El fiscal Maximiliano Nicosia, quien intervino como acusador en el primer juicio a un menor con el nuevo Código Procesal Penal Juvenil en Santa Fe, brindó más precisiones sobre el caso que terminó en una condena por homicidio simple en el que víctima y victimario eran hermanos.
El funcionario del Ministerio Público de la Acusación (MPA) aclaró este jueves en primer término un par de cuestiones técnicas que rodearon a este caso que concluyó ayer y que tuvo que ver con el asesinato de Rubén Arévalo, de 21 años, ocurrido el 8 de julio de 2025, en una casa de Capitán Bermúdez, quien fue ultimado de una puñalada por su hermano, quien por entonces tenía 16 años.
En declaraciones a LT8, el fiscal dijo: “Esta fue la primera condena que declaró penalmente responsable a un niño de 17 años. La fijación de la pena se realizará una vez que quede firme este fallo, y se impondrá en un juicio de cesura propiamente dicho. La diferencia con un proceso a una persona mayor de edad es que en el mismo juicio se dirime la responsabilidad penal como la aplicación de penas”.
Un crimen en contexto de gresca familiar por zapatillas
“En este caso (con un menor como acusado), la finalidad fue otra. Primero, se desarrolló la investigación penal preparatoria que llevó hacia un juicio oral y público. En ese caso se dirimió la declaración de responsabilidad penal y se trató de que el adolescente se de cuenta de lo que hizo. Luego, cuando este fallo quede firme, se realizará el juicio de cesura donde hay que argumentar la pena que se pide y avanzar sobre eso. Ahora, estamos esperado los fundamentos del fallo, que se conocerán en unos días. Una vez que eso ocurra se fija la fecha del juicio de cesura para imponer la pena”, agregó Nicosia.
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Con relación al asesinato de Arévalo, el fiscal remarcó lo que se pudo probar que el crimen sucedió en un contexto “de gresca familiar por el uso de unas zapatillas. Se dio una pelea entre hermanos y producto de esa disputa el hermano mayor de 21 años falleció por una puñalada en el pecho que le aplicó el más chico. A partir de eso, pudimos demostrar la responsabilidad del menor en el hecho y que esa acción que llevó adelante la hizo con discernimiento y en libertad. Estaba consciente en el hecho que había cometido”.
Plena conciencia de lo ocurrido
Nicosia precisó que “eso difería con lo planteado por la defensa, que esto se había dado en una causa de inimputabilidad, que el chico no había podido comprender el hecho o la magnitud de lo que había realizado. La Fiscalía pudo demostrar a través de testigos presenciales y de profesionales que tenía dominio del hecho y que tenía plena conciencia de lo que estaba llevando adelante”.
“La defensa esgrimió que el hecho sucedió en un contexto de vulnerabilidad. Nosotros replicamos que el contexto de vulnerabilidad, que no escapa al 70 u 80 por ciento de las personas que están sometidas a este tipo de entramado familiar, se dio en ambos. El contexto era el mismo para los dos hermanos, y en este caso no hubo ninguna emoción violenta ni legítima ni exceso en la defensa, en virtud de las particularidades propias del hecho. El chico había provocado la gresca y tenía de ante mano una navaja para asestarle una puñalada al hermano”, enfatizó el fiscal.
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El funcionario también se refirió a la situación impactante, incluso para el Ministerio Público de la Acusación, en el caso de homicidio que vivió la familia de los protagonistas.
Una familia atravesada por una tragedia
“Durante la investigación, el menor imputado cumplió con un encierro preventivo de lunes a sábado. El padre retiraba al niño los sábados y el lunes lo reingresaba al establecimiento su mamá. Es una situación muy compleja. Los familiares asistieron como testigos durante el proceso, pero no lo hicieron durante el juicio, pero sí acompañaron al imputado”, agregó.
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Nicosia aclaró que este juicio se llevó adelante bajo el nuevo sistema procesal de Santa Fe, pero a partir de la ley (de menores) sancionada en la década de 1980. “A partir de septiembre de este año, se va a replicar este proceso penal juvenil con la sanción de la nueva ley que dispone la baja de la edad de imputabilidad”.