El olor a humo que salía de un volquete de Felipe Moré y Gaboto se propagó en el caluroso mediodía del 4 de enero de 2018 y no tardó en revelar su origen macabro. Envuelto en una frazada, atado con una soga, lo que se quemaba entre la basura era el cuerpo de María del Rosario Vera. Una joven que la noche anterior había sido sofocada y estrangulada en contexto narco en una casa del barrio. Tenía marcas de haber mantenido relaciones sexuales y de una golpiza feroz que no dejó espacio a salvo en su contextura pequeña y delgada de 23 años.
El juicio oral por el caso terminó en febrero de 2021 con dos acusados absueltos y una condena a 25 años de prisión al dueño de la casa donde se cometió el crimen. Un año después, un tribunal de apelación elevó esa pena a prisión perpetua. En un fallo dividido, dos juezas consideraron que no se trató de un homicidio común sino de un caso de femicidio. Una muerte que respondió a la condición de mujer de la víctima: “Se encontraba en un contexto de suma vulnerabilidad. Entre hombres que tenían armas y vendían estupefacientes. Con superioridad física y numérica. Y que podían decidir sobre su vida”.
A esa conclusión llegaron las camaristas Georgina Depetris y Bibiana Alonso, con un voto en disidencia de Guillermo Llaudet. El fallo revirtió una polémica sentencia que no había incorporado la figura de femicidio al no constatar una relación violenta previa entre la víctima y el atacante. Los jueces de primera instancia entendieron que la chica, que era consumidora de drogas, había ingresado a esa casa por su propia voluntad. Y que la vivienda donde fue asfixiada no tenía el “aspecto” de un búnker de drogas, lo que irritó a la familia de la víctima.
“Los jueces le tienen miedo al narcotráfico. Ellos vendían droga y mi tía consumía y la mataron como si fuera un perro en un volquete, queremos que paguen”, habían cuestionado el padre, las hermanas y sobrinas de “Sico”, como le decían a María del Rosario, tras el fallo del 24 de febrero de 2021. Los jueces Rafael Coria, María Isabel Mas Varela y Rodolfo Zvala condenaron entonces al vendedor barrial de drogas Néstor Hugo Sánchez, de 48 años, a 25 años de prisión. La pena más alta del delito de homicidio simple. Pero rechazaron el enfoque de femicidio que reclamaban tanto el fiscal Alejandro Ferlazzo como la abogada querellante Mariana Caratozzolo.
Sánchez fue quien, a la vista del barrio, trasladó en una carretilla el cuerpo de María del Rosario hasta el volquete donde le prendió fuego. Los otros acusados fueron su ex cuñado Alberto Martín “Noventa” Sánchez, de 37 años, y Nahuel Segovia, quienes estuvieron en la casa la tarde previa al crimen y fueron absueltos por la duda. Martín Sánchez acarreaba las secuelas de seis disparos recibidos en una disputa por drogas. Según la investigación, era parte de una banda de venta de drogas llamada “Los Noventa” a la que al parecer se vinculó María del Rosario con ventas a pequeña escala para sumar algo a su subsistencia.
El último día
Era la menor de diez hermanos y criaba sola a sus cuatro hijos de entonces 2, 3, 6 y 8 años, que tras su muerte quedaron al cuidado de sus tías. Los mantenía con 4 mil pesos mensuales de un plan social y colaboraba en un merendero. Tres meses antes del crimen se había separado del padre de los chicos tras un historial de maltrato. Estuvo un tiempo con los nenes en un refugio municipal para víctimas de violencia de género y luego, con la plata de un subsidio, se había mudado a una casita humilde en los bordes de villa Banana, en Amenábar y la vía paralela a Felipe Moré.
La última vez que la vieron sus familiares fue el 3 de enero de 2018. Esa tarde pasó a visitar a su mamá, se bañó y a las 15 dejó a los chicos con el papá. Le dio los documentos, las tarjetas de Ansés y una mochila con ropa y le pidió que los cuidara mucho si ella no volvía. A su ex cuñada, que era su amiga, le dijo que tenía miedo porque la seguían “los soldados de Martín”. Le advirtió que si no volvía para las 18 hiciera la denuncia pero que no se acercara a la comisaría del barrio, la 19ª.
Comentaba que “Martín” era un policía que estaba “en las dos movidas”, que se había quedado con droga de un allanamiento y que ella lo había cuidado mientras estuvo internado en el Heca. Primero se pensó que se trataba de un policía que mantuvo una relación con ella, pero el efectivo fue desvinculado. Luego se consideró que sería “Noventa” Sánchez. El interrogante sobre quién era Martín no fue aclarado.
Lo que se probó es que la tarde del 3 de enero María del Rosario estuvo conversando y tomando alguna bebida frente a la casa de Sánchez, una vivienda de material pintada de color beige, puerta azul y techo de chapa de Felipe Moré y Garay, pegada a la vía. En algún momento se fue y regresó más tarde. Un vecino la vio entrar a la casa.
Hallazgo en el volquete
La madrugada del 4 de enero alrededor de la 0.30, la hora de la última conexión de la joven a su celular, fue asesinada. La autopsia detectó golpes en brazos y piernas y un doble mecanismo homicida: la estrangularon con un lazo y a la vez la sofocaron en forma manual. A la mañana los vecinos de Felipe Moré y Gaboto sintieron olor a quemado en un volquete y descubrieron el cuerpo a medio quemar. Estaba envuelta en una frazada y tenía una soga atada al cuello con dos piedras gruesas en los extremos.
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Se comprobó que la chica mantuvo relaciones sexuales con más de una persona. El forense no descartó que fuera violada: aunque no se encontraron lesiones genitales, tenía golpes en el resto del cuerpo. En el lazo que le comprimía el cuello y en la bombacha se detectó el ADN de tres personas. Sánchez dio positivo en el cotejo con las muestras de la ropa interior, donde también se halló material genético de otra persona aún no identificada.
Un testigo de identidad reservada contó que había visto a “Huguito” Sánchez trasladar a la mujer en un carro, envuelta en una alfombra. Dijo que la tarde anterior había visto llegar a la chica “de calza gris con mochila celeste”. Luego vio entrar a la casa a otro hombre de borcegos y pantalón cargo azul o negro. “Este pibe alrededor de las 2 de la madrugada se fue, incluso Hugo le dijo: «Andate, si sos un cagón. Yo sabía que los amigos me iban a dejar solo»”.
Como dueño de la casa donde se cometió el crimen y con un resultado de ADN positivo, Sánchez quedó además comprometido porque esa noche les pidió ayuda a sus vecinos para formatear un celular que luego vendió. Se presume que era el teléfono de Sico, que al igual que su mochila nunca apareció. Por eso fue condenado.
El tribunal de primera instancia no aplicó al caso el agravante del femicidio que se incorporó al Código Penal en 2012 y que se pena con prisión perpetua cuando los crímenes son cometidos por razones de género. “No se desprende que María del Rosario haya estado sometida por los imputados el día del hecho o con anterioridad”, dijeron los jueces y evaluaron que la chica “tenía chances de retirarse si se sentía en peligro”. Sánchez admitió que tuvo relaciones con Vera pero dijo que fueron consentidas y a cambio de “droga y cien pesos”, un intercambio que aseguraba mantener con otras mujeres. Un vecino le escuchó decir “esta rubia me batió la cana”, lo que daría cuenta de que a Sico la mataron para silenciarla.
Disconformes, el fiscal y la querella apelaron. Consideraron que a la chica la mataron por “ser mujer”: “Vera fue víctima de violencia de género desde su adolescencia, fue madre soltera a los 15 años y no tuvo el apoyo del padre de sus cuatro hijos para la crianza. A más de esta vulnerabilidad estructural, al momento del hecho se hallaba sola con tres hombres en un lugar donde se vendían drogas”. Advirtieron que en el caso se dan supuestos de violencia física, sexual, económica y simbólica.
Cambio de encuadre
Sin la adhesión de Llaudet, que respaldó el criterio anterior, las camaristas Alonso y Depetris aceptaron esos planteos y consideraron que se trató de un femicidio. “Por una reproducción de estereotipos se ha tendido a identificar el crimen de género en el contexto de una relación preexistente”, advirtieron, lo que suele dejar fuera del concepto de femicidio “una infinidad de casos” provocados por la desigualdad entre varones y mujeres.
Para las juezas, el fallo anterior "incurre en especulaciones no probadas pero utilizadas en contra de la víctima” y que rozan el estereotipo, como afirmar que “su problemática de consumo y su falta de recursos económicos” la llevaron a vincularse con los agresores. Para las juezas, que la relación sexual haya sido consentida o no es indistinto. “Lo importante no es cómo comenzó sino cómo terminó: culmina con la muerte y hay lesiones muy importantes que pueden haber impedido o limitado su resistencia ante un abuso sexual. El acto sexual es el que pone el componente de género en el cuadro de situación. Fue violentada antes de morir casi la totalidad de su cuerpo”.
“Entonces tenemos el caso de una mujer joven, sola con sus hijos, pobre y desvalida. Con antecedentes de ser víctima de violencia de género, asustada por la posible represalia de alguna relación sentimental en una contexto difícil y violento, que luego de mantener una relación sexual con un hombre conocido es golpeada y vejada hasta morir asfixiada y luego arrojada a un contenedor para ser quemado su cadáver", enumeraron, a lo que se suma que esta joven que rozaba el metro y medio y pesaba 56 kilos "claramente fue sometida a tamaña paliza por su inferioridad física por su condición de ser mujer, ante la superioridad en fuerza ostentada por su agresor”.