El nudismo no es un derecho en España. Así lo dictaminó el Tribunal Supremo en un fallo que abre la puerta a que los ayuntamientos puedan prohibir y sancionar esta práctica.
El nudismo no es un derecho en España. Así lo dictaminó el Tribunal Supremo en un fallo que abre la puerta a que los ayuntamientos puedan prohibir y sancionar esta práctica.
La sentencia avala la normativa del municipio de Castell-Platja D'Aro, en la Costa Brava de Cataluña, que prohíbe el nudismo en sus playas. Pero es un hito por ser la primera que regula esta práctica. Los balnearios españoles son un atractivo mundial y el país cuenta con unas 450 playas de tradición nudista.
"La sentencia permite que si algún otro pueblo o muchos o todos los que quisieran sacaran ordenanzas similares, según el Supremo estarían ajustadas a derecho", dijo Ismael Rodrigo, presidente de la Federación Española de Naturismo. "En ese sentido puede ser un poco peligrosa", agregó.
El gobierno de Castell-Platja D'Aro prohibió el nudismo en 2009 y declaró sus playas de uso familiar. La norma contempla multas de hasta 300 euros (322 dólares) por ir desnudo. El municipio, de unos 10.500 habitantes, multiplica por diez su población en período estival y tiene siete playas.
El nudismo no está tipificado como delito pero el Supremo entiende que se puede prohibir la actividad y sancionarla porque afecta a "las relaciones de convivencia'' y asegura que ir desnudo no es un derecho fundamental de la constitución tal como defiende la Federación Nacional de Naturalismo.
"No puede compartirse la idea de que estar desnudo en cualquier espacio público, como la playa, constituya sin más la manifestación externa de la libertad de pensamiento, ideas o creencias o que la desnudez misma deba ser entendida como un auténtico derecho ejercitable en todo lugar público", dijo la sentencia firmada por el tribunal de cinco magistrados.