En el marco del proyecto del nuevo Código de Convivencia que impulsa el Ejecutivo Municipal y se discute en el Concejo, las fuerzas políticas estudian la propuesta de convocar a un tribunal de vecinos para participar de los juicios de las faltas o contravenciones consideradas más relevantes. Si bien hay consenso respecto a generar un nuevo marco administrativo que contemple problemáticas actuales como movilidad, acoso callejero, uso de medios de transporte alternativos, medio ambiente y soportes digitales como prueba, entre otros, hay reparos sobre la posibilidad de que sea un jurado vecinal el que emita un veredicto sobre situaciones que involucren a otros ciudadanos, con el riesgo de profundizar una mirada estigmatizante sobre distintos grupos sociales.
El 29 de marzo el intendente Pablo Javkin remitió al Palacio Vasallo el proyecto que contempla un nuevo Código de Convivencia para Rosario centrado en varios ejes. Según detalló en su mensaje, la idea es "contrarrestar la violencia urbana, fomentar la paz y el respeto sobre la base del compromiso colectivo de la sociedad en los valores de la no discriminación, multiculturalismo, participación, equidad, ética democrática, respeto por el medio ambiente y profundizar en la apropiación y el cuidado de lo público".
Novedoso jurado vecinal
La iniciativa contempla un mecanismo novedoso para el juzgamiento de faltas municipales. Se propone la participación de un jurado vecinal solo en caso de que lo pida el procurador de Faltas (una figura nueva), en caso de que se den algunas condiciones.
Por ejemplo si la sanción económica es igual o superior a 500 UF (cada UF es el valor de un litro de nafta súper); cuando sean faltas que “por su magnitud, naturaleza, circunstancias, lugar, cantidad de partícipes y/o trascendencia hayan generado malestar o conmoción”; o cuando la sanción implique clausura o inhabilitación por más de 90 días.
Ese tribunal podría estar conformado por cinco o siete vecinos, si el juez lo considera, según la “importancia o naturaleza” del caso. Aquí hay un punto de conflicto que los concejales plantean en relación a la representatividad del conjunto de la sociedad. Se promocionará un registro de postulantes para quienes quieran integrar voluntariamente los eventuales jurados.
Además de las evaluaciones puertas adentro de cada bloque político, los concejales se reúnen un miércoles cada quince días en una comisión especial para analizar los capítulos del proyecto de Código de Convivencia.
La coordinadora de esos encuentros es Marina Magnani. En ese marco, la concejala del PJ indicó que, si bien es necesario un nuevo ordenamiento administrativo en virtud de problemáticas actuales, algunas fuerzas políticas plantearon reparos en relación a la implementación del Tribunal Vecinal. “Es el punto más fuerte del debate” advirtió.
>> Leer más: Trabajadoras sexuales, travestis y trans, en el debate del Código de Convivencia
Puntos de controversia
En cuanto a su postura particular, observa dificultad en la propuesta oficial para que “la representación vecinal sea amplia, heterogénea y exprese a todos los colectivos sociales desde las perspectivas culturales, étnicas y geográficas. Hay que buscar mecanismos lo más representativos posibles de toda la población”, señaló.
“Disiento con el Ejecutivo por la característica de la selección, que debe ser una carga pública y no voluntaria o al azar. De esa manera sería más objetivo e imparcial y se lograría el protagonismo de los vecinos. Hay otros espacios que se muestran directamente en desacuerdo con el jurado de vecinos”, describió.
En ese sentido, Ciudad Futura habría observado al tribunal vecinal como una forma de “linchamiento de personas marginadas o estigmatizadas”, con el riesgo de criminalizar actividades como las trabajadoras sexuales, cuidacoches, artistas callejeros o vendedores ambulantes, entre otros. Y hasta se vislumbra como “un gasto innecesario de recursos” en este contexto de crisis económica pandemia mediante.
Representatividad y delegar de una función propia del Estado
“Hay reservas sobre la representatividad y selección del jurado, porque no expresaría la complejidad de los que es Rosario. No estamos de acuerdo y nos parece una contradicción que se convoque a personas mayores de 25 de años, que sepan leer y escribir, cuando la mayoría legal es de 18 años. Además, el proyecto indica que se puede juzgar a menores de 18 (con representatividad de adultos a cargo) y pueden ser sancionados. Es una incoherencia”, remarcó Magnani.
En relación al requisito de saber leer y escribir, entiende que “margina a pueblos originarios, a extranjeros que residen y trabajan en la ciudad y pagan impuestos. Esas personas pueden elegir autoridades, quedarían excluidos del jurado porque no saben leer o escribir en español. ¿Qué pasa con la comunidad boliviana, que se comunica en aymará, los africanos o brasileños?", se preguntó la edila.
Desde el Frente Todos, también con una similar interpretación, hacen otra observación. “Puede ser conflictivo y hasta peligroso. La Municipalidad no puede delegar en los vecinos su obligación de resolver conflictos. Hay que ver muy bien este tema. Suena lindo, pero hay una conformación aleatoria del jurado, que no es elegido por los propios vecinos”, indicó Normal López.
La concejala admite que el Código de Convivencia debe ser “fuerte y democrático, tener en cuenta el uso del espacio público y a los trabajadores precarizados. Pero la instancia habilita trasladar al vecino la resolución de problemas que son resorte del Ejecutivo. Una cosa es la participación ciudadana, herramientas que hay que fortalecer, y otra es ponerlo a juzgar situaciones de la vida cotidiana contra otros vecinos”.
Cómo funciona el tribunal vecinal
Ser parte del tribunal vecinal es una actividad voluntaria y gratuita. Entre los requisitos para integrarlo, los interesados deberán tener más de 25 años, saber leer y escribir y vivir en Rosario, no tener condenas en el último año emitidas por el Tribunal Faltas, y tampoco tener vínculo laboral con el Estado Municipal.
La elección, al momento de la conformación del jurado, quedará a cargo del Administrador General, un figura por crear y que dependería del intendente. Ese es otro punto de conflicto que se discute en el Concejo. Cada Distrito Municipal tendrían un lista propia de voluntarios.
Luego se hará un sorteo de tantos miembros del jurado como disponga el juez, y un número igual de suplentes. Se notificará a las personas designadas la fecha, hora y lugar de realización del juicio con cinco días hábiles de anticipación.
En esa notificación se le hará saber el nombre de las partes y los hechos bajo juzgamiento. Dentro de los tres días hábiles siguientes de ser convocado, podrá excusarse de intervenir en el juicio, si advirtiera que existen razones que afecten su imparcialidad.
El jurado es el único órgano autorizado para fijar los hechos controvertidos en un juicio, mediante la deliberación en sesión privada hasta alcanzar un veredicto unánime que determinará si la persona presuntamente infractora es responsable o no lo es.
Además, podrá formular una propuesta de sentencia, que el juez puede admitir y homologar sin más fundamento que la verificación de su conformidad con las normas legales aplicables. No obstante, podrá apartarse de la sentencia propuesta siempre que lo fundamente, sin sustituir el veredicto del jurado.