Cuatro hombres fueron condenados por la Justicia federal por distintos delitos relacionados al narcotráfico, en este caso vinculado al comercio de marihuana. Los involucrados habían sido detenidos en un cultivo bajo techo ubicado en el barrio Villa Moreno, donde tenían 269 plantas y sofisticados equipos para todo el proceso. Las penas impuestas van de los 3 a los 8 años de prisión efectiva por distintos niveles de participación en un entramado de tráfico.
La investigación encabezada por la Fiscalía Federal Nº 2 llevó al desmantelamiento en 2021 del cultivo indoor ubicado en un galpón de Moreno al 3700. Allí habían montado una instalación moderna y adecuada para el cultivo y la aceleración de la cosecha.
Un operativo de la Policía Federal llevado a cabo el 14 de enero de 2021 encontró en el galpón 269 plantas de marihuana, además de cogollos cosechados. Las mismas habían sido cultivadas con distintos métodos, tanto en tierra como en agua en lo que se conoce como "hidroponia".
El cultivo se desarrollaba bajo un moderno equipamiento de lámparas de calor, humificadores, deshumificadores y ventiladores. En el operativo también se secuestraron insumos fitosanitarios, semillas, fertilizantes, dinero en efectivo, una caja fuerte y cámaras de seguridad.
Detenidos y condenados
La investigación, llevada adelante por el fiscal Claudio Kishimoto, llevó a la detención de cinco personas. Una de ellas fue absuelta, tres firmaron condenas en juicios abreviados y uno llegó a juicio oral. Se trata del rosarino Esteban Andrés Cancio, de 30 años, que el jueves pasado fue condenado a 8 años de prisión efectiva por los jueces Elena Beatriz Dilario, Eduardo Rodrígues Da Cruz y Román Lanzón.
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Los otros condenados, en procedimientos abreviados anteriores, son Víctor Adrián Bernal Osorio, ciudadano chileno de 44 años; el rosarino Matías Osvaldo Perzia, de 39 años y el bonaerense Nicolás Rangone, de 31 años. Tras un acuerdo entre la Fiscalía y las defensas, reconocieron su participan en los hechos, aceptaron la calificación legal y la pena propuesta y firmaron un juicio abreviado que fue formalizado ante el 22 de agosto pasado. El tribunal lo homologó y dictó esas sentencias el viernes pasado.
Bernal Osorio fue condenado a 6 años y 9 meses de prisión efectiva, además de una multa de 405 mil pesos, por cultivar plantas para producir estupefacientes y por tenencia con fines de comercialización en carácter de autor. Además, la pena incluye la autoría en concurso real de tenencia de armas de uso civil sin la debida autorización legal. Y el concurso real del delito proporcionar maliciosamente información falsa o datos inexactos en el marco de su declaración como imputado arrepentido.
Perzia aceptó la pena de 6 años y 3 meses de prisión efectiva y 378 mil pesos de multa por el mismo delito. Mientras que para Rangone la pena fue de 3 años de prisión condicional por la misma calificación pero considerado partícipe secundario.
Marihuana a gran escala
La causa comenzó a avanzar mediante escuchas telefónicas que hacían referencia a un establecimiento de producción de marihuana a gran escala. En ese marco el secuestro del teléfono de Bernal Osorio fue una clave para la pesquisa, a partir de la cual se pudo reconstruir el entramado de la organización.
Bernal osorio era quien aportaba sus conocimientos técnicos para el cultivo. "Fue el encargado de poner en funcionamiento el galpón de calle Moreno y llevar a cabo la siembra y cultivo de plantas de marihuana, que luego serían introducidas en el tráfico de estupefacientes, comercializadas por otros miembros de la organización”, sostuvo la Fiscalía en su acusación.
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“Examinadas las actuaciones y en particular ajustándose a los elementos probatorios incorporados a la causa, se ha podido probar a lo largo de la investigación que Perzia, Bernal Osorio, Cancio y Rangone conformaban una organización criminal con roles bien definidos, destinada a la siembra, cultivo y comercialización de marihuana en grandes cantidades”, destacó la fiscalía.
El alquiler del inmueble había sido tramitado por Perzia y Cancio, a partir de un contrato de alquiler firmado el 26 de diciembre de 2020 y secuestrado de una inmobiliaria que, si bien no fue suscripto por las partes, contiene la totalidad de la información referida tanto al inmueble como a los cocontratantes.