Por unanimidad, la Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la condena a 20 años de prisión contra Rocío Ayelén Quiroz por el doble crimen de Eliana Zalazar y Carolina Aranda, asesinadas con balazos calibre 9 milímetros desde una moto a la salida del boliche Mogambo la madrugada del 27 de agosto de 2011. Quiroz, de 23 años, había sido condenada en un juicio oral y público el pasado 27 de febrero por los jueces Ismael Manfrin, Edgardo Mario Fertitta y Julio César García por los delitos de doble homicidio agravado por empleo de arma de fuego y portación de arma de guerra sin la debida autorización legal.
El fallo fue apelado por la defensa de Quiroz, que cuestionó la declaración que la acusada realizó en la comisaría 13ª y puso en duda la presencia de la joven en la escena del crimen. Pero los camaristas Guillermo Llaudet (quien redactó el dictamen como primer voto), Georgina Depetris y Carina Lurati entendieron que las pruebas y testimonios presentados en el juicio solventaban la condena del 27 de febrero pasado. "Postularemos la confirmación parcial de lo resuelto, en tanto considera consumado el delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego en cabeza de Quiroz. Respecto de la conclusión condenatoria que involucra la afirmación de un concurso real entre el delito de homicidio con el delito de portación de arma de fuego, he de manifestar mi disconformidad consecuente con otros pronunciamientos en que el contradictorio sí me habilitara expedirme", expresó Llaudet al fundamentar su voto. Depetris y Lurati votaron en la misma sintonía.
Tras el baile. La madrugada del viernes 27 de agosto de 2011 Eliana Judith Zalazar, de 19 años, y Carolina Jessica Soledad Aranda, de 20, salieron tras pasar una noche a pura cumbia en el boliche Mogambo. Un tinglado que supo funcionar en bulevar Avellaneda y Rueda y en donde hoy funciona una iglesia evangélica. Poco después de las 5.30 las chicas caminaron hasta un carrito de 27 de Febrero al 4100, a sólo 200 metros del boliche, y compraron dos panchos. Tras ello se sentaron en el frente de una casa para comer tranquilas. Diez minutos después una moto tipo enduro se detuvo frente a ellas. Manejaba un muchacho y como acompañante iba una joven que, sin bajarse del rodado, empuñó una pistola calibre 9 milímetros y les disparó sin piedad. A Carolina un tiro le perforó el corazón y a Eliana la alcanzaron cuatro proyectiles.
Dos semanas después Rocío fue detenida y quedó a disposición del entonces juez de Instrucción Hernán Postma. En mayo de 2012 la joven fue procesada como autora de homicidio agravado por el empleo de arma de fuego y portación de arma de guerra sin la debida autorización. Y Marcelo Nicolás Suárez, el muchacho que conducía la moto, terminó acusado de ser partícipe primario del mismo delito.
Sin embargo, los defensores apelaron el fallo y el expediente llegó a la Cámara, donde la Sala IV (Rubén Darío Jukic, Daniel Fernando Acosta y Adeqlui Luis María Costa) ratificó a fines de 2012 el procesamiento de la muchacha y revocó la imputación sobre el joven de 23 años al entender que no existían "probanzas capaces de sostener un juicio de probabilidad" sobre su accionar.
Las dos chicas fallecidas se habían conocido en 2008. Y poco tiempo antes del doble crimen Carolina, que era mamá de una nena de 2 años y trabajaba como moza en un bar de Arijón y Balcarce, se fue a vivir a la casa de Eliana, que cursaba el 4º año del secundario en la escuela Juana Elena Blanco y estaba de novia con un chico de 17.
Para el juez Postma, Rocío cometió el crimen por una cuestión pasional. Hacía ya algunos meses que mantenía un entredicho con Carolina Aranda por un muchacho y aquella noche, al cruzarse en el boliche, afloraron todos los rencores. A Eliana, en tanto, le tocó estar en el peor de los lugares y en el momento menos indicado.
El juicio. El 18 de febrero pasado el caso se ventiló en un juicio oral y público. La condena se asentó sobre la declaración que Quiroz brindó ante los policías de la sección Homicidios de la Unidad Regional II, que si bien fue controvertida, se realizó ante dos testigos. Sin embargo, la imputada dijo en el juicio que lo hizo coaccionada por los policías.
Los jueces también valoraron los dichos de una mujer que vio la ejecución y reconoció a Ayelén como quien disparó con una pistola 9 milímetros sin bajarse de la moto. M., una chica que aquella noche fue a bailar a Mogambo y salió caminando por la avenida a la espera de un remís, iba detrás de Eliana y Carolina cuando vio acercarse una moto tipo Honda Tornado blanca de contramano. La conducía un chico que tenía el rostro cubierto por un pañuelo. Como acompañante iba Ayelén, vestida con una campera blanca, a quien reconoció (sin recordar su nombre) porque era la novia de Aarón, un amigo de su hermano. Un dato que el propio Aarón admitió en el juicio. La chica dijo que no tenía dudas de que se trataba de la novia de ese muchacho y los jueces resaltaron que se expresó de manera "contundente, con seguridad y con palabras claras y sencillas". Ayelén fue condenada el 27 de febrero en una audiencia que terminó en escándalo.
La defensora de Quiroz apeló el fallo aduciendo que la confesión ante la policía era inválida, que no estaba probada la presencia de su cliente en la escena del crimen, que la testigo presencial mentía y que la resolución incorporaba elementos que no surgieron de la audiencia. Pero ahora el camarista Llaudet desgranó uno por uno los elementos puestos en crisis. Mencionó los dichos de una remisera (fallecida) que testificó que solía llevar a Quiroz asiduamente pero que no pudo decir si la noche del crimen lo hizo. Y los dichos de los tíos de Ayelén, a cuyos hijos habría concurrido a cuidar, que no pudieron precisar si la noche del doble crimen ella cuidó a los chicos. Así, el fallo dejó firme la condena a 20 años de prisión para Ayelén Quiroz.