La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme la absolución del ex juez penal de la ciudad de Rufino Carlos Fraticelli por el crimen de su hija Natalia, quien tenía 15 años en mayo del 2000 cuando fue hallada asfixiada en el dormitorio de su casa familiar. El máximo Tribunal de la Nación decidió rechazar el último recurso presentado por la Fiscalía de Cámara de Venado Tuerto, informaron fuentes judiciales. Y agregaron que, de estar viva, la medida también hubiese alcanzado a Graciela Dieser, quien era la madre de la pequeña pero que se quitó la vida en 2012 y eso hizo que se extinguiera la causa en su contra.
Con la firma de los ministros Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, la Corte rehusó tratar el último recurso de apelación presentado y eso llevó a confirmar la absolución de Fraticelli, quien había sido condenado en una primera instancia a prisión perpetua por el crimen de Natalia, la hija adolescente que había tenido con Dieser. Eso fue luego de un complejo trámite judicial que llevó a rever y modificar el hasta entonces inquisitivo sistema penal santafesino fue absuelto.
Paso a paso. Natalia Fraticelli tenía 15 años y un leve retraso madurativo. La madrugada del 20 de mayo de 2000 fue hallada asfixiada, con una bolsa colocada sobre su cabeza, en el dormitorio de su casa de Rufino, a 260 kilómetros al suroeste de Rosario. Desde un primer momento, Fraticelli y Dieser fueron investigados porque se especulaba con que la adolescente era para ellos era una carga que entorpecía su vida social a raíz del retraso que sufría.
En ese marco, Dieser fue apresada el 24 de mayo de ese año en su propia vivienda, y el ex juez penal de Rufino seis meses más tarde, cuando le quitaron los fueros. Ambos fueron acusados de homicidio calificado por el vínculo y por alevosía y el 14 de mayo de 2002 el juez de Sentencia de Melincué, Fernando Vidal, los condenó a la pena de prisión perpetua “sin considerar las pericias aportadas por las defensas, que no sugerían asesinato sino suicidio”, según dijo entonces a La Capital el abogado Carlos Edwards, defensor de Fraticelli.
Ese fallo, además, jamás explicó cuál de los dos padres había matado a Natalia y consideró que ambos eran culpables de estrangularla con las manos después de drogarla con sedantes. Y conjeturó que “o bien se intentó matar a Natalia con la droga, y como ello no ocurrió, terminar con la estrangulación; o bien se usó el medicamento para poner a la chica en estado de indefensión antes de matarla”.
En junio de 2003 la Cámara de Venado Tuerto confirmó esa sentencia pero de los cinco miembros, dos consideraron que Fraticelli era inocente. Incluso uno de ellos, Hugo Quaglia, manifestó que no había elementos para hablar de asesinato. Y en julio de 2004 la Corte santafesina avaló el proceso de la condena como válido.
Revisión de lo actuado. Cuatro años más tarde, el 8 de agosto de 2006, la Corte Suprema de Justicia de la Nación exigió la revisión de todo el trámite actuado y consideró inconstitucional el procedimiento por el que se condenó a la pareja. Y eso permitió que tanto Fraticelli como Dieser recuperaran la libertad tras pagar una fianza de 150 mil pesos y estar cuatro años presos.
El 20 de noviembre de aquel año ambos padres, ya separados, fueron absueltos finalmente por la Cámara Penal de Venado Tuerto con dos votos que se inclinaron a favor del suicidio (Eduardo Pascual y Ariel Dearma), dos por el beneficio de la duda (Héctor López y Juan Carlos Baravallle) y una abstención (Roberto Landaburu).
Ese fallo volvió a generar un nuevo circuito de apelaciones que culminó en diciembre de 2014 con la intervención de la Corte de Justicia santafesina que ratificó las absoluciones, decisión que fue cuestionada por el fiscal de Cámara de Venado Tuerto, Fernando Palmolelli, ante el máximo Tribunal del país. Y ahora es la Corte nacional la que declaró “inadmisible” ese último recurso posible y le bajó el telón a un caso emblemático de la historia penal provincial (ver aparte).
Proceso cerrado. Ayer, tras conocerse el fallo, el abogado Carlos Edwards dijo a este diario que “ahora sí se cierra un proceso y se puede decir que es cosa juzgada. La Corte confirmó lo que esta defensa sostuvo desde un primer momento, que no hubo delito sino que se estuvo ante el suicidio de la menor”.
Además, el letrado remarcó que “ante este fallo de la Corte se profundiza la solución amistosa propuesta por la Nación después de que esta defensa presentara el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que el 16 de junio de 2011 recibió la notificación de parte del gobierno argentino de buscar una solución amistosa al caso. Así las cosas, conforme la voluntad del gobierno provincial se abre un espacio de diálogo para llegar a un acuerdo en torno a una reparación económica por todo lo que mi cliente perdió en estos años desde que fue destituido como juez”.