El gobierno nacional estableció los nuevos feriados con fines turísticos hasta 2016, según se publicó ayer en el Boletín Oficial.

El gobierno nacional estableció los nuevos feriados con fines turísticos hasta 2016, según se publicó ayer en el Boletín Oficial.
Los del año próximo serán el 2 de mayo y el 26 de diciembre, los de 2015 serán el 23 de marzo y el 7 de diciembre y los de 2016, el 8 de julio y 9 de diciembre, según se dispone a través decreto 1768/2013.
El ministro de Turismo, Enrique Meyer, destacó que "el calendario de feriados brinda un marco de previsibilidad al sector y contribuye a que cada vez más argentinos puedan viajar por el país. En cada fin de semana largo, más de un millón de puestos de trabajo se ponen en marcha".
"El ordenamiento de feriados permite que podamos trabajar de manera más ordenada, teniendo como objetivo primordial el desarrollo de las economías regionales que se ven beneficiadas con el crecimiento y la distribución del turismo durante todo el año, evitando la estacionalidad", añadió el funcionario.
En los considerandos de la nueva disposición se explica que el artículo 3 del decreto 1.584 del año 2010 "instituye los feriados con fines turísticos, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, en los casos en que los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, a fijar dos feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediatos respectivos".
Asimismo, esa norma dispone que el PEN "fijará, en los casos en que los feriados no coincidan con los días martes o jueves, dos feriados destinados a desarrollar la actividad turística".
La medida está relacionada "con permitir disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir en el tiempo y en el espacio los movimientos de turistas y visitantes, aumentando así los efectos beneficiosos para el sector turístico, contribuyendo al desarrollo de la economía tanto nacional como regional".
Específicamente sobre el 2016, el decreto publicado ayer explica que en el transcurso del mismo un solo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, por lo que "corresponde fijar adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado".
En ese marco, la disposición destaca que "el 9 de julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha cúlmine del período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de Mayo de 2010".
Teniendo en cuenta que el 8 de julio de ese año es día laborable, "y previéndose que con motivo de los festejos de la fecha histórica del 9 de Julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación", el decreto establece ese día como "feriado turístico".
El Ministerio del Interior dio a conocer, además, la grilla de días no laborables para el año entrante. Así, del 14 al 16, y del 20 al 22 de abril se celebrarán los dos primeros y los dos últimos días de las Pascuas Judías, mientras que el 17 de ese mes se conmemora la festividad cristiana del Jueves Santo.
El 24 de abril se observará el Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos.
El 24 de septiembre se festejará el Año Nuevo Judío, y el 3 de octubre el Día del Perdón.


