La Cámara Penal de Rosario confirmó la condena por enriquecimiento ilícito al comisario retirado Omar Alejandro Pintón, quien se desempeñara como administrador de la Unidad Regional II de Rosario hasta 2010. La pena había sido por dos años y medio de prisión e impuesta por un tribunal de tres jueces al término de un juicio oral, lo que incluyó una multa de 2.300.000 pesos y el decomiso de los bienes adquiridos durante el período en el que se analizó su conducta delictiva así como de los que pueda haber obtenido por la venta de esos bienes.
Los camaristas Daniel Acosta, Bibiana Alonso y Gabriela Sansó avalaron el fallo del tribunal oral conformado por los jueces Pablo Pinto, Alejandro Negroni y Facundo Becerra, quienes también había sentenciado al ex funcionario policial, de 56 años, a una inhabilitación absoluta perpetua para ocupar cargos públicos y ordenado el embargo del 20 por ciento de su jubilación hasta cubrir multas y otras costas del juicio.
Pintón fue jefe de Administración y Finanzas de la Unidad Regional II entre diciembre de 2007 y abril de 2010. El cargo se conoce como “habilitado” y consiste en firmar la salida de dinero para partidas como reparación de móviles, gastos de combustible, racionamiento. La investigación de la Dirección de Asuntos Internos sobre su patrimonio comenzada en noviembre de 2008 a partir de un desfasaje entre sus ingresos y gastos puso el foco en su crecimiento patrimonial cuando era jefe del Departamento Judiciales de la Unidad Regional VI con asiento en Villa Constitución.
La investigación detectó que entre 2005 y 2008 el policía adquirió cinco propiedades, una moto de agua, una 4x4 Mitsubishi Montero y realizó viajes al exterior con su familia. Emplazado a justificar esas compras, Pintón dijo que los había obtenido a partir de un beneficio económico que recibía su abuela, ya fallecida, desde Italia.
La investigación de Asuntos Internos la había dirigido el hoy fiscal Fernando Dalmau. Quien encontró que Pintón había comprado, a su criterio sin justificación demostrable, entre ellos un terreno en Sorrento y Rivadavia, y cuatro inmuebles en la localidad de Santa Clara del Mar, en el partido bonaerense de Mar Chiquita.
También había indicado la instrucción que aún con el cobro de alquileres por esos inmuebles no era demostrable congruencia entre los ingresos y los pagos de los colegios privados de las tres hijas del implicado, más otros gastos como profesor particular de gol, inglés, judo, natación, servicio doméstico, teléfonos celulares, cocheras. La defensa indicó que esos gastos estaban justificados y que eran de difícil cuantificación.
Pero las pericias arrojaron que los gastos del funcionario no eran coincidentes con sus ingresos como policía y el caso fue derivado a la Justicia en 2012. En 2018 Pintón fue procesado por la jueza Delia Paleari y en 2019, en la audiencia preliminar al juicio, revelaron que el informe contable realizado por un perito de la Corte arrojó un saldo negativo de 130 mil pesos a 2008. Un monto que, según calculan fuentes del caso, trasladado rondaría los tres millones de pesos, algo para el momento equivalente a unos 30 mil dólares.
Doce años después del comienzo de la investigación el pasado 19 de noviembre comenzó el juicio oral. Además de los tres años de cárcel, el fiscal solicitó la multa por el total del valor de los bienes adquiridos durante el período investigado. Finalmente los jueces fijaron la multa en 2.300.000 pesos.
El camarista Daniel Acosta, autor del voto inicial, señaló que no existió documentación respaldatoria de que el policía hubiera adquirido los inmuebles con dos actividades económicas que señaló en su descargo: la restauración de autos antiguos y el dinero que le entregaba su abuela, que recibía una pensión de guerra de Italia. También señaló entre otros detalles que la cuota alimentaria del primer divorcio a cobrar por la madre de la primera hija fue fijada en un monto que era equivalente al total que Pintón cobraba como policía. Por lo que había allí una incongruencia compatible con el enriquecimiento no demostrable en ingresos lícitos. Acosta menciona "el giro copernicano" en su evolución con su función de habilitado de la policía. Y que esos excedentes no se demostraron en herencia o donación familiar.
El fiscal del caso en el juicio oral fue Gonzalo Fernández Bussy.