No soy de los que creen que la Historia se repite porque nadie se baña dos veces en el mismo río, pero en lo que voy a comentar pasa como con las brujas: no existen pero que las hay, las hay.
Por Ernesto Luezas
No soy de los que creen que la Historia se repite porque nadie se baña dos veces en el mismo río, pero en lo que voy a comentar pasa como con las brujas: no existen pero que las hay, las hay.
Entro en tema: tengo leído en estos días, por boca de altos representantes del gobierno nacional y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Caba), que es necesario “expulsar del país a los extranjeros no residentes, que cometen delitos” o “deportar a los extranjeros ilegales” y más recientemente: “El gobierno nacional y Caba impulsan la expulsión del país para los extranjeros que cometen delitos”.
Esta postura no es nueva en la historia argentina porque el 22 de noviembre de 1902, hace más de 121 años, se dictaba la ley 4.144 llamada “de residencia” que postulaba la aspiración que hoy manifiesta la ministra Patricia Bulrich y el jefe de gobierno de Caba Jorge Macri.
De sus cuatro artículos (todos de la misma temática) quiero transcribir el segundo que es el que viene a cuento en esta nota, decía “el Poder Ejecutivo podrá ordenar la salida de todo extranjero cuya conducta comprometa la seguridad nacional o perturbe el orden público”.
Obvio que esta extradición territorial se podía ejecutar (y se realizó muchísimas veces) por la sola voluntad del Poder Ejecutivo sin intervención del Poder Judicial.
¿Quién propuso y por qué se dictó esta ley? El impulsor fue el diputado Miguel Cané, autor también (aunque parezca mentira) de “Juvenilia”, esa adorable novela que, a los que contabilizamos canas, nos hacían leer en el colegio primario. Cané formaba parte de la élite gobernante que se inspiraban en el principio de Juan Bautista Alberdi: “Gobernar es poblar”.
Bajo esa consigna en el período 1980 a 1905 se produjo un crecimiento poblacional impresionante por el aluvión inmigratorio de italianos y españoles, básicamente, que se asentaron en las grandes ciudades (Buenos Aires, Rosario, Córdoba, provincia de Entre Ríos y Mendoza mayoritariamente). El crecimiento poblacional fue exponencial en el período 1895 a 1914 llegándose a duplicar la cantidad de habitantes, ya que pasamos de 4 a 8 millones. La cantidad de extranjeros llegó a superar a los argentinos nativos.
Los inmigrantes vinieron desde Europa con la idea de “hacer la América”, pero muchos traían las ideas anarquistas y socialistas del Viejo Mundo que pensaban replicar en Argentina. Formaron los primeros sindicatos y después agrupaciones como la Federación Obrera de la Región Argentina (Fora), de ascendencia anarquista al principio, dividiéndose luego en otra de tendencia socialista, posteriormente una tercera de postura sindicalista, hasta que en 1930 se unifican en la CGT con vigencia actual.
Comenzaron las huelgas por la conquista de las 8 horas de trabajo, la limitación en el peso de las bolsas a acarrear, otras mejoras laborales y demás reivindicaciones que hoy nos parecen elementales pero cuyo logro se llevó muchos obreros muertos en el camino, por la impiadosa represión policial.
Esta concentración de revolucionarios en distintos gremios hizo que en cada ciudad se activaran actividades sindicales para trasmitir su prédica. En Rosario, por ejemplo, es paradigmático el caso de los obreros panaderos que, siendo totalmente anticlericales, inventaron los nombres de las facturas. A ellos le debemos las “bolas de fraile”, el “vigilante” y las “jesuitas”, por ejemplo.
Como respuesta a las huelgas cada vez más violentas, el gobierno de Julio Argentino Roca (segundo mandato 1892–1904) impulsó el proyecto del diputado Miguel Cané, que salió aprobado con abrumadora mayoría.
Esta ley, la 4.144, fue obviamente resistida por toda la dirigencia obrera porque los sucesivos gobiernos, en mayor o menor medida, la utilizaron y no fue derogada – pese a los insistentes proyectos de diputados y senadores de distintos partidos políticos – hasta que asumió Arturo Frondizi en 1958. Ni el peronismo quiso derogarla, aunque ya después de los años 40 su eficacia fue disminuyendo porque los anarquistas, principales destinatarios, perdieron fuerza entre los obreros y la inmigración, en general, había disminuido.
Es de toda evidencia, volviendo a la actualidad, que la extradición de extranjeros por el sólo hecho de serlo y por presumir el Poder Ejecutivo la comisión de un delito es de manifiesta arbitrariedad, ya que si efectivamente fue responsable de algún ilícito debe ser la Justicia la que disponga su detención, procesamiento y pena, pero no el Ejecutivo por unilateral decisión.
Visto desde otro ángulo se le estaría dando al extranjero no residente (pese a la saña del discurso) un trato privilegiado. Me explico: si un argentino y un extranjero no residente, juntos, toman un asentamiento y los detienen a ambos y al extranjero lo expulsan del país mientras que al argentino lo someten a juicio y posiblemente termine preso estaría siendo castigado solamente el compatriota mientras que al extranjero se lo deja libre para enviarlo a su país de origen. ¿Cuál es la razón de esta desigualdad? ¿Dónde está la ganancia de lo que propone el Ministerio de Seguridad y el jefe de gobierno de la Caba?
No puedo responder a esos interrogantes.
Así como se tildó siempre de inconstitucional la ley de residencia sería igualmente fulminada cualquier disposición que quiera desenterrar en el siglo XXI la ley 4.144.
Si en el siglo XX no sirvió tampoco funcionará en estos tiempos. Se supone que somos ahora más civilizados.
Ojalá la cordura ayude a quienes proponen “desenterrar” la ley 4.144 de residencia y cesen en el intento.