El Senado de la Nación aprobó el proyecto que reforma la Ley de Alquileres e introdujo algunos cambios a la iniciativa sancionada a fines de agosto en la Cámara de Diputados, por lo que deberá regresar a la Cámara de origen en segunda revisión que, ahora solo podrá aceptar las modificaciones o insistir con la sanción original. En la Cámara Alta el proyecto fue aprobado por 37 a 29, y contó con el apoyo del Frente de Todos y de los senadores peronistas que integran el bloque de Unidad Federal; en tanto que Juntos por el Cambio votó en contra porque pretendía aprobar el proyecto venido en revisión de Diputados y sancionar hoy mismo la ley.
La iniciativa que llegó de Diputados establecía que las partes deberán convenir el mecanismo de actualización del precio del alquiler al inicio de la relación locativa, pudiendo aplicar a tales efectos el índice de precios al consumidor (IPC), el índice de precios mayoristas (IPM) y el índice de salarios (IS), elaborados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec) o una combinación de dichos índices. En cambio, el proyecto aprobado por el Senado establece tres años como plazo mínimo legal de locación y agrega que “los contratos de locación con destino” a vivienda serán estipulados “en valor único en moneda nacional y por períodos mensuales sobre el cual podrán realizarse ajustes con periodicidad a intervalos no inferiores a seis meses”.
Ariel D’Orazio, integrante del Consejo Asesor de la Vivienda Unica de Rosario, opinó sobre las modificaciones introducidas a la ley: “Me parece correcto en torno a las posibilidades de las personas que alquilan. Esta ley que salió del Senado es superadora de la media sanción que llegó de Diputados, que básicamente ahogaba económicamente a las familias inquilinas” .
En declaraciones a LT8, D’Orazio remarcó que “desde el punto de vista económico de los inquilinos, la ley actual que está vigente es mejor que las modificaciones que se imponen, pero dentro de lo que se discutió en la Cámara de Senadores, tanto ayer como en jornadas anteriores, es la mejor media sanción que la cámara pudo sancionar. Estamos de acuerdo en que, del lado del propietario, acelera los procesos de actualizaciones que serán semestrales en lugar de anuales y con un índice que tiene que ver con el salario de los trabajadores, que es la herramienta que tienen los inquilinos para pagar”.
“En términos anuales, lo que pagará un inquilino es mucho más de lo paga actualmente y si avanzaba la iniciativa aprobada por Diputados era duplicar en tres años lo que pagaba un inquilino. Ahora, en Diputados tiene el número para aprobar estas modificaciones establecidas anoche. El tema es que los diputados se presenten a votar. El desafío pasa por lograr el quorum y sancionar la normativa con las mayoría que tiene el oficialismo. Hoy vemos que ante la incertidumbre, contratos en renovaciones que no superan los seis meses o el año es una violación a la ley actual y las inmobiliarias lo hacen sistemáticamente. También vemos una proliferación de contratos en dólares billete como en Funes, Roldán y Pueblo Esther. Y no estamos hablando de alquileres vacacionales, sino de pernamentes en el centro de Rosario. Es imperioso que avance esta normativa aprobada ayer en el sentido de prohibir la dolarización de los contratos”, agregó.
También el Senado modifica el mecanismo de actualización del precio de los alquileres propiciando que “los ajustes deberán efectuarse utilizando un coeficiente conformado por la menor variación que surja de comparar el promedio del 0,9 de la variación del coeficiente de variación salarial publicado por el INDEC, y la variación del coeficiente de estabilización de referencia, publicado por el BCRA”.
El proyecto aprobado en Senado además modifica la norma venida en revisión de Diputados al incorporar un último párrafo sobre el artículo nueve estableciendo que “los ingresos provenientes de locación de hasta dos inmuebles estarán exentos del pago del Monotributo”.
Finalmente, se suma un nuevo artículo, el número doce sobre el Impuesto a las Ganancias: “las partes podrán deducir del Impuesto a las Ganancias la suma equivalente al diez por ciento del monto anual del contrato de locación”.