Por Marcela Isaías
Contempla diez modalidades de la enseñanza, entre ellas crea la "de Educación a Distancia, Virtualidad y Nuevas Presencialidades", como "opción organizativa, pedagógica y curricular aplicable a todos los niveles y a todas las modalidades del Sistema Educativo Provincial". Incluye a la modalidad de educación técnico profesional pero sin hacer mención a la ley 26.058 de educación técnico profesional que rige para esta enseñanza.
También impulsa el sostenimiento y la creación de diferentes organismos que intervienen en la educación santafesina, como el Consejo Provincial de Educación, Trabajo y Producción; el Laboratorio Santafesino de Políticas Educativas; el Consejo Provincial de Educación; el Instituto Provincial de Formación Docente Continua; las Mesas Regionales de Articulación y Protección de Trayectorias Educativas y los Consejos de Convivencia Escolar.
Contempla un capítulo dedicado a la "Vinculación con el mundo del trabajo", donde se promueve: "La Educación Secundaria Orientada incluye la realización de prácticas educativas de Orientación en Contextos Laborales, considerando diversas propuestas que permitan a los estudiantes y docentes atravesar una experiencia socioproductiva, de manera reflexiva y potenciadora de nuevos aprendizajes que se corresponden con la orientación en que se forman los estudiantes. Estas prácticas tienen un carácter exclusivamente educativo y no pueden generar ni reemplazar vínculos contractuales o relaciones laborales".
Y respecto del financiamiento, los artículos 15 y 16 del proyecto indican que: "El Estado Provincial garantizará para el Ministerio de Educación un monto de recursos en cada presupuesto no inferior al monto inicial aprobado en el ejercicio anterior, actualizado por la estimación de la variación de precios prevista en las pautas macroeconómicas. Los fondos podrán tener origen provincial, nacional, de la cooperación internacional, de las herencias vacantes y otras fuentes”, además que “asigna los recursos presupuestarios con el objeto de garantizar la igualdad de oportunidades para todos los habitantes de la Provincia de Santa Fe considerando criterios de justicia distributiva que contemplen las particularidades socioculturales, demográficas, históricas, económicas y étnicas de los territorios en el marco de los presupuestos anuales con que cuenta el Ministerio de Educación para estos fines".