Ante la situación que tomó estado público respecto al Programa Familias Solidarias y la guarda de una niña, pretendemos sin intención de ofender a nadie sentar algunos posicionamientos. El programa está destinado a aquellas personas que desean brindarle protección y cuidados a niños y adolescentes que atraviesan situaciones de vulneración que no permiten o ponen en riesgo el ejercicio pleno de sus derechos. El objetivo es revincular al niño con su familia de origen y/o ampliada en un marco de respeto de su historia e identidad. No es un programa de adopción; por esto se busca que las personas inscriptas en el programa Familias Solidarias no sean las mismas que se encuentran en el Registro Único Provincial de Guarda con fines adoptivos. Es necesario tener presente que los niños no son objetos que pueden ser apropiados sino sujetos con derechos, como los de conocer su identidad y de seguir vinculados a su círculo familiar y comunitario. Todo esto está enmarcado en la ley Nº 2.6061 de protección integral de los derechos de los niños y adolescentes que introduce cambios en la concepción de la niñez. Se pasa de un paradigma tutelar que consideraba a los niños como objetos de protección y tutela para considerarlos como sujetos de protección de derechos. Por ello se busca una protección transitoria, y que el período de la familia solidaria sea breve. Entonces preguntamos: ¿por qué considerar la revinculación de la niña con su familia de origen como un castigo y no, como esta enmarcado en la ley, una forma de garantizar sus derechos?

































