El proyecto de ley que permite que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio no deja de suscitar perplejidades y debería provocar algunas reflexiones. La primero es preguntarse si son discriminados dos homosexuales por no poder casarse. En principio, no. Un homosexual puede contraer matrimonio con las mismas personas y en las mismas condiciones que un heterosexual: es decir, con una mujer (si es varón) o con un varón (si es mujer). Sería discriminatorio, si a un homosexual se le impidiera contraer matrimonio por el hecho de ser homosexual; o que solo a los homosexuales se les impidiera casarse con personas del mismo sexo. Pero eso no es así. Por lo tanto, no hay discriminación. Matrimonio es la palabra que empleamos para designar la unión estable y comprometida entre un hombre y una mujer. Si la unión es entre dos hombres o dos mujeres, ya no es matrimonio, por la misma razón que una compraventa sin precio ya no es compraventa, sino donación. Aclaro que decir que una donación no es una compraventa no es decir nada malo de la donación, sino decir que son dos realidades diferentes. Pretender que una unión homosexual sea matrimonio, es algo así como pretender que una unión homosexual sea heterosexual: una contradicción en sí misma. Decir matrimonio homosexual, es una asociación arbitraria de palabras, como "agua seca" o "azúcar amargo". Podemos decidir que vamos a llamar matrimonio también a las uniones entre personas del mismo sexo, pero eso no les convierte en matrimonio (es decir, en unión heterosexual), ni les concede su misma relevancia social. En cambio, hace inservible el concepto de matrimonio. Si llamamos matrimonio a la unión entre personas del mismo sexo, tendríamos que distinguir después entre el matrimonio homosexual y el heterosexual, porque son diferentes en su estructura, en su funcionamiento y en su funcionalidad.



























