El proceso para la designación de jueces comunitarios de las pequeñas causas en distintas localidades santafesinas generó cuestionamientos que ponen en duda su transparencia.

Por Gustavo Orellano
"Ni siquiera se respetó el artículo 125 de la ley orgánica que establece que los jueces comunitarios deben residir en la localidad", dijo el delegado del Colegio de Abogados de Casilda, Juan Pablo Santichia.
El proceso para la designación de jueces comunitarios de las pequeñas causas en distintas localidades santafesinas generó cuestionamientos que ponen en duda su transparencia.
En el sur provincial una de las voces más críticas fue la del delegado del Colegio de Abogados de Casilda, Juan Pablo Santichia, quien denunció la existencia de "irregularidades".
Al respecto, el letrado sostuvo que "el Poder Ejecutivo provincial no fundamentó las razones sobre la elección de la nomina de postulantes que elevó a la asamblea legislativa para su tratamiento".
Y en tal sentido, resaltó que "si bien el gobernador tiene facultad de cambiar el orden de mérito de la terna seleccionada previamente por concurso para cubrir los cargos vacantes, debe fundamentarlo y eso no sucedió, lo cual va a contramano de lo que establece la ley orgánica".
Asimismo, aseguró que "resulta al menos extraño las modificaciones realizadas en ese sentido en algunas localidades de la región como Bombal y Bigand donde quienes obtuvieron las mejores calificaciones no aparecen seleccionados”.
"Y aún más evidente resulta lo sucedido en Villa Constitución donde la abogada que sacó el puntaje más alto de la provincia tampoco fue elegida siendo propuesta en su lugar a quien salió segundo en el examen".
"También observamos _añadió_ que ni siquiera se respetó el artículo 125 de la ley orgánica que establece que los jueces comunitarios deben residir en la localidad".
Santichia consideró que "es necesario que se revea el procedimiento llevado adelante, no solo para despejar dudas sino para garantizar que quienes sean designados cuenten con la idoneidad necesaria para ejercer el cargo".
Y desde ese lugar resaltó: "Se trata de la designación de funcionarios que, entre otras funciones, tienen competencia para intervenir en la resolución de conflictos entre vecinos, por lo que es fundamental que estén capacitados porque de lo contrario se estará hipotecando la justicia de las localidades involucradas en los próximos 30 años".
"Los jueces comunitarios son muy necesarios para las comunidades y resulta indispensable cubrir vacantes, pero si ésta es la forma sería preferible que no se haga nada", aseveró el abogado casildense.
"Sorprende _insistió_ que en varias localidades no estén propuestos como jueces los que obtuvieron en el concurso los mejores puntajes y que tampoco estén fundamentados los cambios que se hicieron, algo que debiera ser revisado".
Sostuvo, además, que "hay muchos secretarios de juzgados comunales que se presentaron al concurso y si bien tuvieron altas calificaciones no quedaron postulados, lo que resulta injusto más aún cuando el único ascenso posible al que pueden aspirar es ser designado juez en caso de estar vacante ese cargo en el juzgado donde prestan servicios".
También cuestionó que "tampoco se respetó lo pautado por el decreto 593/14 en cuanto a dar transparencia y publicidad a los pasos de concurso como puntajes obtenidos por los concursantes en cada etapa, valoraciones de la entrevista personal en la que debe informarse si el postulante superó ampliamente o no el nivel requerido y el puntaje global para conocer si es correcto el orden de mérito".

