizó esta semana.
El tratamiento de la iniciativa artículo por artículo comenzará este martes. Se especula que varios podrían ser rechazados, como sucedió con el capítulo fiscal que se retiró en los últimos días.
En ese marco, se multiplican las reuniones entre funcionarios del gobierno nacional y los bloques dialoguistas para intentar llegar a un acuerdo en los puntos donde aún hay controversia, como las facultades delegadas a Milei, las privatizaciones de empresas públicas o la extensión del Impuesto PAIS.
Si se aprueban los artículos en particular, el proyecto con media sanción sí pasará entonces al Senado, que, constituido como cámara revisora, lo puede aprobar, rechazar o devolver con sus correcciones. Si ocurre esto último y Diputados la acepta, el texto se sancionará en la cámara revisora, en este caso el Senado. Pero si Diputados insiste con la redacción originaria, necesitará alcanzar la misma mayoría de 144 votos o una superior que la del Senado para que se sancione el texto que aprobaron este viernes.
Recién una vez que la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados sancionan un proyecto de ley, esta pasa al Poder Ejecutivo y el presidente tiene dos opciones. Puede aprobar y promulgar la ley, completando así el proceso legislativo. La ley se publica luego en el Boletín Oficial y entra en vigencia de acuerdo con los plazos legales. La alternativa es vetar la ley, de forma total o parcial. En el primer caso, el jefe de Estado puede promulgar parcialmente la parte no vetada cuando no desvirtúe el espíritu del proyecto sancionado por el Congreso.