Rosario.- El diputado santafesino Juan Sylvestre Begnis explicó los alcances del
proyecto que el oficialismo presentó en la Cámara de Diputados sobre una reforma del Código Penal
en la que quede claro que no son punibles los abortos cuando el embarazo proviene de una
violación.
Según el legislador, la iniciativa devino porque "hay decenas de proyectos al respecto aunque
muchos ya estaban perdiendo estado parlamentario". Y para que quede bien definido que no son
punibles los abortos cuando el embarazo proviene de “una relación sexual no consentida”
en cualquier caso y no únicamente cuando se trata de una mujer con discapacidad mental.
"La interpretación del artículo 86 del Código Penal está en permanente discusión, por una coma
que está o no está. Frente a todas estas alternativas y cuando ya el Ministerio de Salud hizo una
reglamentación de procedimientos para evitar la judicialización y que se proceda inmediatamente a
realizar estos abortos no punibles, decidimos con la presidenta de la comisión de Legislación Penal
y la titular de Familia enviar un proyecto aclaratorio en cuyo articulo 1º elimina aquello de
idiota o demente y queda bien claro que la violación en cualquier condición le permite a la mujer
pedir el aborto y que los establecimientos públicos o privados tienen que acceder".
El kirchnerismo decidió promover la reforma para que no haya dudas de cómo hay que evaluar el
riesgo si se trata de un aborto terapéutico y establece que debe hacerse teniendo en cuenta
exclusivamente la definición de “salud” de la OMS: “Un estado de completo
bienestar físico, mental y social, y no como la mera ausencia de enfermedad o discapacidad”,
según dijo Sylvestre Begnis.
El proyecto de ley ingresó a la Cámara de Diputados en el fin de semana promovido por la
kirchnerista Nora César, presidenta de la comisión de Legislación Penal, donde tendrá que
discutirse la propuesta y las firmas de otros dos legisladores del Frente para la Victoria: Juan
Héctor Sylvestre Begnis y Juliana Di Tulio.
El proyecto, que podría comenzar a discutirse pronto en las comisiones, persigue el objetivo de
evitar que se haga una interpretación restrictiva de la norma vigente y se pongan trabas al acceso
a la interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos, a través de su judicialización y
la intervención innecesaria de comités de bioética. Si un médico se declara objetor de conciencia,
el director del hospital será el responsable de que se realice la práctica médica.
La propuesta surge para superar las resistencias de la comisión de Legislación Penal para
avanzar con el tratamiento del dictamen de la comisión de Salud de la reglamentación de la atención
de los abortos no punibles. Ese dictamen ya tiene un año.
Pero como algunos legisladores consideran que no es función del Congreso interpretar la norma
penal, se plantea una reforma del artículo 86.
El proyecto coincide con los lineamientos de la Guía de Atención Integral de los Abortos No
Punibles elaborada en el Ministerio de Salud de la Nación en 2007 en los finales de la gestión de
Ginés González García.