Rosario tendrá este miércoles su primer simulacro de un juicio por jurado vecinal, una herramienta introducida por la implementación del Nuevo Código de Convivencia Ciudadana que debutará oficialmente antes de fin de año. El ensayo se llevará a cabo a partir de las 9 en el edificio de la ex Aduana (avenida Belgrano 328) con participación de las máximas autoridades municipales, a modo de muestra de cómo funcionará este instituto, que pone a la ciudad a la vanguardia en materia de cómo se definen las sanciones a los infractores.
De este modo, los juicios por jurados desarrollados por la Municipalidad y la Justicia Administrativa de Faltas darán un gran paso hacia su instauración definitiva, con la presentación en sociedad de los pasos procesales a partir de la recreación de una escena para que los presentes entiendan la mecánica que tendrán una vez que se implementen definitivamente.
El simulacro consiste en realizar una audiencia de juzgamiento de una falta contravencional con participación popular, y a su vez, permite evidenciar y ejercitar de manera práctica y sencilla las técnicas y destrezas requeridas para esa actividad. El objetivo es la difusión y formación cívica sobre el funcionamiento del jurado vecinal. Esperan así alentar a la ciudadanía a que integre el registro de postulantes a jurado y se comprometa en la resolución de conflictos.
La actividad contará con la presencia del intendente Pablo Javkin y el secretario de Gobierno Gustavo Zignago, y comenzará a las 9 con las consideraciones. A las 10 se dará inicio a las acciones de la réplica del juicio, que tendrá una duración estipulada de una hora y media.
Una vez introducido, serán los propios vecinos los que definirán si el acusado de una falta es culpable o inocente en una audiencia. Pero no se trata de una carga ni obligación, sino que los rosarinos podrán voluntariamente inscribirse en un registro especialmente dispuesto para esta actividad, en la que podrán participar sólo una vez al año. Para ello, se deben inscribir en la web oficial a través del perfil digital.
Novedad
El juzgamiento local a través de un jurado vecinal es similar al que ya rige en varias provincias para delitos penales, pero en este caso será para faltas municipales. El Código de Convivencia establece que puede ser solicitado por el procurador de faltas o, con su aval, por el infractor. Según el municipio, se trata de “uno de los institutos más novedosos, modernos y democráticos con lo que cuenta la ciudad en el marco de la Justicia de Faltas”.
El espíritu es que sea un mecanismo más de participación ciudadana, que permite que el presuntamente infractor sea juzgado en sede municipal por sus propios pares, quienes se involucran, participan de audiencias y dictaminan. La única labor que tienen los ciudadanos es decidir si quien se encuentra acusado de un hecho que prevé una infracción, debe ser sancionado o no.
La norma establece que puede intervenir cuando se trate de infracciones que impliquen una afectación grave a la convivencia ciudadana, puedan ser generadoras de violencia o provocar graves daños a la salud, al ambiente o a los servicios públicos. Pero también cuando la sanción económica mínima sea igual o superior a 500 Unidades Fijas, o implique clausura o inhabilitación por más de 90 días. Sin embargo, no puede usarse en casos de discriminación, por religión, discapacidad, género o etnia.
Para una primera etapa, la Intendencia pretende que se aplique este mecanismo para faltas graves de tránsito, como correr picadas, daños al medio ambiente o bien al patrimonio de la ciudad, cuando se producen hechos de vandalización. La herramienta se utilizará para hechos de repercusión e interés público.
Según la normativa, el jurado se compondrá con cinco miembros, salvo que el juzgado estime que por la importancia del caso corresponda una integración mayor, que nunca podrá ser superior a siete. La conformación deberá contemplar la diversidad etaria, de género y cultural. Para cada caso habrá un sorteo entre los postulantes.
La actuación como miembro del jurado vecinal es voluntaria y gratuita. Para inscribirse en el registro de jurados se requiere haber cumplido 21 años, gozar del pleno ejercicio de los derechos ciudadanos, saber leer y escribir, y residir en la ciudad de Rosario.
Además, no puede trabajar para el Estado municipal, poseer deudas alimentarias, condena por violencia de género, haber sido condenado a una pena privativa de la libertad, inhabilitación para ejercer cargos públicos, o crímenes de lesa humanidad.
Un proceso más democrático
Respecto a cómo serán las audiencias y las sentencias para el juzgamiento de faltas municipales con jurado vecinal, según el Código de Convivencia el procurador de faltas deberá designar a un fiscal, que actuará llevando adelante la acusación.
El juez de faltas dará inicio al juicio presentando las partes ante el jurado, las invitará a presentar su caso y dirigirá el debate. El jurado será el encargado de entregar al juzgado de faltas un veredicto que declare la inocencia o culpabilidad de la persona presuntamente infractora, y podrá formular junto con su veredicto una propuesta de sentencia, que el juzgado podrá admitir y homologar. El juez podrá apartarse de la sentencia propuesta.
Si el jurado no alcanza la unanimidad, el juzgado deberá darle nuevas instrucciones y si en la segunda deliberación tampoco alcanza ese consenso, el juzgado deberá resolver por sí mismo de acuerdo al sistema legal vigente. Salvo que el caso sea complejo, el juzgado dictará la sentencia en forma oral y en la misma audiencia, quedando todas las partes notificadas en el mismo momento.