La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización de un aceite de oliva virgen extra falsificado que se ofrecía como marca Nucete. El organismo oficializó la medida a través de la Disposición 510/2026 publicada en el Boletín Oficial.
Según detalló la norma, el producto no pudo vincularse "en forma fehaciente y clara" con un establecimiento determinado y una firma lo comercializaba sin contar con habilitación ni autorización correspondiente.
La disposición alcanza al producto rotulado como: "Aceite de oliva virgen extra, Clásico, marca Nucete, Cont. Neto 500 ml, L. C5-243003, FAB. JUN-2025, VAL. JUN-2026. Elaborado y Fraccionado por San Juan de los Olivos. RNE 18-002065 - San Juan - Argentina. Para: Agro Aceitunera S.A, RNE N° 12000041, RNPA N° 18-012138. Expectación F. de Avila S/N - Aimogasta - La Rioja - Argentina".
La investigación comenzó en el Instituto Nacional de Alimentos (INAL) tras detectar diferencias entre el envase cuestionado y el original.
El Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos consultó a la empresa titular de la marca, que informó que no fabrica el producto investigado y que desconoce su origen y contenido. Además, señaló inconsistencias visibles en el envase.
Con estos elementos, Anmat declaró el producto ilegal por tratarse de un alimento falsificado, sin registros sanitarios válidos y con rotulado indebido.
El organismo notificó el incidente en el Sistema de Información de Vigilancia Alimentaria (SIVA), dentro del Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos (SIFeGA).
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Anmat inhabilitó más de 60 habilitaciones a droguerías y laboratorios
Anmat dejó sin efecto las habilitaciones de más de 60 droguerías, laboratorios y empresas vinculadas a la distribución de medicamentos tras detectar que sus certificados obligatorios se encontraban vencidos.
La decisión se formalizó mediante la Disposición 694/2026 publicada en el Boletín Oficial, que ordenó la baja de los legajos correspondientes.
La Dirección de Gestión de Información Técnica intervino tras verificar que varias empresas no renovaron el Certificado de Cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de Medicamentos, requisito indispensable para operar fuera de su jurisdicción.
La normativa vigente establece que este certificado tiene una validez de cinco años y obliga a solicitar la renovación al menos 60 días hábiles antes de su vencimiento. Ninguna de las firmas alcanzadas cumplió con ese requisito.
Entre las empresas incluidas figuran Droguería Menon, Droguería Surmedic, Droguería Popular y Droguería Laboratorios Bellandi y Barreras S.R.L., entre otras.
Las compañías afectadas no podrán realizar tránsito interjurisdiccional de medicamentos ni especialidades medicinales hasta regularizar su situación.
La entidad recordó que el comercio de medicamentos en jurisdicción nacional exige habilitación vigente y certificación de Buenas Prácticas conforme a la normativa MERCOSUR incorporada al derecho argentino.
En paralelo, el organismo adoptó medidas similares contra Inmunolab S.A., Cerium S.A. y Laboratorios Gordon S.A.C.I.F.I.A. mediante las disposiciones 338/2026, 339/2026 y 340/2026.
Con esta nueva resolución, ya suman más de 110 las droguerías y laboratorios alcanzados por suspensiones o bajas en lo que va del año, en el marco de controles sobre permisos y habilitaciones.