La Corte Suprema de Justicia de Santa Fe avaló el proceso judicial que determinó la “quiebra fraudulenta por confusión patrimonial” de “socios ocultos” de la disuelta agencia de viajes rosarina Le Rondini. La causa involucra a tres profesionales que en su momento se incorporaron a la firma con el pretexto de “oxigenarla”. Sin embargo, el máximo tribunal de Justicia concluyó que actuaron con “promiscuidad” en la administración del negocio. Además, los tres afrontan una imputación penal por “defraudación y estafa”.
El pasado 6 de diciembre la Corte de Santa Fe confirmó lo resuelto por los juzgados civiles de primera y segunda instancia, que determinaron el sigiloso vaciamiento de la emblemática operadora de viajes y turismo Le Rondini, que funcionó durante décadas en peatonal Córdoba al 1200.
El caso salió a la luz en 2020 cuando este diario publicó que el síndico de la quiebra había detectado groseras inconsistencias en el proceso concursal que se tramitó en el juzgado Civil y Comercial Nº 16, a cargo de Pedro Boasso (jubilado).
Según pericias contables, cruce de información fiscal y estudio de balances, se pudo establecer que antes de caer en bancarrota se esfumaron más de 6 millones de pesos de Le Rondini a través de sospechosas maniobras de un grupo de personas que en 2015 se incorporaron a la firma para rescatarla económicamente.
El tradicional comercio había entrado en cesación de pagos y en 2017 se decretó la quiebra, la que se hizo extensiva a su original dueña, Adriana Todisco. Pero la estrepitosa debacle del negocio tenía responsables que actuaron en las sombras.
Se trata de los “socios ocultos Claudio A.B, agente bursátil; Norvald B., gerente, y Raúl A., histórico contador que supo tener Le Rondini y quien sugirió al matrimonio Curridor los dos otros dos nombres para que inyectaran fondos frescos al negocio.
Nada de eso ocurrió. La sindicatura destapó una desprolija sociedad que tuvo como base un “acuerdo de entendimiento” que avaló un escribano público, pero no fue registrado ante el Registro Público de Comercio.
Por eso sugirió extender la quiebra a los tres socios por considerarlos “ilimitada y solidariamente responsables”, con formación de masa única, por haberse configurado un “supuesto de confusión patrimonial inescindible”.
Se constató que los libros contables de los ejercicios económicos de los últimos 20 años se encontraban “en blanco y sin registración”. En ese sentido, el síndico refirió que los fondos “no se correspondían con las cifras que surgían de los estados contables, con diferencias millonarias”.
"Dolosamente dirigido"
Esa situación daba cuenta que se habían “tratado de ocultar los pasivos” en perjuicio de la masa. Tampoco se recalcularon las deudas fiscales, previsiones de incobrabilidad, o por diferencia de cambio, pese a que la mayoría de las operaciones se concretaron en dólares, lo cual incidió en los balances e incrementó indebidamente las ganancias.
También se detectaron operaciones personales de los socios, como la cancelación de pasivos con la entrega de un automóvil marca BMW que era propiedad de Curridor. Todo ello se agravó por “la promiscuidad de la administración y su contabilidad”.
Para el síndico, el procedimiento no aparentaba ser casual, sino “dolosamente dirigida a ocultar pasivos o exagerar activos”. Con esos elementos y otros relevantes acopiados en la causa, en abril de 2020 el juez Boasso decretó la “quiebra fraudulenta” de la que habría sido víctima Todisco y su fallecido marido.
El magistrado extendió la responsabilidad del vaciamiento por las causales de “confusión patrimonial inescindible”, como “socios ocultos” a Claudio A.B; Norvald B.; y Raúl A.
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La defensas de los implicados apelaron la resolución ante la sala IV de la Cámara Civil y Comercial que, tras evaluar el complejo expediente, rechazó los planteos y recursos de nulidad y confirmó la sentencia del juez Boasso. Y en octubre de 2021 concedió el recurso de inconstitucionalidad para que el expediente llegue a la Corte.
Aval de la Corte
Después de más de un año y medio, el máximo Tribunal de Justicia de la provincia se expidió sobre el intrincado caso. El primer voto, y quien analizó el expediente, fue del ministro Roberto Falistocco, mientras que adhirieron en igual sentido sus pares María Angélica Gastaldi, Mario Netri y Rafael Gutiérrez.
Luego que el procurador, Jorge Barraguirre, dictaminó inadmisible el recurso, como primera medida la Corte indicó que del análisis de los agravios sobre la sentencia impugnada y las constancias de la causa, “no se advierte configurada una cuestión de violación constitucional”.
“Pretenden imponer su particular enfoque del caso y su propia interpretación del derecho concursal, sin demostrar que la respuesta jurisdiccional brindada por la Cámara adolezca de los vicios que se invocan o resulte ilógica o irracional desde el punto de vista constitucional”, dice la Corte sobre la apelación de los acusados.
Acuerdo dudoso, ocultamiento y promiscuidad
En ese sentido se avala lo resuelto por la Cámara Civil al identificar que el “acto preparatorio al acuerdo de entendimiento reveló que pretendían “ocultarse”, ya que en los hechos asumieron la administración de la empresa y contrajeron obligaciones de la misma.
La Corte destaca que se extendió la quiebra en virtud de lo dispuesto en la Ley de Sociedades, y por existir “confusión patrimonial no escindible del patrimonio de los diversos integrantes de la sociedad”.
Al avalar los veredictos de primera y segunda instancia, la Corte remarca que “más allá de la independencia de la estructura jurídica de los involucrados o de si su conducta fue culposa o dolosa, un presupuesto revelador fue la “acentuada promiscuidad de administración” de los bienes.
De esta manera, se confirma un proceso civil que tuvo los matices propios de maniobras de despojo y vaciamiento, en este caso de una emblemática agencia de viajes de Rosario.
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Pero además la historia tiene otro capítulo abierto en el Ministerio Público de la Acusación (MPA), donde los tres “socios ocultos” afrontan un legajo penal por defraudación y estafa tras ser denunciados por Todisco.
A cargo de esa pesquisa está el fiscal Miguel Moreno, de Delitos Económicos de la Agencia de Criminalidad Organizada, que en noviembre de 2021imputó a los tres sospechosos.