Texto completo de la resolución del juez Caterina sobre detenciones "por averiguación de antecedentes"

31 de octubre 2013 · 10:56hs

 

Nro. 660 Rosario, 16 de octubre de 2013.-

 

Y VISTOS:

La instrucción nro. 912/13 en trámite por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Penal de Instrucción Nro. 3 de Rosario.

Y CONSIDERANDO:

I.- Que Eduardo Toniolli presenta este recurso de hábeas corpus “... en virtud de la amenaza actual, inminente y potencial que padecen todas las persona de la Provincia de Santa Fe, y en especial los jóvenes de razón del cercenamiento constante e inerencia a la libertad ambulatoria sin razones ni motivos legales ...”. Sostiene que son prácticas constantes de la policía provincial, encuadradas “... en la mal denominada detención por averiguación de antecedentes en las que se aplica en forma agresiva, discriminatoria e ilegal -incluso sobre menores de edad- el art. 10 bis, ley 11.516, incorporado a la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia Nr. 7395. Solicita, en consecuencia, se declare inconstitucional dicha norma, solicitando para acreditar sus dichos diversas diligencias probatorios. Igualmente solicita se haga llegar a los tres poderes del Esado de la Provincia de Santa Fe, la necesidad de adecuar la legislación local a los parámetros establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio vs. Argentina -sentencia del 18 de setiembre de 2003-,

II.- Que solicitados informes, el Ministerio de Seguridad manifiesta que está en implementación un nuevo sistema de identificación que imprimiría celeridad al trámite de averiguación de identidad y antecedentes (fs. 69/70); acompaña un conjunto de disposiciones relativas al ema tema, especialmente en cuanto a la capacitación policial.

III.- Que dadas las especiales características del presente recurso, han de considerarse diversas circunstancias:

1.- Idoneidad de la vía intentada

Cualquier restricción de la libertad ambulatoria -puntual o genérica-, mediata o inmediata, puede intentar ser solucionada mediante la vía del recurso de hábeas corpus, y cualquier particular lo puede interponer; recurso que según la común doctrina, es de interpretación amplia a los efectos de facilitar la protección de la libertad que pudiere estar amenazada.

En el caso en examen, basta ver los números de las detenciones por averiguación de antecedentes (informe del Ministerio de Seguridad presentado por el peticionante a fs. 48, y corroborado por el propio Ministerio a fs. 175), para apreciar la posibilidad de restricciones próximas a la libertad: si tomamos los números suministrados por el Ministerio de Seguridad, comprobaremos que 31.622 personas fueron detenidas en el año 2012, lo que permite estimar -como promedios- 2.636 por mes, 87 por cada día del año, y 4, por hora. O sea, en base a tal antecedente, hay riesgo inminente de detención de algunas personas en la próximas horas.

2.- Características de la restricción

La restricción que se cuestiona está establecida por la ley 11.516, que establece “ Salvo los casos previstos por el Cóidgo de Procedimiento Penal, la Policía no podrá detener o restringir la libertad corporal de las personas sin por orden de autoridad competente. Solo cuando hubiere sospechas o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un ilícito, podrán ser demorados en el lugar o en dependencia policial hasta tanto se constate su identidad. En este caso, la demora no podrá exceder las seis (6) horas corridas ...”, agregándose luego las condiciones en las cuales se deberá cumplir tal restricción de la libertad (art. 10 bis, incorporado por ley 11.516, a la Ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Santa Fe, nro. 7395).

3.- Aplicación de la restricción

El Ministerio de Seguridad, informa el número de detenciones realizadas durante el año 2012, confirmando lo que ya informara oportunamente ante un requerimiento realizado por quien hoy presenta el recurso. Dichos guarismos (limitados aunque útiles en el contexto de la urgencia de un recurso de hábeas corpus), luestra sobre el uso que se está haciendo de dicho instituto. En el total detenciones realizadas en el período informado -como ya se dijo asciende a 31.622, solo respecto a 1088, se acreditó algún interés social, pues tenía una orden de captura en su contra. O sea, que la restricción de la libertad puede justificarse solo en un 3, 44 % de los casos.

El análisis de estos datos en algunos casos puntuales, permite apreciar diferencias significativas en la relación entre detenciones y resultados:

 

Tales porcentajes, las diferencias entre el accionar policial en las diferentes Unidades Regionales, se presta a diferente especulaciones, algunas de las cuales ha formulado el peticionante: su utilización como mecanismo de control social -especialmente de jóvenes en situación de marginalidad o exclusión social, como fuente o excusa de corrupción policial; o como simple mecanismo ocasional de demostración de autoridad en situaciones que la comunidad exige respuestas.

Más allá que tales afirmaciones requerirían un análisis mucho más profundo, acompañado de estudios estadísticos y de casos, es claro que en algunas Unidades Regionales de la Policía de la Provincia de Santa Fe, la detención sin orden judicial es de aplicación restrictiva -y con una efectividad muy superior-, mientras que en otras, es usada de manera amplia, y su efectividad es casi insignificante.

4.- Alcances del remedio intentado

De lo dicho, se desprende que no corresponde declarar la inconstitucionalidad de la ley, en cuanto dispone la detención policial sin orden judicial, en las condiciones y formas establecidas en la ley 11.526. La ley es clara y sus disposiciones razonables, brindando a la autoridad policial un mecanismo ágil y eficiente para la labor prevencional, que las innovaciones tecnológicas que pretenden incorporar – y cuyo momento de implementación es función del Poder Ejecutivo- permitirán mejorar.

Las críticas que se ha formulado desde hace tiempo a las facultades policiales, parten de un supuesto erróneo y una simplificación extrema: que la policía puede detener durante un lapso máximo de seis horas. Entendemos que la discusión se ha focalizado en el cumplimiento de ese plazo, sacralizando una pauta objetiva, que opera como complementaria del criterio fundamental que se le ha fijado a la policía para actuar sin orden de autoridad competente: contar con “... sospechas o indicios ciertos respecto de personas que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho ilícito ...”.

Esa inversión en el orden de importancia de las pautas a tener en cuenta por el personal policial, ha permitido que el manejo prudencial otorgado por la ley, tienda a transformarse en arbitrariedad: mientras no se exceda de seis horas, poco importa si las sospechas o indicios son ciertos, tal cual exige la ley, como un requisito fundamental y excluyente. En vez de ser un instrumento -tal como lo ha pensado el legislador- de aplicación excepcionalísisma por personal debidamente entrenado y consciente de estar restringiendo un derecho fundamental como es la libertad , se ha transformado en una actividad policial rutinaria, cuyos resultados se evidencian con la sencilla estadística presentada.

En opinión del suscripto, dicha ley -por esas costumbres inveteradas propias de los organismos burocráticos, especialmente de aquellos que tienen un poder cotidiano sobre los ciudadanos- se aplica de manera contraria a las normas constitucionales, pero perfectamente puede adaptarse a los dictados de la norma superior.

En efecto, la autoridad policial podría interceptar a un ciudadano en funciones de prevención, pero debe tener razones plausibles (repetimos la expresión de la ley “sospechas o indicios ciertos”), que se expongan de manera clara, concreta, precisa, demostrando el interés social comprometido que amerita la detención. Y por supuesto, como todo funcionario público, hacerse responsable de la decisión que ha tomado.

Nadie puede objetar que en una situación puntual (por ejemplo, un homicidio en un lugar cerrado), se demore a un número considerable de personas, aún partiendo del supuesto que el autor no haya sido sino uno solo. Sin embargo, luce irrazonable que se detenga a personas sin un hecho desencadenante concreto, o porque previamente se ha realizado un análisis concienzudo (de su condición de prófugo, de su vinculación con hechos delictivos), sino por consideraciones genéricas: “movimientos sospechosos”, intenciones de eludir un móvil policial, averiguaciones practicadas, o directamente “averiguación de antecedentes”; afirmaciones que sin aquel análisis previo, resultan tan vagas e indefinidas como la expresión peyorativa “portación de cara”.

No puede tacharse de utópica la interpretación de la ley que propugnamos: no cabe duda que hay un ingente trabajo policial en proceder a la detención de personas, a su custodia, a la averiguación de sus antecedentes, a su transitorio alojamiento, a la confección de las registraciones correspondientes, para finalmente -excepto al 3,3%- otorgarles la libertad. Lo que se pretende es que ese trabajo -finalmente improductivo en término de prevención y persecución de ilícitos-, se transforme en actividad de investigación previa, seriamente realizada, evitándose detenciones de personas inocentes, objeto de este recurso.

Las diferencias abismales entre personas detenidas en averiguación de antecedentes y personas con captura (lo que equivale a decir personas que fueron detenidas sin necesidad y personas cuya detención tenía algún interés social), nos señala que el instituto está siendo aplicado erróneamente, con una absoluta despreocupación por las detenciones que produce, que no son excepcionalmente (lo que podría ser incluso un margen de error aceptable), para convertirse en una forma despreocupada de privación de la libertad, impropia del ejercicio del poder de policía.

A mayor abundamiento, es menester aclarar que este análisis de los números no se ha realizado para determinar el grado de eficiencia de la labor policial (cuestión propia del Poder Ejecutivo a quien funcionalmente le corresponde apreciar cómo se aplican mejor los recursos): se ha utilizado solo como referencias para apreciar lo que es materia propia de este recurso de hábeas corpus: si las detenciones devienen legítimas o no.

En suma, que en una abrumadora cantidad de casos, la autoridad policial carece de “ sospecha o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho lícito ...” (art. 10 bis, incorporado por ley 11.516, a la ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Santa Fe, nro. 7395), y lo mismo procede a las detenciones.

5.- En consecuencia, corresponde hacer lugar al recurso de hábeas corpus preventivo interpuesto, presentado a fin de evitar detenciones de personas en la provincia de Santa Fe, por aplicación extensiva y genérica de la facultad policial de detención, fuera de los casos previstos por el Código de Procedimiento Penal (art. 18, 43 y 33 de la Constitución de la Nación, Pactos Internacionales por aplicación del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, arts. 7 y 9 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, arts. 3º, inc. 2º, de la ley 23.098, arts. 534 y normas concordantes del C. Proc Penal, ley 23.098 y normas concordantes).

A fin de darle operatividad al mismo, se hará saber al Ministerio de Seguridad que deberá comunicar -en un término que se fija prudencialmente en cinco día s- a la Policía de la Provincia de Santa Fe que solo podrá restringir la libertad personal, debiendo contar siempre con “... sospecha o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho lícito ...” (art. 10 bis, incorporado por ley 11.516, a la ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Santa Fe, nro. 7395). Dicho plazo se establece a fin que utilizando la red de capacitación informada por el Ministerio, se pueda esclarecer a todos los estamentos de la repartición policial, particularmente al personal que desempeña funciones prevencionales en la vía pública.

Para mayor claridad, y por estricta aplicación de la ley 11.526, se hará saber al personal policial, que no puede proceder a la detención, fundándola en manifestaciones genéricas o imprecisas que no puedan justificarse debidamente, debiendo fundar en todos los casos la detención que produzca en referencias concretas y comprobables de las cuales el funcionario policial pueda dar razón y responsabilizarse, en su caso con la debida noticia judicial en los términos de las leyes en vigencia.

6.- En cuanto a la solicitud del peticionante de hacer llegar a los tres poderes del Esado de la Provincia de Santa Fe, la necesidad de adecuar la legislación local a los parámetros establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio vs. Argentina -sentencia del 18 de setiembre de 2003-, atento los fundamentos de de la presente resolución y por no corresponder a la materia del recuso de hábeas corpus.

En consecuencia de lo expuesto -y pese a la opinión contraria de la fiscal interviniente-:

RESUELVO:

1.- Hacer lugar al hábeas corpus presentado a fin de evitar detenciones de personas en la provincia de Santa Fe, por aplicación extensiva y genérica de la denominada “averiguación de antecedentes” (art. 18, 43 y 33 de la Constitución de la Nación, Pactos Internacionales por aplicación del art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional, arts. 7 y 9 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, arts. 3º, inc. 2º, de la ley 23.098, arts. 534 y normas concordantes del C. Proc Penal, ley 23.098 y normas concordantes),

2.- Hacer saber al Ministerio de Seguridad que deberá comunicar -en el término de cinco día s- a la Policía de la Provincia de Santa Fe, que solo podrá restringir la libertad personal cuando hubiere “... sospecha o indicios ciertos respecto de personas, que pudieran relacionarse con la preparación o comisión de un hecho lícito ...” (art. 10 bis, incorporado por ley 11.516, a la ley Orgánica de la Policía de la Provincia de Santa Fe, nro. 7395).

Para mayor claridad, y por estricta aplicación de la ley 11.526, se hará saber al personal policial, que no puede proceder a la detención sin orden judicial (en los términos del mencionado art. 10 bis), fundándola en manifestaciones genéricas o imprecisas (particularmente la llamada “averiguación de antecedentes”), que no puedan justificarse debidamente, debiendo fundar en todos los casos la detención que produzca en referencias concretas y comprobables de las cuales el funcionario policial pueda dar razón y responsabilizarse, en su caso con la debida noticia judicial en los términos de las leyes en vigencia.

3.- No hacer lugar a la petición formulada respecto a hacer llegar a los tres poderes del Estado de la Provincia de Santa Fe, la necesidad de adecuar la legislación local a los parámetros establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Bulacio vs. Argentina -sentencia del 18 de setiembre de 2003-, atento los fundamentos de de la presente resolución y por no corresponder a la materia del recuso de hábeas corpus.

4- Tener presente las reservas de derechos y recursos efectuadas.

Insértese, hágase saber.

Fdo. Dr. Luis M. Caterina (Juez); Juan C. A. Ledesma (Secretario) – Juzgado en lo Penal de Instrucción n° 3 de Rosario.

Ver comentarios

Las más leídas

Enganchados: aumenta en Rosario la demanda del congelador de medidores

Enganchados: aumenta en Rosario la demanda del "congelador de medidores"

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste

La esposa de Di María explotó luego de que hicieran llorar a su hija

La esposa de Di María explotó luego de que hicieran llorar a su hija

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?

Lo último

Paulo Dybala: Pensé que no iba a volver a la selección, pero me tocó jugar y convertir

Paulo Dybala: "Pensé que no iba a volver a la selección, pero me tocó jugar y convertir"

El tiempo en Rosario: se acerca el finde y empieza a subir la temperatura

El tiempo en Rosario: se acerca el finde y empieza a subir la temperatura

Humor diario por Freddy - 5 de septiembre de 2024

Humor diario por Freddy - 5 de septiembre de 2024

Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Jugó sin sus máximos referentes, Fideo que se despidió y Leo lesionado, y le ganó bien a Chile en el reinicio de las eliminatorias
Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Por Gustavo Conti

El Senado le dio media sanción a la reforma previsional de Pullaro

Por Javier Felcaro

Política

El Senado le dio media sanción a la reforma previsional de Pullaro

Paran los pilotos de Aerolíneas y peligran dos vuelos en Rosario
Información General

Paran los pilotos de Aerolíneas y peligran dos vuelos en Rosario

Un incendio fuera de control obligó a cortar la autopista Córdoba-Carlos Paz
Información General

Un incendio fuera de control obligó a cortar la autopista Córdoba-Carlos Paz

Cuatro hermanitos están en estado crítico en el Vilela tras un incendio
Información General

Cuatro hermanitos están en estado crítico en el Vilela tras un incendio

San Lorenzo: los detuvieron vendiendo drogas con niños como pasamanos
POLICIALES

San Lorenzo: los detuvieron vendiendo drogas con niños como "pasamanos"

Dejanos tu comentario
Las más leídas
Enganchados: aumenta en Rosario la demanda del congelador de medidores

Enganchados: aumenta en Rosario la demanda del "congelador de medidores"

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste

La esposa de Di María explotó luego de que hicieran llorar a su hija

La esposa de Di María explotó luego de que hicieran llorar a su hija

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?

El Senado le dio media sanción a la reforma previsional de Pullaro

El Senado le dio media sanción a la reforma previsional de Pullaro

Ovación
Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Por Gustavo Conti

Ovación

Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Hay vida para la selección argentina sin Ángel Di María y Lionel Messi en la cancha

Di María y el final de una historia que tuvo un guión monumental

Di María y el final de una historia que tuvo un guión monumental

Vóley: tres días a full del torneo infantil y juvenil más importante de la provincia

Vóley: tres días a full del torneo infantil y juvenil más importante de la provincia

Policiales
Capturan a tres vendedores de droga en una esquina de zona oeste cruzada por la violencia
Policiales

Capturan a tres vendedores de droga en una esquina de zona oeste cruzada por la violencia

San Lorenzo: los detuvieron vendiendo drogas con niños como pasamanos

San Lorenzo: los detuvieron vendiendo drogas con niños como "pasamanos"

Lo condenaron a ocho años por tener armas utilizadas en un doble homicidio

Lo condenaron a ocho años por tener armas utilizadas en un doble homicidio

Ladero de Guille Cantero sumó otra condena por instigar un homicidio

Ladero de Guille Cantero sumó otra condena por instigar un homicidio

La Ciudad
El tiempo en Rosario: se acerca el finde y empieza a subir la temperatura
La Ciudad

El tiempo en Rosario: se acerca el finde y empieza a subir la temperatura

Feria del Libro en Rosario: toda la programación día por día

Feria del Libro en Rosario: toda la programación día por día

Beatriz Vignoli inauguró la Feria del Libro de Rosario con una desafiante carta a Franz Kafka

Beatriz Vignoli inauguró la Feria del Libro de Rosario con una desafiante carta a Franz Kafka

La EPE presentó su nueva app: qué consultas y gestiones se pueden hacer

La EPE presentó su nueva app: qué consultas y gestiones se pueden hacer

Newells: la sequía goleadora, un gran problema que debe revertir urgente

Por Carlos Durhand

Ovacion

Newell's: la sequía goleadora, un gran problema que debe revertir urgente

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?
Economía

Aceiteros cerró paritaria récord: ¿a cuánto se fue el salario inicial?

El gobierno provincial estima que la mayoría de los docentes no adhirió al paro
La Ciudad

El gobierno provincial estima que la mayoría de los docentes no adhirió al paro

Thiago: otro día de buena evolución, sin asistencia respiratoria y tranquilo
La Ciudad

Thiago: otro día de buena evolución, sin asistencia respiratoria y "tranquilo"

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste
La Ciudad

Dos muertos y un herido grave en dos siniestros viales en zonas norte y oeste

Football Manager 2024: el videojuego más futbolero será gratis esta semana
Tecnología

Football Manager 2024: el videojuego más futbolero será gratis esta semana

Combate cuerpo a cuerpo: Milei irá al Congreso a defender el presupuesto 2025
Politica

Combate cuerpo a cuerpo: Milei irá al Congreso a defender el presupuesto 2025

Paro docente en Santa Fe: medidas de fuerza afectan a escuelas públicas y UNR
La Ciudad

Paro docente en Santa Fe: medidas de fuerza afectan a escuelas públicas y UNR

Un senador libertario dejó a la mayoría de sus asesores en su provincia: Deseo ser gobernador
Politica

Un senador libertario dejó a la mayoría de sus asesores en su provincia: "Deseo ser gobernador"

Rescatan caballos maltratados y piden ayuda de los rosarinos: cómo colaborar con la ONG
La Ciudad

Rescatan caballos maltratados y piden ayuda de los rosarinos: cómo colaborar con la ONG

Científicos contarán en Rosario cómo es su pelea diaria contra las letales superbacterias

Por Florencia O’Keeffe

Exclusivo Suscriptores

Científicos contarán en Rosario cómo es su pelea diaria contra las letales superbacterias

Volcó un camión que había sido robado y hubo un choque en cadena
LA CIUDAD

Volcó un camión que había sido robado y hubo un choque en cadena

Día del hermano: por qué se celebra cada 5 de septiembre en todo el mundo
Efemérides

Día del hermano: por qué se celebra cada 5 de septiembre en todo el mundo

Quini 6: un solo apostador se quedó con los mil millones de pesos de la Revancha
Información General

Quini 6: un solo apostador se quedó con los mil millones de pesos de la Revancha

El tiempo en Rosario: jueves con una mañana bastante fría y una tarde agradable
La Ciudad

El tiempo en Rosario: jueves con una mañana bastante fría y una tarde agradable

Pedirán una prórroga para adherir a los subsidios de las tarifas de luz y gas

Por Lucas Ameriso

La Ciudad

Pedirán una prórroga para adherir a los subsidios de las tarifas de luz y gas

Según la UCA, la pobreza en Argentina llegó al 52% en el primer semestre de 2024
Economía

Según la UCA, la pobreza en Argentina llegó al 52% en el primer semestre de 2024

Contaminación en aguas del Paraná: un buque sufrió el derrame de aceite hidráulico
La ciudad

Contaminación en aguas del Paraná: un buque sufrió el derrame de aceite hidráulico

Preventiva para un hombre que torturó y mató a una perra embarazada
La Región

Preventiva para un hombre que torturó y mató a una perra embarazada

Corven anunció una baja en el precio de sus motos por la reducción del Impuesto Pais
Economía

Corven anunció una baja en el precio de sus motos por la reducción del Impuesto Pais