La Cámara Penal confirmó la absolución de un joven que había sido acusado de participar en el triple crimen de Villa Moreno cuando era menor de edad. Se trata de un muchacho al que le dicen "Jeta", cuyo apodo fue mencionado en una escucha y que estaba en una casa donde se secuestró una pistola 9 milímetros usada en la canchita de Dorrego y Presidente Quintana donde fueron acribillados Jeremías Trasante, Claudio Suárez y Adrián Rodríguez el 1º de enero de 2012. Por el caso fueron condenadas cuatro personas a penas de 8 a 32 años de prisión tras un juicio oral realizado en 2014, pero la situación del menor se revisó en un trámite aparte. Seis años después del emblemático suceso, los camaristas concluyeron que no existen pruebas convincentes de su participación en la masacre.
El joven que estuvo acusado tiene 24 años, le dicen "Jeta" y cuando faltaba poco para que cumpliera los 18 años fue detenido como uno de los tiradores que abrieron fuego aquella madrugada en la canchita donde una banda armada irrumpió para dirimir un pleito del cual las víctimas eran ajenas.
"Jere" Trasante, de 16 años, "Mono" Suárez, de 20, y "Patom" Rodríguez, de 19, fueron ejecutados mientras esperaban para festejar la llegada del año nuevo con amigos. Al lugar arribó un grupo de sujetos armados a bordo de un utilitario para vengar un ataque previo contra el hijo del líder del grupo, que horas antes había sido baleado en Garay y Vera Mujica.
Tras la revisión de las penas impuestas en el juicio oral fueron condenados Sergio "Quemado" Rodríguez a 32 años de prisión como autor intelectual y ejecutor de la masacre, Alejandro "Teletubi" Delgado y Mauricio "Maurico" Palavecino a 21 y 19 años, respectivamente, como coautores; mientras que Brian Sprío, condenado en primera instancia, terminó absuelto y Brian "Damiancito" Romero acordó una pena a 8 años de prisión en un juicio abreviado.
"Jeta" fue indagado en un juzgado de Menores por homicidio agravado por el uso de arma de fuego y portación ilegítima de arma de guerra, una imputación que luego se agravó a homicidio calificado por el concurso premeditado de dos o más personas. En diciembre pasado la jueza de Menores Dolores Aguirre Guarrochena lo absolvió al entender que en la investigación no se acopiaron pruebas concluyentes en su contra.
Pruebas débiles
Entre las pruebas que analizó la magistrada figura un allanamiento en una casa de Cafferata al 4100 donde se secuestró una pistola Bersa 9 milímetros que, según las pericias, fue usada en el hecho. Pero en esa casa, señaló la jueza, el joven se encontraba junto a otras dos personas. Por lo que a su criterio no se puede establecer una relación directa entre él y el arma. Y que tampoco existe una relación directa con ese domicilio (no era su vivienda ni su lugar de trabajo) y por lo tanto podía encontrarse allí de manera accidental.
Otra cuestión que tuvo en cuenta el fallo es que el listado de llamadas entrantes y salientes al número del muchacho estaba incompleto. Y si bien en una conversación interceptada en escuchas mencionan a un tal "Jeta" como partícipe del triple crimen, ésto "resulta insuficiente para probar el hecho en sí" dado que quienes mantienen esa charla lo nombran en base a dichos de terceros. Por último, descartó declaraciones que aludían al muchacho que se debatieron en el juicio oral a los mayores porque esa prueba no pudo ser controlado por sus defensores, Adrián Ruiz y José Ferrara.
La figura penal que les aplicaron a los mayores fue la de homicidio agravado por uso de arma de fuego y la participación de un menor (tres hechos en concurso real) además de la portación ilegal de armas guerra.
Sin embargo, el menor cuya participación le reprocharon a los adultos resultó absuelto.
Sentencias disímiles
En este sentido la jueza consideró que "el disímil resultado de ambas sentencias en modo alguno importa una contradicción sino que es la lógica consecuencia de dos investigaciones que corrieron suertes paralelas". Lo adjudicó a un "diseño procesal cuestionable, que entra en crisis en casos como los presentes".
Esa absolución fue apelada por la Fiscalía en una audiencia oral. Entonces una asesora de Menores remarcó que el chico "arribó a la mayoría de edad días después de ocurrido el hecho" y que al recuperar la libertad "formó una familia, comenzó un emprendimiento y siempre cumplió todo lo que el juzgado le pidió". Tras escuchar los planteos de las partes los jueces Carlos Carbone, Javier Beltramone y Bibiana Alonso decidieron confirmar el fallo de primera instancia.
En su escrito cuestionaron que la causa se prolongara cinco años sin más pruebas que las copias de lo actuado en el juicio de los mayores. Y advirtieron "un escenario en el que la duda asume un protagonismo tal que la prueba deviene insuficiente para acreditar la autoría y la responsabilidad en el obrar del acusado".
Según los jueces, tampoco se probaron otras hipótesis: si el adolescente pudo ser utilizado por adultos para descargar la responsabilidad en él o si fue instigado para intervenir en el hecho. "Nada de ello ha sido probado", cierra el fallo.