Señores directores de la Caja de Profesionales del Arte de Curar. Escribo para contar mi sensación cada vez que recibo un sobre donde se precisa un presupuesto de regularización de deuda a mi nombre. Deuda que a mi modo de ver no corresponde, ya que a esta situación no la elegí. Me preocupa recibir todos los meses una boleta cuyo monto me es dificultoso pagar por su elevado valor. Nunca, la Caja, en los años que tengo como profesional me brindó la posibilidad de evaluar si eran de mi interés tanto el aporte como la obra social. En definitiva a esta situación de deudor me la impusieron, estando en un país democrático y de libre elección. Entiendo que existen profesionales que están al día con la Caja, pero hay otros que no, que es un gran número y que deben ser escuchados. Considerando la crisis económica que nos afecta y con el propósito de buscar soluciones, debería evaluarse la situación de los deudores en forma particular, dando la posibilidad de "elegir". Sé muy bien que la ley 12.818 recibió modificaciones, pero me parece que no fue suficiente. Habría que separar aportes de obra social; con respecto a esta última, dar la posibilidad de "elegir". Otro punto que me llamó la atención es que "al deudor se le iniciarán acciones judiciales". Estando en un país donde la inseguridad es moneda corriente, donde todos los días hay violaciones, robos, asesinatos, me hace pensar que ustedes creen que soy un fugitivo de la ley. No es así, reconozco y tengo claro qué es ley, que todo esto se realiza bajo un marco legal y está bien que así sea. Pero, por convicciones personales y familiares, no soy ningún delincuente y mucho menos un fugitivo de la ley. Ahora, con respeto, me pregunto y les pregunto: ¿a quién beneficia esta ley? Sostengo que la Justicia está por encima de las leyes. Solamente y sin ánimo de polemizar, quería exponer mi sensación, mi sentimiento, y que creo son los de muchos colegas, que no se oponen a la reinserción a la Caja; pero con mayor flexibilidad, en la realidad socioeconómica que nos rodea. Como dice el art. 15 de la ley 10.419: "...teniendo en cuenta la situación económica de los aportantes".
Adrián Sáenz,
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