En ese sentido instaron a las instituciones policiales y de salud a implementar “efectivas acciones para profundizar la profesionalización de su personal en una debida perspectiva de género acorde a su misión institucional, brindando herramientas y conocimientos a través de la formación, capacitación y especialización de su personal, para así hacer efectivo el mandato legal de prevenir y erradicar la violencia contra la mujer”.
Esa noche
El tormento sufrido por Noelia tuvo su punto máximo sobre las 23.30 del miércoles 28 de julio de 2021 en la vivienda de Ayacucho al 1700 que compartía con su hija de entonces 11 años y su pareja Carlos Maliandi, un docente de 51 que trabajaba en el Ministerio de Educación. Según la acusación formulada por la fiscal de Homicidios Gisela Paolicelli, una discusión originada luego de que él le pidiera su celular para revisar el contenido culminó con golpes y forcejeos hasta que Maliandi metió en el baño a la mujer, le arrojó alcohol y le prendió fuego.
Mientras estuvo internada, “la Seño Noe” recibió el apoyo de alumnos y allegados que se concentraron frente al hospital con velas y pancartas que reclamaban esclarecer lo ocurrido. Noelia pudo sobrevivir tras varias intervenciones quirúrgicas y aún hoy sufre las consecuencias de sus quemaduras en su cuerpo, por las que continúa en rehabilitación y no puede consumir alimentos sólidos.
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Durante el debate oral se contrastaron dos teorías: el intento de femicidio esgrimido por la fiscal Paolicelli y la querella representada por las abogadas Vanesa Vargas, Marcela Mancini y Sofía Basso, y la versión del intento de suicidio que expuso la defensa integrada por Lucas Peirone y Juan Pablo Audisio.
Luego de una minuciosa reconstrucción del contexto de violencia de género que atravesaba la relación, y de la mecánica de un hecho que la propia víctima no podía recordar merced a su estado de shock, el tribunal consideró probada la escena que describió la acusación: Maliandi, que según los jueces “consideraba a Noelia un objeto de su propiedad”, le prendió fuego a la mujer cuando ésta le comunicó que no seguiría adelante con la relación.
“Cuando se inicia el fuego Noelia estaba en un estado de shock y no lo recuerda precisamente, por eso se comprobó mediante la reconstrucción de la relación previa, de un perfil psicológico y criminal de Maliandi, de la forma de vincularse con otras personas, cómo la fue aislando de sus vínculos, se pudo reconstruir todo el contexto”, dijo luego a la prensa Paolicelli.
Constataciones
En la audiencia prevista para dar a conocer el veredicto los jueces expusieron una serie de consideraciones sobre el proceso prácticamente desde el momento del hecho, cuando Noelia ingresó al hospital como una mujer que había intentado suicidarse. En desmedro de ese relato que la defensa convirtió en su teoría del caso, el tribunal consideró probada la hipótesis de la acusación.
Como la víctima no recordaba el momento ni la secuencia previa por la cual terminó con el 15% de su cuerpo quemado, la investigación debió reconstruir el contexto de violencia de esa relación. Los jueces consideraron un hecho que cuando Noelia rompió el documento de la unión convivencial que mantenían y le anunció que lo dejaría Maliandi “respondió con extrema violencia, intentando matarla, derramándole alcohol encima e incendiando partes vitales de su cuerpo”. Y que al no lograr su objetivo intentó establecer la idea de que Noelia se había querido suicidar.
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Para los jueces fue determinante comprobar la relación que atravesaba la pareja para entender la escena del hecho. “Se demostró que Maliandi, desde el comienzo de la relación, aisló sistemáticamente a la víctima de su familia y amigos, impidiéndole trabajar y relacionarse con otros. Noelia accedió, al principio como consecuencia de la acción seductora del acusado, y luego producto del miedo, a medida que éste iba mostrando su faceta violenta y manipuladora. También se demostró que este hecho no fue la única agresión sufrida por Noelia, sino que también fue violento con su ex pareja y con su propia madre”, argumentaron.
El tribunal también aludió a la reconstrucción de la mecánica del hecho realizada por los investigadores a partir del abordaje de distintos expertos que analizaron incluso las heridas de la víctima para establecer, por ejemplo, que nunca pudo haberse quemado sin la intervención de otra persona. Y que no había nadie más que Maliandi en esa escena antes, durante ni después.
Los jueces también se refirieron al daño causado por Maliandi, “no sólo las gravísimas consecuencias que padeció y aún padece la víctima” en su salud física y psicológica “sino también en su vida de relación, en su desempeño laboral y en su economía familiar; sino todo el sufrimiento previo que implicó vivir sometida durante un año y medio a las humillaciones, amenazas y agresiones físicas del acusado”.
Negligencias
El tribunal también juzgó importante señalar “la deficiente respuesta institucional que se ha apreciado a lo largo de las diferentes instancias por las que tuvo que atravesar Noelia” y culminaron su exposición instando a distintas instituciones involucradas a capacitar a quienes deben actuar en estas circunstancias.
Las consideraciones comenzaron respecto del establecimiento educativo donde la docente daba clases, el Colegio Misericordia, donde —según entendieron los jueces— no fueron capaces de contener a la docente cuando comenzó a presentar indicios de los problemas que atravesaba. También criticaron que en vez de abordar la situación luego de que otro docente transmitiera sus sospechas a una autoridad de la escuela, desde allí “se optó por la inacción y el silencio, cuando una oportuna intervención podría haber impedido el grave desenlace".
El segundo señalamiento fue hacia la “negligente intervención” de los agentes de la Policía de Acción Táctica (PAT) que acudieron a la escena luego de que Maliandi llamara al 911. Tanto éstos como quien estaba en el destacamento del Heca y el personal de la comisaría 5ª que inicialmente entrevistaron al agresor, lo hicieron “sin profundizar ningún tipo de indagación ni atender, con la especificidad o especialidad debida, un posible caso de violencia de género”. Para los jueces esa conducta impidió una investigación eficiente y, “como ocurrió, la sustracción de prueba y alteración de la escena del hecho”.
Críticas similares dirigieron a “los médicos que realizaron las primeras atenciones a la víctima, tanto de la empresa de servicios de salud Emerger, como del profesional a cargo de la guardia del Heca”, a quienes les endilgaron haber abordado el caso como un intento de suicidio cuando eso no les constaba. Para el tribunal esas reacciones ponen de manifiesto “una inaceptable incapacitación de estos funcionarios para la prevención de conflictos de esta índole” a 15 años de sancionada la ley que pretender prevenir estos casos de violencia.
“Como actores de este sistema penal —dijeron los jueces— y con la obligación funcional de dar una solución jurisdiccional, más allá de criminalizar las respuestas se deben encontrar en la prevención. Debemos educar, prevenir, y respetar, para llegar antes. Y necesitamos también el respeto y comprmiso sociales. Porque cuando el Estado no responde en tiempo y forma a los compromisos internacionales asumidos en la materia, la violencia de género se agudiza y se convierte en violencia institucional, como le ha ocurrido también a Noelia”.
En tal sentido instaron a las autoridades de esas instituciones a “profundizar la profesionalización de su personal en una debida perspectiva de género acorde a su misión institucional, brindando herramientas y conocimientos a través de la formación, capacitación, actualización profesional y especialización de su personal, para así hacer efectivo el mandato legal de prevenir y erradicar a la violencia contra la mujer”.
La fiscal Paolicelli valoró “el análisis crítico que hizo el tribunal sobre los primeros momentos de esta investigación porque es cierto que costó mucho encuadrarlo como una tentativa de femicidio porque todos los actores que habían intervenido habían creído la versión del imputado sobre un intento de suicidio. Ni siquiera habían formulado consulta con el fiscal, tampoco habilitaron un protocolo de género y esta capacitación a la que exortan los jueces es importantísima”.
"El fallo es ejemplar porque no se circunscribe a valorar solo las posibilidades del sistema penal que asoman cuando el hecho ya sucedió, y el delito ya se cometió sino que además, novedosa y muy acertadamente, los jueces hablaron de la importancia fundamental que requiere estar preparado, capacitado para prevenir las violencias por motivos de género", señaló la querellante Vargas, satisfecha porque el tribunal "pudo detectar y transmitir lo que implica para una víctima de violencia de género la violencia institucional que viene después de haber padecido ese hecho violento. Esto es reparador para Noelia porque ella padeció esa violencia institucional posterior".
Por su parte, y luego de haber asistido a todas las jornadas del juicio, Noelia también se refirió al proceso: “Me quedó satisfacción por el trabajo mancomunado que se hizo en equipo entre la fiscalía y la querella. Me parece que sistema judicial estuvo a la altura de estas circunstancias. Yo soy la última víctima de esta persona, no la única. Y el trabajo en equipo y el respeto por el sistema judicial obró para llegar a este veredicto".