El arzobispo de Paraná, monseñor Juan Alberto Puiggari, aprobó un protocolo para "prevenir y concientizar" sobre abusos sexuales que dispone que ningún cura "debe permanecer a solas ni recorrer largas distancias con un niño o adulto vulnerable".
El arzobispo de Paraná, monseñor Juan Alberto Puiggari, aprobó un protocolo para "prevenir y concientizar" sobre abusos sexuales que dispone que ningún cura "debe permanecer a solas ni recorrer largas distancias con un niño o adulto vulnerable".
En el documento, que fue aprobado por el Arzobispado de Paraná, se prohíben "reuniones en dormitorios o habitaciones privadas", como así también los "castigos físicos o el uso de lenguaje humillante o degradante".
El "Protocolo arquidiocesano de actuación ante la sospecha o descubrimiento de casos de abusos sexuales", que está acompañado por las "Normas arquidiocesanas de comportamiento en el trato con niños y adultos vulnerables", será de cumplimiento obligatorio para todas las personas adultas que se desempeñen con niños en los espacios arquidiocesanos, esto incluye a clérigos, religiosos y laicos.
Entre otras prohibiciones, en el documento aparecen "realizar cualquier insinuación, comentario o chiste sexual"; "poseer o exhibir cualquier material sexual o pornográfico" y "consumir alcohol o drogas".
También, dentro del texto, se incluye la prohibición de"involucrarse en conductas sexuales secretas o manifiestas con niños o adultos vulnerables", y llama a "ejercer extrema prudencia en los medios audiovisuales que se utilicen" y "evitar expresiones de afecto exageradas". Trascendió que el protocolo está en línea con lo establecido en los últimos años por el Vaticano y con las recomendaciones de la Conferencia Episcopal Argentina.
Los puntos principales de las "Normas arquidiocesanas de comportamiento en el trato con menores de edad y adultos vulnerables" aprobado por el arzobispado de Paraná:
- Se prohíbe realizar cualquier insinuación, comentario o chiste sexual, especialmente delante de niños o adultos vulnerables.
- Se prohíbe poseer o exhibir cualquier material sexual o pornográfico, especialmente delante de niños o adultos vulnerables.
- Se prohíbe consumir o estar bajo la influencia de alcohol, drogas o utilizar lenguaje vulgar, en particular cuando se trabaje con niños o adultos vulnerables.
- Se prohíbe involucrarse en conductas sexuales secretas o manifiestas con niños o adultos vulnerables con quienes se trabaje.
- Se debe ejercer siempre una extrema prudencia en el manejo de los medios audiovisuales que se utilicen con niños o adultos vulnerables (internet, música, impresos, etc.), los cuales deberán ser revisados previamente para asegurar que sean apropiados para ellos.
- Se debe respetar siempre la privacidad de los niños y adultos vulnerables, sin que esto pueda interpretarse como justificación para no cumplir con el deber legal de denunciar aquellas situaciones que las leyes exijan.
- Se debe mantener siempre una actitud profesional al interactuar con niños o adultos vulnerables, evitando familiaridades y expresiones de afecto exageradas o injustificadas.
- Se prohíbe dar o recibir regalos personales o desproporcionados a niños o adultos vulnerables. Estos gestos, si bien pueden ser realizados con buena intención, podrían incomodarlos o ser erróneamente interpretados.
- Se debe evitar en todo momento el contacto físico con niños o adultos vulnerables. Si es el niño o adulto vulnerable quien inicia gestos como un abrazo, la respuesta debe ser sobria, breve y apropiada, y siempre en lugares públicos y delante de otras personas.
- Un adulto nunca debe permanecer a solas con un niño o adulto vulnerable en una habitación u otro ámbito cerrado. Cuando esto no sea posible, la reunión tendrá lugar con la puerta al menos semiabierta, o asegurándose de alguna manera la posibilidad de ser vistos en todo momento. Nunca se mantendrán estas reuniones en dormitorios o habitaciones privadas, sino en sectores específicamente habilitados a estos efectos.
- Un adulto nunca debe recorrer largas distancias en auto o en otro medio de transporte a solas con un niño o adulto vulnerable.
- Los e-mails, mensajes de texto e interacciones a través de las redes sociales de un adulto con un niño o adulto vulnerable deberán ser siempre prudentes y responsablemente utilizados, y no podrán constituir el canal habitual de comunicación entre ellos.
- Un adulto no debe nunca compartir habitación en hoteles, casas u otros habitáculos con niños o adultos vulnerables. En caso de que estén en juego circunstancias de salud u otras equivalentes, deberá haber al menos dos personas adultas con el niño o adulto vulnerable.
- Los adultos no deben nunca estar a solas con niños o adultos vulnerables en los servicios de baños, duchas, vestuarios u otras áreas semejantes. En caso que circunstancias de salud u otras equivalentes hagan necesario que un adulto acompañe a un niño en esos ámbitos, deberá haber al menos dos personas adultas presentes.