Por el caso Paula Perassi la Cámara condenó al amante de la víctima y a su esposa

Ambos permanecerán en libertad con un régimen de conducta. A los siete imputados restantes les ratificaron la absolución de primera instancia.
29 de noviembre 2019 · 00:00hs

El caso Paula Perassi, la mujer que el 18 de septiembre de 2011 salió de su casa y no volvió nunca más, tuvo ayer un importante giro, aunque dejó numerosas puertas abiertas. Un tribunal pluripersonal resolvió revocar la resolución que absolvió a Gabriel Strumia y Rosana Michl, el hombre sospechado de ser el padre biológico del bebé que la víctima llevaba en su vientre y la esposa de éste. Al primero lo condenó a 17 años de prisión por considerarlo responsable del delito de privación ilegal de la libertad coactiva, agravada por tratarse la víctima de una mujer embarazada, y a la mujer por el mismo delito como partícipe secundaria.

Si embargo, los jueces Carolina Hernández, Javier Beltramone y Gustavo Salvador no hicieron lugar al pedido de prisión preventiva para los acusados, que permanecerán en libertad, al menos en la instancia recusatoria, y deberán cumplir una serie de requisitos impuestos por el tribunal.

Para los padres de Paula, esto puede ser un avance, pero no resuelve el reclamo genuino e inicial de la familia: que aparezca el cuerpo de la víctima. Para los abogados defensores de la familia, esta instancia abre un abanico de actuaciones, ya que se prevé que haya apelaciones de todas las partes, al menos de la acusadora y de los defensores de los condenados.

La resolución de los camaristas fue leída ayer en los Tribunales Provinciales de Rosario, frente a los imputados, sus abogados defensores, la fiscal María Eugenia Iribarren y la querella.

La resolución lleva el número 653, de fecha 28 de noviembre de 2019, y establece en su primer punto que el tribunal confirma por unanimidad lo decidido por el jurado de primera instancia, que absuelve a Antonio Díaz (empleado de Strumia), Mirta Ruñisky (la presunta abortera a quien la Fiscalía acusaba de haber practicado un aborto no consentido a Paula que derivó en su muerte), y a los policías Adolfo Daniel Puyol, Gabriel Mario Godoy, Jorge Krent, María José Galtelli y Aldo Concepción Gómez por los delitos que le fueran atribuidos en el juicio, los que giran alrededor del encubrimiento y la destrucción de pruebas.

En un segundo punto, la decisión del tribunal fue, con disidencia del juez Beltramone, revocar la resolución que impuso la absolución de Strumia y condenarlo por el delito de privación ilegal de la libertar coactiva agravada por tratarse la víctima de una mujer embarazada a 17 años de prisión. También con los votos de Salvador y Hernández se revocó la absolución de Michl y se la condenó a siete años de prisión como partícipe secundaria por privación ilegítima de la libertad coactiva agravada por tratarse de una embarazada.

El cuarto punto fue no hacer lugar al pedido de prisión preventiva presentado por la querella y la Fiscalía, y les impuso a los condenados la obligación de comparecer semanalmente en la Oficina de Gestión Judicial de San Lorenzo, la prohibición de abandonar el país y la de modificar domicilio sin conocimiento del Ministerio Público de la Acusación. Fuentes consultadas explicaron que la defensa de los condenados tiene un plazo de diez días para recusar la decisión de los jueces, con una apelación o un recurso de inconstitucionalidad.

Las partes ahora están abocadas a la lectura de los extensos fundamentos de la resolución para actuar en consecuencia. Algo que llamó la atención de todos los presentes fue que el fallo hablara de privación de la libertad pero no de muerte.

Sin cuerpo

Finalizada la lectura del fallo, Alberto Perassi, el padre de Paula, repitió una vez más lo que viene diciendo desde el principio de este proceso. “Aquí faltan los huesos de mi hija. Yo no busqué este momento, busqué los huesos de Paula, y hora me vuelvo confundido, sin sensación de justicia”, acusó.

   Convencido de que tarde o temprano “esto tenía que tener otro enfoque”, consideró que “esto empieza a abrirse recién después de ocho años”, ya que, a su entender, hubo un pacto de encubrimiento y de desidia en las investigaciones que incluyó “a la Justicia de San Lorenzo, a la Unidad Regional XVII de Policía y al poder político. Lo único que esperamos que este sea el primer paso para abrir y romper el pacto de silencio que con tanto cinismo mantuvieron durante estos ocho años”, manifestó.

   A su juicio, “lo ocurrido hoy puede ser un alivio, pero queremos que abra una puerta para entender y saber qué pasó con Paula. Lo dije muchas veces: denme el cuerpo de mi hija y no hablo más”.

   A su lado, Alicia Ostri, madre de la víctima, lamentó que “haya tanta falsedad”. La mujer, que acompañó a su esposo todos estos años de reclamo, no sabe si alguna vez aparecerán los restos de su hija.

   En similar sintonía se expresaron los abogados querellantes Adrián Ruiz y José Ferrara. “Tenemos que ver los fundamentos, es un alivio que haya habido un fallo condenatorio, y ese es un paso más para ese paso tan amplio y definitorio que es saber dónde está Paula, para que la familia pueda explicarles a los hijos de la víctima qué fue lo que pasó con ella”, advirtió Ruiz.

   Para Ferrara, “esto no alcanza; nuestros principal objetivo es encontrar a Paula, por eso decimos que aquí hay un pacto de silencio que apunta a dejar el caso cerrado. Tiramos de todos los hilos desde lo institucional, cuando uno trabaja este tipo de delitos se encuentra con estos muros”, sostuvo y añadió que “esperemos ver cuáles son los fundamentos porque no queda clara la participación de la policía, cuando todos los indicios nos dicen que fue así; de lo contrario, el caso no hubiese podido quedar encubierto durante ocho años”.

Un largo proceso

Tal como lo publicó reiteradamente La Capital, Paula Perassi tenía 34 años, esposo y dos hijos. El 18 de septiembre de 2011 recibió un llamado telefónico a las 20 y partió de su casa diciendo que tenía que buscar cosas para la escuela de los chicos (su hijo mayor tenía en ese momento seis años; el más chiquito, dos). No regresó nunca más. Al día siguiente de su desaparición, su esposo, Rodolfo Ortíz, radicó la denuncia sobre la desaparición, lo que dio lugar a una investigación sobre el paradero de Paula.

   Se supo entonces que la mujer mantenía una relación sentimental con Gabriel Strumia, un empresario de Puerto San Martín, y que estaba cursando las primeras semanas de un embarazo. Aunque la paternidad no pudo corroborarse científicamente ya que el cuerpo y el feto jamás aparecieron, los entrecruzamientos de las líneas telefónicas, mensajes de texto, charlas a través de internet y otras pruebas arrojaron la certeza de que el embarazo era producto de ese vínculo.

   La causa tuvo numerosos vaivenes, pasó por los tribunales de San Lorenzo y de Rosario. Pero tuvo un punto bisagra cuando los fiscales Ramón Moscetta y Donato Trotta solicitaron en abril de 2015 la detención de nueve personas sobre la hipótesis del crimen y una red de encubrimiento, ya que incluía a cuatro civiles (Strumia, su esposa Roxana Michl, su empleado Antonio Díaz y la partera Mirta Rusñisky), tres efectivos policiales (Gabriel Godoy, Aldo Gómez y María Galtelli) y dos altos jefes de la fuerza: Jorge Krenz y el ex jefe de la Agrupación Cuerpos, Adolfo Daniel Puyol. Todos ellos llegaron a juicio en prisión: los civiles, tras las rejas, los policías, detenidos en sus hogares.

   El 21 de marzo comenzó el juicio oral por el caso de Paula. Los nueve acusados se sentaron en esa oportunidad en el banquillo de los acusados en el Centro de Justicia Penal de Rosario, frente a un tribunal integrado por Griselda Strólogo (San Lorenzo), Mariel Minetti (jueza penal de Casilda) y Alvaro Campos (juez penal de Cañada de Gómez).

   En el caso de los civiles, se los acusaba de aborto no consentido seguido de muerte y privación ilegítima de la libertad, entre otros cargos. A los policías, se les achacaba, entre otros, los delitos de encubrimiento, sustracción y destrucción de pruebas, falsedad ideológica de instrumento público e incumplimiento de los deberes de funcionario. Los pedidos de condenas iban desde un máximo de 16 años de prisión para los policías y de prisión perpetua para los civiles.

   Tras largas jornadas de debates, el tribunal de primera instancia resolvió por unanimidad, el 2 de mayo, absolver a los nueve imputados.

   “Habiendo tomado contacto directo con la actividad probatoria, estamos en condiciones de decir que a lo largo de las audiencias que el Estado no logró a través de sus fiscales y de la querella, probar con la certeza necesaria en esta etapa que las personas acusadas son culpables de los delitos que se les atribuyen”, dijo entonces la jueza Strólogo, presidenta del tribunal.

   La querella apeló tal decisión y el tribunal compuesto por Carolina Hernández, Javier Beltramone y Gustavo Salvador fue el encargado de escuchar nuevamente los alegatos, hasta llegar a la resolución que finalmente se conoció ayer.

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