Autoridades de Ambiente de Prefectura Naval estimaron ayer que era “muy difícil” que ocurran en el mar argentino derrames de petróleo como el que afectó el golfo de México, en América del Norte.
Los prefectos principales Carlos Elizerán y Francisco Martín, jefes de Protección y Reglamentación Ambiental respectivamente, dijeron que no había posibilidad de un derrame de la magnitud del que generó la empresa British Petroleum en la zona porque no se manejaban aquí esos volúmenes de extracción de petróleo.
“Es muy difícil que ocurra algo similar al del golfo de México porque no hay explotaciones en el país de la magnitud de esta”, coincidieron los prefectos.
Los funcionarios remarcaron además en Argentina las empresas que ocasionen daños ambientales en aguas jurisdiccionales deben hacerse cargo no sólo de reparar los daños y efectuar la limpieza, sino de pagar las multas correspondientes.
Martín acotó, según informó el gobierno en su portal de prensa, que “no había precedentes” de un derrame en la zona.
Afirmó que las circunstancias más parecidas en plataformas marítimas pueden ubicarse en la zona de Bahía San Sebastián, en Tierra del Fuego. Explicó que “hablamos de profundidades del orden de entre 40 y 70 metros, según cuál de los dos lugares, frente a los 1600 metros de profundidad con los que se hacían en el golfo de México”.
Elizerán, por su parte, recordó que Argentina aprobó un convenio internacional de cooperación y lucha contra la contaminación por hidrocarburos en el mar.
“Al ratificar por la ley 24292 y reglamentar por decreto en el 68, estableció que tenemos que tener un sistema nacional de preparación y lucha contra la contaminación costera, marítima, fluvial y lacustre, por hidrocarburos y sustancias nocivas y potencialmente peligrosas, del cual la Prefectura naval es la administradora”, recordó.
El prefecto sostuvo que otra ley, “la 22190, en lo que respecta a la actividad de los buques o artefactos navales, que establece que el que contamina paga, no sólo los efectos y la limpieza, sino las multas que le corresponden por la falta que se pudo haber cometido”.
“Desde el punto de vista de la actividad y las competencias que tiene la Prefectura, a través de la ley 22190, que es propiamente de buques y artefactos navales, decimos que sí, que el que contamina tiene que pagar el daño”, añadió. (DyN)






























