Pasaron seis años desde que ocurrió el crimen por el que un joven fue acusado de manejar la moto en la que iba el tirador. Entonces sólo tenía 17 años; ahora tiene 23. Su hermano menor, Franco, de 16 años en aquella época, estuvo preso con él por el mismo caso y murió ahorcado con una sábana en el Irar en un confuso incidente que se cerró como un suicidio. A pesar de todo eso, y de que estuvo varios años en libertad, un tribunal ordenó ahora que termine de cumplir en la cárcel una condena a 5 años y 4 meses como partícipe de homicidio.
La decisión fue adoptada por tres jueces de segunda instancia. Los magistrados no compartieron el criterio de una jueza de Menores que, aplicando convenciones internaciones en materia de Derecho Penal Juvenil, le permitió al joven cumplir la sentencia en libertad condicional aunque no estuvieran cumplidos los plazos que se requieren para mayores. Para ésto tuvo en cuenta el tiempo que estuvo preso durante la intervención tutelar, las señales de reinserción y el sufrimiento adicional por la muerte de su hermano en prisión.
El tribunal de apelación convalidó el fallo en gran parte, pero entendió que la libertad condicional debe regirse con las mismas reglas que para los adultos. "Esto es un retroceso en la situación del imputado, lo devuelve tres casilleros para atrás sin ninguna fundamentación. El concepto de la pena para menores no es retributivo, la prisión en estos casos es algo excepcional", cuestionó el asesor de Menores Daniel Papalardo, quien consideró que "es mas reconstituyente para un menor permitirle estar en la casa que en la cárcel" (ver aparte).
Facundo Martín Lucero es el joven que volvió a prisión por un crimen cometido en 2011. Tenía 17 años cuando lo detuvieron junto a su hermano por el crimen de Franco Nicolás Coronel, un adolescente baleado en el pecho tras ser emboscado por cuatro jóvenes en motos, en agosto de ese año. Luego de la intervención de un juzgado de Menores, Facundo fue condenado como partícipe necesario del homicidio a cumplir una pena en libertad condicional, aplicando un criterio más benigno para los jóvenes fijado en las Reglas de Beijing.
Ese fallo de la jueza Gabriela Sansó —que en atención a normas internaciones también le otorgó la pena más baja posible— fue apelado por el fiscal Gonzalo Fernández Bussy, quien pretendía 15 años de cárcel. La audiencia de apelación ante tres camaristas debió suspenderse dos veces porque el joven acusado no se presentó: tenía terror de volver al Irar, el lugar donde murió colgado su hermano. Por eso le dictaron la rebeldía, lo apresaron y estuvo cinco meses en detención preventiva a la espera de que se resolviera la apelación.
El caso
El crimen de Coronel ocurrió el 19 de agosto de 2011. Cerca de las 17 de ese viernes Franco se desplazaba en una moto de baja cilindrada con otro muchacho por la zona sudoeste. En pasaje Ancón al 3400 (Saavedra al 4200) fueron emboscados por dos motos en las que viajaban al menos cuatro personas que abrieron fuego sin pronunciar palabra e hirieron al adolescente en el pecho.
Cinco días después fueron detenidos los hermanos Lucero en su casa de Felipe Moré al 3800. La jueza Sansó condenó a Facundo en 2015 como partícipe necesario de los delitos de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y robo en grado de tentativa. Al fijar la pena consideró los montos más bajos —previstos para esos delitos en grado de tentativa— como lo establecen criterios internacionales en materia de Justicia Penal Juvenil. También tuvo en cuenta que la muerte del hermano significó para él una suerte de "pena natural" durante el proceso.
La muerte de Fabián ocurrió al año siguiente de su arresto. A poco de su detención escapó del Irar, adonde según su familia estaba amenazado de muerte. Ya con 17 años volvió a ser detenido, el 22 de octubre de 2012, por efectivos de la comisaría 14ª y acusado de robo calificado. Quedó alojado nuevamente en el Irar. A los tres días apareció ahorcado con una sábana en una celda que compartía con otros dos chicos.
Reclamos
En la apelación del caso el fiscal de Cámaras Guillermo Corbella pidió que condenen a Lucero a 15 años de prisión y cuestionó la modalidad condicional. Dijo que a Facundo "le aplicaron muchas sanciones por faltas graves" mientras estuvo en el Irar.
La defensora Claudia Benoliel pidió la absolución o que se confirme la pena original. Resaltó el apoyo de la familia del joven y que el mismo se mantuvo alejado del conflicto con la ley hasta principios de 2017, cuando su pareja lo denunció por lesiones y amenazas.
El asesor Daniel Papalardo defendió el fallo y aclaró que de los 16 a los 18 años el chico estuvo la mayor parte del tiempo privado de la libertad. "Las circunstancias de la muerte del hermano de Facundo fueron dudosas y por descarte se estableció que fue un suicidio", destacó en la audiencia.
Finalmente los camaristas Guillermo Llaudet, Tomás Orso y Georgina Depetris compartieron el criterio de aplicar una pena reducida, aunque advirtieron un error de cálculo por el cual la aumentaron en un mes. También respaldaron la consideración de la muerte de Fabián como una pena natural. Pero no estuvieron de acuerdo con la modalidad condicional.
En este punto, evaluaron que no están cumplidos los dos tercios de la pena, requisito impuesto a los adultos para obtener el beneficio, porque no se tuvieron en cuenta los "reiterados incumplimientos al tratamiento" del muchacho. Dispusieron que se practique un nuevo cómputo y siga detenido hasta la fecha en que podría quedar libre.
Un primer fallo con un gran respaldo
"El fallo contra Fernando Lucero desconoce una de las características especiales que tiene el régimen de menores y resuelve en base a criterios de adultos. El criterio que había aplicado la jueza de primera instancia para permitirle al chico cumplir la pena en libertad condicional tiene un enorme respaldo internacional y era una solución justa de la causa", dijo el asesor de Menores Daniel Papalardo, quien también objetó que se le permita a la Fiscalía apelar en procesos de menores, regidos por un objetivo especial que es el acompañamiento y la reinserción antes que la aplicación de condena.
"La provincia de Santa Fe desconoce el derecho de Menores en general, tiene un sistema de enjuiciamiento juvenil que es contrario a la Constitución y que no se sostiene en un Estado moderno", cuestionó el asesor, y aclaró que "para los menores el concepto de pena no es retributivo, no es aplicar daño por daño".