Pero para estos dos jueces —el tercer miembro del tribunal votó en minoría (ver aparte)— la verdad de lo ocurrido el 8 de septiembre de 2014 no se halló ni en la "teoría conspirativa que propuso la acusación" ni en la escena "suicida" que sugiere el acta policial. En cambio, los jueces presentaron una teoría "más sencilla" según "las pruebas rendidas en las audiencias".
El crimen de Mafud fue un caso extraño desde el principio. Por la persecución de 55 kilómetros durante 25 minutos desde el sur de Rosario hasta una alcantarilla de la ruta A-012 en Roldán. Tal vez nunca se sepa por qué el joven de 26 años huyó de la policía en una carrera desesperada que terminó cuando una bala le perforó la cabeza. De las pruebas, indicios y conjeturas la fiscalía y la querella leyeron un fusilamiento que la policía quiso encubrir; las defensas insistieron en que los uniformados no mintieron.
La controversia nunca se apartó del caso. Desde el robo de una sillita de bebé del auto denunciado por la familia de Mafud hasta la droga hallada meses después en el Fiat mientras seguía incautado en jefatura. La polémica siguió con la absolución de once imputados y sólo cuatro condenados: Matías Maidana, a cuatro años de cárcel por efectuar el disparo mortal "con exceso en las causas de justificación" y por fraguar el acta del procedimiento, delito por el cual también sentenciaron a penas leves a Gabriel Sguazzini, Alejandro Gómez y Alfredo Correa.
La magnitud de la controversia se palpó durante la lectura de la sentencia, acompañada de un adelanto de los fundamentos poco habitual en tales instancias. Si bien entonces los jueces explicaron su resolución, conocidos los fundamentos del fallo semanas atrás, y mientras las partes se aprestan a presentar sus apelaciones, surgen detalles sobre por qué el tribunal resolvió como lo hizo.
Según las pruebas
Entre el crimen de Mafud y el juicio oral hubo un proceso penal de más de tres años en el que jueces de distintas instancias validaron la acusación, por ejemplo al dictarles prisión preventiva a algunos imputados. Pero terminado el juicio, el tribunal oral se refirió a una "total orfandad de pruebas" para sostener, "al menos como fue propuesta", la hipótesis de la fiscalía y la querella.
A la vez consideraron falsos datos de la versión policial como la existencia de dos acompañantes de la víctima y el hecho de que Mafud, con el auto ya detenido, les disparó a los uniformados que respondieron con tiros mortales. "Descartada la presencia de otras personas en el auto", para los jueces, "la posición del cadáver conspira contra esa teoría".
"La mecánica de los hechos que este tribunal tiene por probada según lo rendido en las audiencias es más sencilla y alejada de teorías conspirativas como la que propone la acusación o suicidas como parecería desprenderse del acta de procedimiento", dicen Verón y Aliau.
Entre lo probado, el tribunal sostiene que la persecución tuvo un origen legítimo, que Mafud disparó al menos una vez en el primer tramo y que al ser ultimado sostenía el volante con una mano y una bolsa de cocaína con la otra, por lo que no pudo haber tirado.
También dieron por válido que la víctima intentó evadir el retén de la camioneta de Seguridad Vial y así recibió balazos de Sguazzini y Gómez. Entonces Mafud baja la velocidad, el móvil de Maidana se le acerca y, para los jueces, éste pudo haber visto los "fogonazos y oír los disparos" de los agentes viales "contra el auto de Mafud". Los jueces creen que en ese momento Maidana efectúa el tiro mortal.
Asimismo, los jueces se apoyan en dos serenos de empresas cercanas, "los únicos testigos imparciales", para afirmar que "hubo una sola secuencia de disparos" y no más, como planteó la acusación.
Establecido cómo y cuándo muere Mafud, los jueces desestiman el fusilamiento. Un minuto después de que se detiene el Fiat llegan otros dos patrulleros. "Quedó demostrado que los ocupantes de esos móviles también dispararon a medida que arribaban al lugar. Pero no hay certeza sobre la dirección que imprimían a sus tiros. Y si tiraron hacia el auto, fue contra alguien ya fallecido".
No hubo pacto
El tribunal también desestima que los acusados hayan acordado una versión falsa. Apuntan que los policías se iban sumando a la persecución desde distintas zonas de patrullaje que tenían asignadas. "No hay indicio de una participación injustificable de agentes, sino que se debió a la casual circunstancia de estar en turno y acudir al llamado de radio. Ello aleja la posibilidad de un plan previo al inicio de la persecución".
Para los jueces, "el hecho se desarrolló en un lapso que impide que haya habido otra comunicación entre los policías que no sea la referida a través de la radio". Desde el inicio de la persecución hasta el final "los agentes sólo tomaban decisiones individualmente" según lo que entendían qué sucedía.
El fallo también relativiza las falsedades del acta que, según la acusación, se incluyeron para encubrir el hecho. Al respecto los jueces mencionan "cuatro falsedades postuladas en el alegato inicial": que hubo disparos desde el Fiat, que del auto se bajaron dos sujetos que huyeron a pie, que Mafud disparó contra el personal y que se rastrilló la zona buscando prófugos. De esos cuatro puntos, para Verón y Alliau sólo se comprobó que Mafud no disparó una vez detenido en la zanja y que no iba acompañado. Pero no se comprobó la falsedad de los otros dos puntos. "Los serenos coincidieron en que pasaron policías y les consultaron por el tema", indicaron al dar crédito a que hubo rastrillaje.
No dar por probada la teoría acusatoria no implica, para Alliau y Verón, "desconocer cándidamente que hay casos de «gatillo fácil», algunos para encubrir otros delitos, por parte de las fuerzas de seguridad. Pero ello no puede constituirse en un prejuicio indeleble para concluir que, por el mero hecho de ser policías, 13 hombres y 2 mujeres se pueden transformar en sanguinarios asesinos por cualquier motivo".
En estos días se espera que la querella y la fiscalía presenten sus correspondientes apelaciones, y no se descarta que las defensas de los cuatro condenados también pidan revocar esas sentencias.