Una diputada oficialista de Chubut presentó en la Cámara de Diputados de la Nación un disruptivo proyecto de ley que plantea la posibilidad de tramitar el divorcio vincular en el Registro Civil, sin pasar por un tribunal de Familia, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos. Si bien se propone agilizar uno de los trámites más traumáticos que pueda enfrentar una pareja, cosechó el rotundo rechazo del Colegio de Abogados de Rosario. En términos relativos y según los matices de cada caso, un divorcio puede costar 600.000 pesos.
“Estamos acostumbrados que se presenten iniciativas que pretendan privatizar procesos que ya tienen jurisdicción, como son los divorcios. Acá se busca simplificar algo, pero no hay motivos. De la simple lectura del proyecto cualquier profesional del derecho se da cuenta que no hay motivación. Es un disparate”, enfatizó Lucas Galdeano, titular del Colegio de Abogados de Rosario, sobre el proyecto de la diputada por Chubut, Eugenia Alienello (Frente de Todos).
La postura de la entidad local fue expresada en la junta de gobierno de la Federación Argentina de Colegios de Abogados (Faca) el 15 de septiembre, cuando a través de un dictamen y previo votación de todos los colegios del país, se comunicó el rechazó unánime a la iniciativa de la diputada chubutense.
Cinco requisitos, y cada uno por su lado
La legisladora propuso la reforma sobre los artículos 435, 437 y 438 del Código Civil y Comercial de la Nación, que hasta hoy solo habilita el divorcio decretado por un juez o una jueza, y busca quitar la exclusividad de la tramitación judicial para poner fin al matrimonio y así, bajo determinados supuestos, que éste pueda ser decretado por un oficial del Registro del Estado Civil y Capacidad de las personas.
En ese caso, para prospere el divorcio en sede administrativa deben confluir 5 situaciones: que exista acuerdo entre las partes; que no existan hijos matrimoniales de la unión de ambos cónyuges; que no haya reclamo de alimentos o de compensación económica entre los cónyuges (debe constar renuncia expresa); que no existan bienes registrables comunes o gananciales; que se haya optado por el régimen de separación de bienes.
En el Tribunal, un gasto importante
Si no se reúnen esos requisitos, el divorcio deberá tramitarse únicamente por vía judicial ante un juez de Familia. Según las estimaciones, hoy un divorcio en Rosario, aunque es relativo de acuerdo a cada caso (si hay convenio previo o es litigios) se puede regular en 10 unidades JUS (cada una tiene un valor de 28.615 pesos), lo que da un total de 286.150 pesos, más gastos, a cada parte. En total, hay que aportar unos 600.000 aproximadamente para poder divorciarse.
Sin embargo, Galdeano cuestiona que el proyecto entra en un terreno que no tiene asidero. “El proyecto tiene poco volumen, con una técnica legislativa limitada y poco raigambre legal. Hay una simplificación del proceso que parece desconocer la naturaleza de los hechos. Hay gente que se divorcia sin problemas, pero casi siempre hay conflictos, y una de las partes queda desamparada o vulnerada, y somos los abogados los que los ponemos en conocimiento de sus derechos”
El proceso que existe funciona bien
Para el titular del Colegio de Abogados, retirar el trámite de su ámbito, “es no tener en cuenta la naturaleza de la ley. Del análisis que hicieron especialistas y juristas se determinó que no encaja en el orden normativo actual. Es algo que está totalmente resuelto. Ya existe un proceso que funciona muy bien, donde se garantiza los derechos las partes. Además, sería engrosar la funcionalidad del Estado”.
Según Galdeano, si en un trámite de divorcio no que regular bienes o alimentos “no es un trámite costoso. Diría que el proyecto es descabellado. Que la Faca se haya expresado no es un dato menor, porque allí confluyen la comunidad académica y jurídica de todo el país. Por otra parte, según evaluamos, el proyecto tampoco tiene demasiado apoyo de parte de los otros bloques legislativos.
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Entre sus fundamentos, el proyecto _tiene cinco artículos_ expresa que el Código Civil y Comercial que entró en vigencia en agosto de 2015 eliminó las causales subjetivas imputables a uno de los cónyuges para que prospere el divorcio vincular.
Simple y accesible
Y se consagró la modalidad objetiva, por lo que, tanto de común acuerdo, como a petición de una de ellas de las partes y/o por intervención del juez, se puede disolver el vínculo con independencia de los efectos que propague el divorcio.
Además, refiere que países como Rusia, Japón, Portugal, México, Costa Rica, República Dominicana, Dinamarca, Estonia, Finlandia, Lituania y Ucrania, “ya han consagrado, con diferentes matices y requisitos, la posibilidad de que los cónyuges únicos en matrimonio puedan solicitar el divorcio vincular en sede administrativa”.
La “adición de una vía administrativa para tramitar el divorcio apunta a agregar una vía más simple y accesible, en consonancia con una simplificación de los procesos civiles existentes”, sostuvo la titular del proyecto.