La justicia confirmó en segunda instancia la condena a ocho años y seis meses de prisión contra el ex coordinador de Deportes de la Municipalidad de Firmat, Mauricio Ponce, por haber abusado sexualmente de una de sus dos hijas menor de edad en esa ciudad. Así lo resolvieron por mayoría los camaristas Tomás Orso, quien votó en disidencia, Juan Pablo Lavini Rosset y Andrea Fernández, en el marco de una audiencia de apelación desarrollada en los tribunales de Venado Tuerto.
La sentencia en primera instancia había sido dictada en forma unánime en agosto de este año por los jueces Paula Borrello, Lorena Garini y Benjamín Révori, en un juicio oral realizado en Melincué y donde la fiscal que llevó adelante la investigación, Susana Pepino, había pedido 16 años de cárcel y terminó apelando el fallo. Y lo mismo hizo la defensa que pretendía la absolución del acusado.
Tras evaluar los diferentes planteos, el tribunal de Alzada confirmó la pena que había sido dispuesta en el debate oral por el delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por el vínculo. Y al mismo tiempo ratificó la absolución por la autoría de abuso sexual simple agravado por el vínculo contra otra hija del condenado, también menor de edad.
La representante del Ministerio Público de la Acusación (MPA) recordó que "el condenado abusó sexualmente de una de sus hijas durante una madrugada de agosto de 2021, época en la que ella iba a la escuela primaria", y precisó que "al momento del hecho, la niña estaba durmiendo en un departamento en el que vivía su padre".
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Pepino resaltó que "tal como lo sostuvimos en el debate, consideramos que el ilícito configuró un abuso sexual con acceso carnal y no gravemente ultrajante", para luego plantear que "aunque dos de los camaristas optaron por mantener la calificación penal elegida por el tribunal del juicio oral y el otro propuso la absolución, valoramos que haya sido confirmada la condena".
Asimismo, la fiscal mostró su disconformidad contra la desestimación del otro hecho endilgado al hombre condenado, quien tiene 51 años, en perjuicio de su otra hija. Al respecto, explicó que "cuando esta víctima fue llamada a declarar en cámara Gesell en relación a lo padecido por su hermana, surgió que ella también había sido abusada por su padre", y agregó que "si bien en la entrevista no contó todo lo ocurrido, más tarde pudo hablar de ello con su madre".
Trastorno del sueño
En respuesta a un agravio de la defensa vinculado a los argumentos brindados por el tribunal de primera instancia, el camarista Lavini Rosset remarcó que "la sentencia apelada se encuentra sólidamente fundada", postulado al que adhirió su par Andrea Fernández.
El magistrado, además, descartó que el abusador haya atacado a la víctima en un episodio de parasomnia (trastorno del sueño que, según la teoría del caso presentada por el abogado defensor, el condenado tuvo en la variante de sexsomnia).
"La posibilidad de que el encausado haya estado dormido _soñando y sin tener conciencia_ al momento de abusar sexualmente de su hija, cuya carga de la prueba incumbía a la defensa, no resultó acreditada en la causa", subrayó Lavini Rosset.
Medidas disciplinarias
Los magistrados además resolvieron remitir copia del fallo al Tribunal de Ética del Colegio de Abogados de la Tercera Circunscripción Judicial, con el propósito de que se evalúe la aplicación de medidas disciplinarias al abogado defensor del condenado.
El juez Orso enfatizó que "por las adjetivaciones empleadas y el tono del escrito de apelación _aunque felizmente el mismo fue diferente y adecuado al momento de la exposición oral_, entiendo que el mismo excedió el ejercicio del derecho de defensa, pudiendo ser calificado como agraviante _tal como lo señaló Pepino_, no sólo para los diferentes operadores del sistema de justicia que intervinieron en las presentes actuaciones sino también hacia los familiares de las presuntas víctimas y la sociedad de Firmat toda".