El poder Judicial acudió en ayuda del presidente electo Mauricio Macri y frenó la devolución a todas las provincias del descuento del 15 por ciento de la coparticipación que se destinaba a la Ansés. Mientras la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un pedido de Formosa para ser beneficiada por la sentencia que sí concedió a Santa Fe, Córdoba y San Luis; la jueza en lo contencioso administrativo federal Liliana Heiland suspendió provisoriamente la aplicación del decreto de necesidad y urgencia (DNU) que ordenaba frenar la detracción para todos los distritos del país.
La magistrada dictó la medida cautelar que dejó en suspenso la ejecución del decreto de necesidad y urgencia (DNU) 2635/15, al pronunciarse en una causa elevada por la Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República.
Según Heiland, el DNU cuestionado no explica "las únicas y excepcionales circunstancias que autorizan su especialísimo dictado" y "va en contrario a lo que dicen los artículos 75, 99 y 109 de la Constitución nacional".
La magistrada afirmó que el artículo 3 del DNU 2635/15, que ordena al Tesoro de la Nación devolver los fondos descontados en su momento para financiar a la Administración Nacional de Seguridad Social (Ansés) no tiene en cuenta la reciente ley de presupuesto nacional para el ejercicio 2016.
La Mesa Nacional de Jubilados Pensionados y Retirados de la República argumentó que la norma presidencial podría desfinanciar el sistema previsional.
El DNU fue dictado luego que la Corte Suprema fallara a favor del cese del descuento del 15 por ciento en causas presentadas por las provincias de San Luis, Santa Fe y, con una medida cautelar, a Córdoba.
yer la Corte, en lo que fue el último acuerdo con la participación del ministro Carlos Fayt, rechazó un planteo de Formosa para que se le aplique de manera automática la sentencia que ordenó el cese de la deducción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado nacional.
Al rechazar la medida cautelar solicitada por Formosa la Corte señaló que sus fallos no se aplican de manera automática, sino que se debe analizar cada caso en particular.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un planteo presentado por la provincia de Formosa para que se le aplique de manera automática la sentencia que ordenó el cese de la deducción del 15 por ciento de la masa de impuestos coparticipables que realiza el Estado nacional.
La presentación se realizó en el marco de una sentencia dispuesta hace dos semanas por el máximo tribunal, que emitió sentencias definitivas en los casos de San Luis, Santa Fe y Córdoba, mandando a devolver esas deducciones que efectuaban para financiar a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Ansés).
La Corte remarcó que de la presentación efectuada por Formosa no surgen elementos "como para valorar cuál fue la conducta que asumió específicamente esa provincia a partir de que el Estado nacional decidió, en 2006, prorrogar la deducción del 15 por ciento de la masa coparticipable".
La Corte indicó que "cada provincia tuvo diverso comportamiento frente a la prórroga unilateral que dispuso el Estado nacional", por lo que es necesario analizar caso por caso, tal como lo hizo en los precedentes de Santa Fe, San Luis y Córdoba,.
Destacó además, que, a diferencia de la presentación realizada por Formosa, en esos casos sí contaba con elementos para ordenar el cese de los descuentos.
El máximo tribunal agregó que "no puede pretenderse que la Corte Suprema aplique en forma irreflexiva sus precedentes".