El cálculo aproximado es el siguiente: el valor de
impresión de cada boleta, multiplicado por la cantidad de electores de la ciudad en la que el
partido presente listas y, a su vez, por el la cantidad de listas presentada por ese partido. El
resultado, una cifra, es la que conforme lo ordena la ley electoral provincial Nº 12.367, el Estado
debe pagarle a los apoderados de cada lista.
Sin embargo, a este mecanismo pensado para asegurar el
acceso republicano a la competencia democrática en las urnas, habría sido convertido por algunos en
una suerte de lucrativo negocio que, advertido por las autoridades electorales provinciales, ahora
buscan impedir junto al Ministerio de Gobierno.
Medidas. Aunque oficialmente aún no se ha suministrado información, la cuestión
ha merecido ya sucesivas reuniones y en los próximos días alumbrarán medidas para imposibilitar al
menos que los audaces que buscan aprovecharse no queden sin una correspondiente sanción.
Para el caso que la presunción se compruebe, si bien nadie
habla de un tipo específico, no se requiere mucho para advertir la intención fraudulenta de los
supuestos autores.
A prima facie de la estrategia que se sospecha quedarían
fuera los grandes partidos o alianzas de partidos, dado que en ellos serían múltiples las razones
internas que conspirarían para poner en marcha el fraudulento mecanismo disimulado bajo la
facilitación legal de que nadie se vea impedido en participar de las primarias por carecer de
fondos que instauró desde 2005 el actual sistema electoral.
Claro que nadie asumirá la comisión de un hecho en el
contexto de un compromiso cívico sea tildado de mercantil
pero, al menos desde la óptica periodística, así se parece a la posibilidad de
que una o unas pocas personas se puedan alzar con cifras que podrían llegar hasta los 400 mil pesos
sin tener que rendir cuantas de ese pago que le haría el Estado y por ende sin demostrar que usaron
ese dinero para lo que efectivamente se les fue concedido.
El 6 de abril último venció el plazo para presentación de
listas de precandidatos ante las juntas electorales partidarias o los apoderados de los
frentes.
Las juntas electorales o los apoderados de las coaliciones
de partidos tienen 48 horas para aprobar o rechazar esas listas. Tras ese plazo, a las listas que
hubieren aprobado deberán ingresarlas al Tribunal Electoral provincial.
El 9 de abril pasado, este organismo recibió 1.251 listas
en total. Cada una aprobada por la junta electoral de su partido o los apoderados de su frente.
Siempre para participar de la primaria del 5 de julio en la que, por medio del voto popular, se
seleccionarán a quienes serán candidatos a concejales de cada ciudad o a vocales de comisiones
locales en las comunas en la general del 6 de septiembre.
El Tribunal Electoral provincial sometió al control legal
cada una de las 1.251 nóminas y detectó 738 de ellas con defectos formales o de fondo.
Además de todo ello se verifica de modo individual que
ninguno de los 14.600 candidatos esté inscripto en el registro de deudores morosos de la provincia.
Sólo un candidato fue encontrado impedido de serlo por dicha causal.
La solicitud de oficialización de listas recién se
completará con la presentación de adherentes (lo que antiguamente eran los avales) a partir del 6
de mayo cuando el Tribunal verifica que cada firma de estos esté certificada individualmente, que
sean afiliados al partido político al cual manifiestan pertenecer, que no hayan adherido a ninguna
otra lista y que acrediten el porcentaje (4 por mil del padrón para municipios de Santa Fe y
Rosario, el 8 por mil para el resto de las ciudades, 16 por mil para comunas de 5 miembros y 25 par
alas 3) de adhesiones que la ley fija. Recién entonces las listas son aprobadas.
De las 738 listas observadas, 188 tiene candidatos
repetidos, por lo que las autoridades los intimarán a que decidan por una u otra lista para
participar de la primaria.
La primaria de julio tendrá como dato saliente la
proliferación de listas concentradas, principalmente, en las grandes ciudades. Como oportunamente
se informara, en Rosario pretenden reconocimiento 84 listas y 59 en Santa Fe.
Curiosidades. Pero también en estas dos ciudades y alguna otra importante se
advirtió otra curiosidad: partidos políticos que en relación a la representación que poseen en
órganos electivos de sus ciudades o de la provincia podrían calificarse genéricamente de pequeños,
han presentado una inusual cantidad de listas.
Ello parece haber alertado a las autoridades electorales y,
por intermedio de éstas, a los responsables del Ministerio de Gobierno, que rápidamente se abocaron
a elaborar los instrumentos con los que buscarán despejar las dudas despertadas.
En la web. Una de esas medidas preventivas sí ya se llevó a la práctica de un modo también heterodoxo. Aunque las listas aún no están
oficializadas y por ende los nombres que contienen no tienen el rango de precandidatos, el Tribunal
ordenó su exhibición y publicación en Internet.
Es decir, cualquier puede en la web acceder a quiénes son
los nombres de cada uno de los 14.600 aspirantes de toda la provincia.
Seguramente como se esperaba de esa decisión surgieron
rápidamente sorprendentes novedades: 20 ciudadanos denunciaron que figuraban como precandidatos sin
saberlo ni serlo. Es decir, habían sido incluidos en esas listas sin su consentimiento.
En algunos casos, esas personas denunciaron la
irregularidad en el Tribunal y también en la Justicia.
Los controles extremados revelaron asimismo otro dato
llamativo, como es el caso de que en una misma localidad aparecieran distintas listas de un mismo
partido con un único apoderado. Si esas listas fueran reconocidas, todas podrían llegar a tener
colisión de intereses al tener el mismo apoderado por que en la primaria las listas que un partido
presenta compiten entre sí.
Esa irregularidad —verificada en Rosario, Santa Fe,
Recreo, Cañada de Gómez y San Cristóbal— deberá salvarse o esas listas no serán reconocidas y
no podrán participar el 5 de julio.
Como se acaba de decir en las primarias todas las listas de
los partidos y frentes partidos compiten entre sí y, simultáneamente, con las de otros partidos. En
la competencia entre las del mismo signo partidario disputan los votos de los afiliados a ese
partido y al competir con las de otros partidos, a la vez, buscan que quienes no están afiliados a
ningún partido (cabe recordar que la ley obliga a todos los ciudadanos sin discriminar si es o no
afiliado a votar en esta suerte de interna general) se inclinen por elegir su boleta.
Ahora bien, en la vida partidaria no todos los sectores
internos tienen el mismo desarrollo, poder o capacidad operativa y económica para enfrentar un
desafío electoral. Generalmente los oficialismos que dominan las finanzas y las estructuras
partidarias tienen preeminencia sobre los demás.
Franquicias. Contemplado ello, en la provincia de Santa Fe, la ley 12.367,
dispuso una franquicia por parte del Estado provincial tendiente a facilitar la participación en la
primaria de las listas de precandidatos de los distintos partidos políticos.
El artículo 24 de esa norma establece que el Estado hará
frente al costo de la impresión de boletas hasta una vez la cantidad de electoral que compongan el
padrón de la localidad en la que es alista fuera reconocida.
También la 12.367 reglamentó el artículo 41 de la ley
orgánica de partidos políticos en la que dispuso un pago por voto obtenido.
Estas dos disposiciones que ponen en sintonía la
legislación electoral provincial con la que rige en la Nación, terminan siendo ahora —por el
primero de los casos— fuente de sospechas que se buscarán conjurar con medidas que se
estudian (ver aparte) para evitar que el más sagrado de los ejercicios que sustentan la democracia
se convierta en un lucro (ver aparte). Es decir en un desconsiderado negocio de pocos defraudando
la voluntad de muchos. l