La segunda etapa es la de reforma en sí. A través de una convención que debe estar compuesta por legisladores elegidos por el pueblo con las mismas facultades que los diputados y senadores.
Los intentos de reforma
Desde la década del 90 comenzaron hubo varios intentos de modificación de la Constitución de Santa Fe. Algunos tuvieron más impulso que otros, pero ninguno prosperó hasta el momento. En 1993, Jorge Giorgetti, del bloque justicialista, presentó un proyecto y en 1994 y 1996 lo hizo Julio Gutiérrez, de la misma bancada. En 1998 presentó un proyecto de necesidad de reforma Juan Carlos Millet, de la UCR. En 2001 y 2003 lo hizo Miguel Bullrich, del PDP, y en 2004 el radical Hugo Marcucci. El entonces gobernador Jorge Obeid también presentó un proyecto de reforma en 2004.
En 2005 presentaron sus proyectos los legisladores del PS Raúl Lamberto, Antonio Bonfatti, Sergio Liberai y Alfredo Cecchi. Alicia Gutiérrez, del ARI, presentó proyectos en 2006 y 2008. Y el exgobernador Hermes Binner presentó un proyecto de necesidad de reforma en 2010.
Programa Bases para la Reforma
En 2016, bajo la gobernación de Miguel Lifschitz, se impulsó el Programa Bases para la Reforma Constitucional, que estuvo a cargo de Blando. “El gobernador me pidió establecer un mecanismo diferente para el tratamiento de la reforma constitucional y ese programa, que duró un año y medio, fue un diálogo abierto y público con todas las organizaciones e instituciones de la sociedad civil”, indicó. Luego aclaró que se coordinaron reuniones y conversaciones con académicos, profesionales, gremios, estudiantes, constitucionalistas y trabajadores de la educación y la salud, entre otros.
“El objetivo era elaborar una propuesta de reforma de abajo hacia arriba, que luego de ese acuerdo con la sociedad civil se realizara una síntesis y que fuera el proyecto de ley de necesidad de la reforma”, recordó el exfuncionario. Y advirtió: “Eso, normalmente, e incluso ahora, se hace al revés. Es el poder político o los legisladores los que presentan los proyectos y la sociedad queda ajena al debate”. El objetivo de aquel programa fue claro: lograr la participación ciudadana para que hubiera legitimidad social para la reforma. “Se buscó que no fuera visto como un acuerdo entre políticos”, dijo.
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Luego, en 2018, el gobernador envió el proyecto de necesidad de reforma a la legislatura. “Incluimos muchos de los temas que se habían tratado en el programa, como políticas de género y laborales, derechos de pueblos originarios, el Consejo Económico y Social, temáticas de adultos mayores, discapacidad, cooperativismo y mutualismo, usuarios y consumidores, seguridad ciudadana, la prohibición del trabajo infantil, la libertad de expresión y el acceso a la información pública, algunas reformas en la Caja de Jubilaciones, la autonomía municipal, la descentralización y la regionalización y los límites de edad en la Corte Suprema”, enumeró Blando. Pero aclaró que faltó una parte muy importante para que ese proyecto se aprobara: “Los acuerdos políticos”.
En 2023 se presentaron varios proyectos de distintos legisladores para declarar la necesidad de reformar la constitución, pero ninguno prosperó.
Discusiones actuales
Ricardo Alejandro Terrile es abogado y profesor de Derecho Constitucional de la UNR y sostuvo que la Constitución de Santa Fe debe ser actualizada para incorporar varias cuestiones. En primer lugar, todas las modificaciones que establece la Carta Magna nacional desde su modificación, en 1994. “Eso tiene que ver con la incorporación de derechos y garantías y tratados internacionales”, aseguró.
Por otro lado, destacó que también es importante declarar la neutralidad religiosa y otras cuestiones como el hábeas corpus, la prohibición del trabajo infantil, la integración de las Cámaras y la autonomía municipal. “El período legislativo actual va del 1º de mayo hasta el 30 de septiembre, ahora se discute extenderlo hasta noviembre. Incluso, algunos hablan de seguir hasta el 15 de diciembre”, resaltó Terrile.
La reelección es otro de los puntos importantes en discusión. “La tenemos en el orden nacional, pero no en el provincial”, explicó el especialista en Derecho Constitucional y agregó: “Creemos que podría existir la reelección para el cargo de gobernador, pero que luego no puedan ocupar otro cargo público así no se prolongan esas estructuras de poder”. A su vez, Terrile destacó la necesidad de rever las reelección indefinida de senadores y diputados.
Otra de las cuestiones que se discute, y es casi un hecho, es cómo será la elección de los convencionales constituyentes. El senador por el departamento San Cristóbal, Felipe Michlig, declaró que los comicios tienen que ser desdoblados. “Tienen que ser separados porque una cuestión es abordar temas nacionales con los representantes del Congreso y otra, totalmente diferente, es lo que ocurre en cada pueblo y ciudad”, expuso. De ese modo, es probable que los convencionales sean votados en las elecciones municipales y comunales.
Las elecciones generales en Santa Fe tienen que ser entre junio y septiembre, ya que deben realizarse entre tres y seis meses antes de la finalización de mandatos (el 10 de diciembre). A su vez, las Paso deben realizarse entre 80 y 42 días antes de las generales. El Ejecutivo tiene que emitir el decreto de convocatoria entre 120 y 150 días antes de las primarias. Hasta el momento se especula con que las Paso santafesinas serán a finales de abril y las generales a mediados de junio.
Cómo llegamos a esta Constitución
En un principio, Santa Fe fue una provincia avanzada en materia de derechos constitucionales. Cuando a nivel nacional no existía la independencia ni la Constitución Argentina, acá ya había una especie de régimen constitucional con la creación, en 1819, del Estado Provisorio Santafesino impulsado por el entonces gobernador, el brigadier Estanislao López. Ese documento, firmado el 26 de agosto, fue considerado la “primera Constitución” en el Río de la Plata, dándole a Santa Fe la posibilidad de ser un Estado provincial independiente.
Esa norma declaraba algunas cuestiones que hoy pueden parecer anticuadas pero que, para la época, eran bastante avanzadas. Entre los puntos más importantes, declaraba a la religión católica, apostólica y romana como los primeros fundamentos y proclamaba la autonomía provincial, dejando a Santa Fe más fuerte en su oposición a quedar bajo el mando de Buenos Aires. Era bien federal, como se lo caracteriza al Brigadier.
Durante las décadas siguientes, Santa Fe sumó leyes y derechos constitucionales. En 1841 se firmó la Constitución, que incluía algunos derechos y obligaciones que tenían que ver con cuestiones legislativas. Esa Carta Magna nació durante el gobierno de José Pablo López y el presidente de la Asamblea Constituyente fue José de Amenábar, dos próceres santafesinos.
Desde 1872 hasta 1900, según detalló Ana María Cecchini de Dallo en el libro “El orden constitucional de Santa Fe, en el bicentenario de la sanción de su primer estatuto (1819-2019)”, se dieron varias de modificaciones de la Carta Magna para adaptarla a la Constitución nacional y a los tiempos que corrían.
En 1872, impulsada por Simón de Iriondo, se creó una nueva Constitución ya que había crecido el número de habitantes de la provincia y era necesario realizar una redistribución de la representación más equitativa. En ese momento, se instaló el sistema bicameral, replicando la forma de organización legislativa de la nacional.
En 1883 se volvió a modificar para organizar el ingreso de inmigrantes y se estableció un diputado cada 5 mil habitantes. En 1890 se modificó la división del territorio provincial en 18 departamentos, con un senador para cada uno.
Finalmente, en 1900, convocada por José Bernardo Iturraspe, una nueva reforma introdujo características más novedosas. Entre ellas estuvieron el voto y la condición de elegibles a los extranjeros en el orden municipal, el voto secreto y el acceso de las minorías. Y se debatió la obligatoriedad, aunque no se aprobó. También se establecieron las condiciones para ser diputado: ser ciudadano argentino nacido en la provincia o con un año de residencia, tener 22 años de edad o más, tener una propiedad, una profesión o un arte que brinde subsistencia.
La Constitución que no fue
En 1921 se aprobó un proyecto de necesidad de reforma presentado por el radicalismo, pero que también insistía en aprobar el PDP. Las discusiones de la Convención se prorrogaron y, cuando fue presentada esa reforma, el entonces gobernador Enrique Mosca la dejó sin vigencia por no cumplir los plazos acordados en la ley de necesidad.
Pero esa Constitución tendría un capítulo más en la historia santafesina, unos años después. En 1932, durante el gobierno de Luciano Molina. Su plazo de duración fue corto ya que, en 1935, cuando Molina fue derrocado, la Constitución se dio de baja y se retomó la Carta Magna de 1900.
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“La de 1921 fue la verdadera Constitución progresista de Santa Fe, era novedosa y participativa, se inscribió en lo que se llama el constitucionalismo social y fue muy importante porque incorporó derechos sociales que todavía no existen en la provincia”, explicó Blando.
El especialista enumeró algunos puntos de la Constitución del 21, como la autonomía municipal, la limitación y descentralización del poder (“hasta ese entonces el gobernador elegía a los intendentes”), el Estado laico y la neutralidad religiosa. “Esas cuestiones, que eran muy avanzadas para la época, también fueron las que causaron muchas resistencias”, recordó.
A la vez, Blando destacó que la Constitución del 62, que Santa Fe tiene vigente, tomó algunos puntos de la de 1921. Pero no todos. “No se incluyeron las formas semidirectas de participación como el plebiscito, el referéndum y la revocatoria de mandatos, tampoco la participación de las mujeres en elecciones a nivel municipal ni la neutralidad religiosa”, detalló. “La reforma del 21 era muy avanzada y la de 62 dio marcha atrás con varias de esas conquistas”, indicó.
Características de la Constitución actual
En 1961, Sylvestre Begnis ganó las elecciones gubernamentales en Santa Fe y una de sus promesas de campaña había sido reformar la Constitución provincial. De ese modo, el 16 de enero de 1962 se conformó la comisión reformadora (integrada por las principales figuras de todos los partidos políticos) y el 14 de abril se consagró la Asamblea, que juró junto al gobernador.
Esa Constitución, vigente hasta la actualidad, respeta los principios del federalismo siguiendo la tradición de las normas santafesinas previas. También establece elecciones a gobernador e intendente a través del voto directo del pueblo, define a la persona humana y sus derechos fundamentales como la libertad y la igualdad. Por otro lado, establece los deberes de los individuos para su comunidad, la protección del medio ambiente, el rol de los partidos políticos, la institucionalización del Tribunal de Cuentas y la creación de la Corte Suprema de Justicia.
Blando señaló que, si bien “fue progresiva para su época, hay un montón de temas actuales que la Constitución del 62 no prevé y merecen su actualización”.
“Le daba un rol muy importante al Estado en la regulación económica y social”, explicó. Pero, a diferencia de la Constitución del 21, esta nueva Carta Magna no establece la neutralidad religiosa. “Permitió la libertad de cultos, pero un artículo, que parece del feudalismo, establece la religión Católica Apostólica Romana como la de la provincia”, aclaró.
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La de Santa Fe es una Constitución que quedó vieja en tanto su edad. Junto a la de Mendoza son las dos más antiguas del país. Sin embargo, la de la provincia del vino permite el mecanismo de enmiendas de artículos, por lo tanto se pudo actualizar. “Nuestra Constitución es pétrea, rígida en el sentido de la reforma”, explicó Blando.
Para el especialista, uno de los temas en los que más desactualizada quedó la Constitución santafesina es en relación a la autonomía municipal. “Hay un incumplimiento por parte de la provincia, que no se adapta a lo que dice la Carta Magna nacional del 94, que sí incorpora la autonomía municipal”, indicó Blando. Luego advirtió que tampoco se adapta al cumplimiento de los tratados internacionales de derechos humanos, que sí fueron incluidos en la última reforma nacional.
El voto joven también genera controversia respecto de lo que dice la norma nacional (que lo incluye) y lo que establece la provincial. “Hoy los jóvenes de 16 años pueden votar al presidente de la Nación pero no al gobernador, al intendente o al presidente comunal”, subrayó.
La Constitución del 62 da cuenta de una gran concentración de poder en el gobierno. “Se sanciona en un momento de inestabilidad política, con la provincia intervenida, por lo que eso se plasma en esa Carta Magna”, afirmó Blando. Según la norma actual, la Cámara de Diputados debe estar integrada por 28 legisladores oficialistas y 22 para los demás partidos, distribuidos de acuerdo al porcentaje de votos. Y la Legislatura debe estar conformada del mismo modo hasta el final del mandato. “Hay una sobrerrepresentación de las mayorías, porque normalmente nadie saca más del 56 por ciento de los votos en las elecciones”, explicó.
Hay también otra discusión en materia de representación legislativa, que tiene que ver con la cantidad de senadores por departamento y la falta de representación de las minorías. Por otro lado, Blando también resaltó la necesidad de que la Constitución provincial incluya a las mujeres y la paridad en los cargos legislativos. “En 1962 por supuesto que no se hablaba de la diversidad, por lo tanto no está contemplada en la norma”, aclaró.
Como establece la Constitución, el período legislativo comienza el 1º de mayo. “Eso quedó atado a los tiempos en que los medios de transporte eran más lentos, es como si viviéramos en la época de las carretas”, aclaró.