En un fallo de alto impacto institucional y ambiental, la Corte Suprema de Justicia de la Nación condenó al Estado nacional, a las provincias de Buenos Aires, Entre Ríos y Santa Fe, y a los municipios de Rosario y Victoria a implementar y ejecutar de manera efectiva el Plan Integral Estratégico para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible en el Delta del Paraná (PIECAS-DP), con el objetivo de prevenir y controlar los incendios en las islas que desde hace años provocan graves consecuencias en Rosario y la región.
La resolución del máximo tribunal pone en el centro de la escena a Santa Fe y a la ciudad de Rosario, dos de las jurisdicciones más afectadas por los reiterados episodios de humo, cenizas y contaminación que se originan en las islas del río Paraná, frente a la costa rosarina. Según sostuvo la Corte, los incendios han generado un fenómeno persistente de humo y hollín que afecta de manera directa el derecho a la salud y a un ambiente sano de los habitantes.
El fallo lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes subrayaron que la ejecución del plan no es responsabilidad del Poder Judicial sino de las autoridades políticas nacionales, provinciales y municipales.
Qué deberán implementar Nación, Santa Fe y Rosario
La Corte ordenó la puesta en marcha integral del PIECAS-DP, un acuerdo interjurisdiccional vigente desde 2008. El plan incluye de manera obligatoria:
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Instalación de equipamiento e infraestructura.
Creación de mecanismos de información de alerta temprana.
Implementación de la Red de Faros de Conservación.
Ejecución de un Plan Sistemático de Control.
Desarrollo de un Plan de Manejo del Fuego para el Delta del Paraná.
El tribunal subrayó que el delta es un humedal de extrema fragilidad ambiental, por lo que resulta indispensable una intervención coordinada entre todas las jurisdicciones.
El origen del conflicto y el rol clave de Rosario
La causa judicial se inició el 25 de junio de 2020 a partir de una demanda de la Asociación Equística Defensa del Medio Ambiente contra el Estado Nacional, las provincias de Santa Fe, Entre Ríos y las municipalidades de Rosario y Victoria. El planteo exigía el cese inmediato de los focos de incendio frente a las costas rosarinas y la adopción de medidas definitivas para erradicar la quema ilegal que se repite año tras año.
La organización advirtió que la situación provocaba un fenómeno persistente de humo en toda la ciudad de Rosario, con consecuencias directas sobre la salud de la población.
En agosto de 2020, la Corte declaró su competencia originaria, ordenó correr traslado de la demanda e incorporó a la provincia de Buenos Aires como tercero, al considerar que la controversia le era común.
El Comité de Emergencia Ambiental y la inacción estatal
En el marco de la causa, el máximo tribunal dictó una medida cautelar que ordenaba la conformación inmediata de un Comité de Emergencia Ambiental (CEA) dentro del PIECAS-DP, con el objetivo de adoptar medidas urgentes para la prevención, control y cesación de los incendios.
Sin embargo, al analizar las respuestas posteriores de los distintos Estados involucrados, la Corte concluyó que no se registraron avances efectivos en la implementación real del plan.
Las posiciones de Santa Fe, Rosario y las otras jurisdicciones
En sus presentaciones judiciales:
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Santa Fe sostuvo que, aunque los incendios ocurren fuera de su jurisdicción, los efectos impactan en su territorio, que la quema de pastizales está prohibida en la provincia y que se impulsaron diversas medidas preventivas.
Rosario cuestionó haber sido demandada al señalar que la mayoría de las islas se encuentran bajo jurisdicción de Entre Ríos, a excepción de dos islas empadronadas a favor de Santa Fe.
Entre Ríos planteó que el conflicto se había tornado abstracto al no haber focos activos y mencionó una “situación excepcional regional de estrés hídrico”.
Buenos Aires afirmó que no incurrió en conductas arbitrarias o ilegales.
El Estado Nacional se desentendió de responsabilidades directas y sostuvo que el dominio de los recursos naturales pertenece a las provincias.
La Corte rechazó todos estos argumentos y fue contundente al remarcar la responsabilidad concurrente de todos los niveles del Estado, incluidos los municipios.
Rosario, entre las jurisdicciones obligadas a actuar
El tribunal sostuvo que, para que las políticas de preservación sean efectivas, resulta indispensable la participación activa de los municipios, entre ellos Rosario. La ciudad quedó expresamente incluida en la condena judicial junto con Victoria, la Nación y las tres provincias involucradas.
Según la Corte, este trabajo conjunto es imprescindible para cumplir con el deber de diligencia ambiental, regular, supervisar y fiscalizar todas las actividades que puedan provocar daños significativos al medio ambiente.
El Delta, un problema ambiental crónico para la región
En su resolución, la Corte destacó que su intervención logró identificar las áreas donde se originan los incendios, las causas que los provocan y forzó la conformación del Comité de Emergencia Ambiental. No obstante, advirtió que el seguimiento permanente del plan no corresponde al ámbito judicial debido a la naturaleza cíclica del problema, por lo que ahora la responsabilidad plena recae en los gobiernos.