El gobierno de Javier Milei envió este miércoles al Congreso el anticipado proyecto de ley ómnibus, que denominó de Bases y Puntos de Partida para La Libertad de los Argentinos, en honor al célebre texto de Juan Bautista Alberdi. Pasadas las 15, el ministro de Interior, Guillermo Francos, fue el encargado de hacerle entrega del proyecto en persona al presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem.
El texto, que contiene 664 artículos a lo largo de 351 páginas, será tratado durante las sesiones extraordinarias que comenzaron ayer y se extenderán hasta el 31 de enero.
Como primera medida, el Poder Ejecutivo busca que el Congreso declare la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025. Esto permitirá que el Gobierno asuma “facultades legislativas” en esas materias.
Por otro lado, promueve la privatización de las empresas públicas “con el fin de generar mayor competencia y eficiencia económica, reducir la carga fiscal, mejorar la calidad de los servicios, promover la inversión privada y profesionalizar la gestión”.
La reforma política incluirá la eliminación de las Paso, el establecimiento de un nuevo sistema de elección de diputados en base a circunscripciones uninominales y modificando las listas cerradas.
Por otro lado, el Gobierno también busca eliminar la fórmula vigente para la actualización de las jubilaciones y pensiones, asumiendo la potestad de “realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”. No se detalla cada cuánto serán los aumentos ni qué indicadores se tomarán como referencia.
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En el capítulo destinado a la organización de las manifestaciones, los libertarios proponen que quienes impidan o entorpezcan el funcionamiento de los transportes (por tierra, agua o aire) sean reprimidos con 1 a 3 años y seis meses de prisión. Las penas aumentan si se utilizan armas y para los organizadores de las manifestaciones (prisión de 3 a 6 años). Además, los organizadores serán “solidariamente responsables por los daños” que tuvieran lugar durante las marchas.
En tanto, el Ministerio de Seguridad podrá “oponerse a la realización de la reunión o manifestación fundamentándose en cuestiones que hagan a la seguridad de las personas o seguridad nacional” o proponer cambios
A continuación, los puntos principales del mega-proyecto que contiene 664 artículos:
- Declaración de Emergencia Pública. Artículo N°3: “Declárase la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, previsional, de seguridad, defensa, tarifaria, energética, sanitaria, administrativa y social hasta el 31 de diciembre de 2025”. Además, le delega al Ejecutivo facultades legislativas dispuestas en el artículo 76 de la Constitución Nacional.
- Privatización de Empresas Públicas: Aerolíneas Argentinas, YPF, Correo Argentino y Aysa, son algunas de las 41 empresas públicas que el Poder Ejecutivo planea que pasen a manos de privados.
- Movilidad de las prestaciones. Artículo N°106: "Suspéndase la aplicación del artículo 32 de la Ley N° 24.241, sus complementarias y modificatorias. Facúltase al Poder ejecutivo nacional a establecer una fórmula automática de ajuste de las prestaciones mencionadas en los incisos a), b), c), d), e) y f) del artículo 17 de la Ley N° 24.241, teniendo en cuenta loscriterios de equidad y sustentabilidad económica". “Hasta tanto se establezca una fórmula automática, el Poder ejecutivo nacional podrá realizar aumentos periódicos atendiendo prioritariamente a los beneficiarios de más bajos ingresos”, agrega.
- Régimen de Regularización de Activos. Artículo N°130: “los sujetos residentes y no residentes podrán adherir al presente”. Se trata de un blanqueo de capitales para ciudadanos argentinos residentes o no.
- Impuesto sobre los Bienes Personales. Artículo N°166: "Créase el presente Régimen Especial de Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales (“REIBP”) por todos los períodos fiscales hasta la fecha de su caducidad, la cual opera el 31 de diciembre de 2027.ARTÍCULO 167. Sujetos alcanzados. Las personas humanas y sucesiones indivisas que sean residentes fiscales en Argentina en los términos de los artículos 116 a 123 de la Ley del Impuesto a las Ganancias, texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, podrán optar por adherir al REIBP".
- Primarias abiertas simultáneas y obligatorias. Artículo N°451: derogación de las Paso.