El juicio oral y público a 23 integrantes de la banda de Los Monos, cuya fecha de inicio está prevista para el próximo martes 21 sigue dando tela para cortar a partir de los vaivenes que defensores y jueces producen con sus escritos, sus recursos, sus pedidos y reclamos. Todos episodios que son importantes para el proceso judicial pero que sólo interesan a las partes en juego y no al común de la población que sabe que, más allá de este juicio, el negocio del narcotráfico sigue desarrollándose en la ciudad con tanto vigor como siempre. En ese marco, ayer un tribunal pluripersonal conformado por la Cámara de Apelaciones de Rosario rechazó por unanimidad las recusaciones planteadas por las defensas de algunos de los acusados, mientras que las defensas adelantaron que ahora elevarán un recurso de inconstitucionalidad.
Asimismo, los abogados solicitaron que se suspenda el debate oral fijado para el martes 21 de junio atento "haber vencido holgadamente el plazo mínimo establecido para el estudio y preparación de la presente causa" ya que dispone que "debe mediar entre la conclusión de la instrucción suplementaria y la fecha de inicio del debate oral el plazo mínimo de 6 días hábiles para el análisis del material probatorio recibido y la preparación de la teoría del caso".
En tres resoluciones consecutivas firmadas ayer por los camaristas Bibiana Teresa Alonso, Carolina Hernández y Gustavo Salvador, fueron rechazados por "improcedentes" las recusaciones presentadas contra el camarista Daniel Acosta por las defensas de Ariel Máximo Cantero, Jorge Emanuel Chamorro, Leandro Alberto Vilchez y Ramón Ezequiel Machuca. Y el propio Acosta, avalado por esos dictámenes, rechazó una vez más su recusación y la del juez Ismael Manfrín, quien presidirá el tribunal juzgador acompañado por María Isabel Mas Varela y Marisol Usandizaga.
Al conocerse la fecha de inicio de las audiencias, las defensas presentaron una catarata de recursos. Primero recusaron por supuesto prejuzgamiento al juez Manfrín, planteo que fue rechazado por el propio juez y luego por su superior, el camarista Daniel Acosta. Luego volvieron a recusar a Manfrín por ordenar el inicio del debate pese a que no estarían listas las pruebas y hay recursos de inconstitucionalidad pendientes en la Corte Suprema provincial. El juez volvió a oponerse y otra vez fue designado Acosta para definir el pleito. Entonces los abogados recusaron directamente al camarista porque ya había opinado antes. A la vez pidieron que se declare nula su designación dado que ese juez ya había revisado cuestiones de fondo y de prueba en la causa Monos.
Rapidez y claridad
Ahora, el tribunal pluripersonal de Cámara sostiene que "la recusación al camarista Acosta no puede ser admitida....sin perjuicio de manifestar la notoria improcedencia de las razones invocadas para producir el efecto perseguido". Y advierten que es "inoportuna en cuanto los letrados fueron notificados de la integración del tribunal, y previo a la recusación del mismo, interpusieron revocatoria y nulidad, siendo que la vía procesal idónea no es la que intentan".
Asimismo, respecto a las sucesivas intervenciones en el proceso que las defensas achacan al magistrado, el tribunal manifestó que "devienen de la aplicación de reglamentos internos de asignación de causas" y remarca que "no hay disposición alguna que establezca la inhabilitación de los jueces de Cámara de volver a intervenir en los casos traídos a juicio cuando se trata de distintas pretensiones".
Finalmente, los jueces rechazan "la celeridad como indicio de parcialidad porque la observancia y cumplimiento de los plazos procesales y/o celeridad que en su caso puede tener un juez a la hora de resolver una cuestión sometida a su jurisdicción, bajo ningún punto de vista puede ser demostrativo, sospechoso o indiciario de parcialidad alguna sino que obedecen a la más pronta y rápida administración del servicio de Justicia".
Tras conocer las resoluciones del tribunal, el camarista Acosta emitió su dictamen y rechazó por "notoriamente improcedente la recusación dispuesta" contra su persona y avaló lo actuado hasta el momento por el juez Manfrín sosteniendo la fecha de inicio del juicio.
Por la televisación
Los abogados Fausto Yrure y Carlos Edwards manifestaron otra vez su desacuerdo con la decisión de no televisar las audiencias del juicio a Los Monos y anunciaron que "se recurrirá esa denegatoria". Para ello recuerdan una acordada de la Corte nacional que recomienda "establecer criterios generales de política de comunicación para el Poder Judicial sobre la difusión pública de los juicios orales", aunque aclara que "ello no va en desmedro de las facultades de los jueces de fijar sus propios criterios", por lo que "el juez Manfrín podía haber dispuesto la televisación de todo el debate, si realmente quería asegurar la publicidad de este juicio oral".