El bloque socialista de la Cámara de Diputados de la provincia presentó la
semana pasada un proyecto para la implementación del juicio por jurados en Santa Fe. Se trata de la
incorporación de los "jurados populares", que en rigor son tribunales integrados por ciudadanos
comunes, no especializados en derecho, junto a jueces letrados.
Este sistema, que apunta a la participación de los ciudadanos en la
administración de Justicia, está previsto en el reformado Código Procesal Penal santafesino, aunque
debe sancionarse una ley específica para que comience a ejecutarse.
El jueves pasado, el bloque de diputados del Frente Progresista Cívico y Social,
encabezado por Raúl Lamberto, presentó un proyecto que contempla la participación de cuatro
ciudadanos y tres jueces para juzgar determinados delitos graves.
La dinámica de este sistema de enjuiciamiento emula al modelo venezolano. A
diferencia del régimen norteamericano, donde el jurado se limita a declarar al acusado inocente o
culpable y al juez le toca fundar esa decisión, en el flamante proyecto santafesino se prevé que
las decisiones sean resueltas en pie de igualdad entre los magistrados y los integrantes del
jurado.
De cualquier manera, la modalidad que finalmente se incorpore en la provincia
resultará de un largo debate que recién comienza. Los autores del proyecto pretenden someterlo a
una intensa discusión pública y a la consulta de distintos actores, como las facultades de Derecho
y los colegios de Abogados y de Magistrados de la provincia, antes de consensuar la forma
definitiva. Además, la iniciativa está sujeta a las modificaciones que se dispongan dentro de las
dos Cámaras del cuerpo legislativo. Así, con la reforma penal apenas iniciándose en la provincia
—rige ahora una modalidad de transición— se espera un largo debate antes de que se
conozca la versión definitiva.
El juicio por jurados es una deuda pendiente del sistema penal argentino. Está
previsto en la Constitución nacional (que asigna al Congreso la tarea de dictar leyes para
implementarlo) y el debate sobre su incorporación se remonta a la Carta Magna de 1853. Con una
modalidad inspirada en el sistema norteamericano, rige sólo en la provincia de Córdoba desde 2004.
En Santa Fe, su incorporación comienza a visualizarse recién ahora, tras la reciente reforma del
Código Procesal Penal.
Claves de un cambio. La reforma institucional que empezó a darse consiste en el
pasaje de un sistema inquisitivo, donde el mismo juez investiga y resuelve, a uno adversarial,
donde investiga el fiscal y cobra peso la dinámica entre las partes. Con esta nueva modalidad
también se reemplaza el juicio escrito por el oral y público, como rige en el resto de
Latinoamérica.
"En el nuevo Código está previsto que para determinados delitos se incorpore el
juicio por jurados. Esto contempla varias modalidades. En general las opiniones en nuestro país,
entre ellas la de (Eugenio) Zaffaroni, siempre se inclinaron más hacia un tribunal combinado,
porque los especialistas dicen que las sentencias deben estar fundadas. No alcanza con que un
tribunal diga si el acusado es culpable o inocente. Hace falta fundar la decisión para que no entre
en contradicción con la moderna doctrina", explicó a LaCapital el diputado Lamberto.
El objetivo del juicio por jurados es promover la integración ciudadana en el
sistema judicial: "Que la ciudadanía participe en las cuestiones de Justicia, que se involucre",
señaló Lamberto. Esta modalidad es uno de los últimos aspectos que falta legislar para la completa
transformación de los procedimientos penales en Santa Fe.
Detalles de una propuesta. El proyecto que, a requerimiento de Hermes Binner,
diagramó el bloque oficialista consiste en un tribunal integrado por cuatro ciudadanos (también
llamados "jueces legos") y tres magistrados.
La participación de los ciudadanos seleccionados se impone con fuerza de carga
pública. Salvo razones fundadas, el ciudadano no puede excusarse de participar del juicio. Recibe
como compensación una suma equivalente a un día de remuneración básica de un juez por cada día de
desempeño, además de gastos de movilidad, alojamiento y viáticos.
Los integrantes del jurado serán elegidos por sorteo de un padrón general de
posibles jurados que deberá elaborar el Tribunal Electoral de la provincia. Los requisitos para
integrarlo son: tener entre 25 y 65 años, ser argentino o con residencia en el país, tener
educación secundaria completa, no ser empleado público ni miembro del Tribunal de Cuentas, entre
otros.
Al momento de integrar un tribunal, la Oficina de Gestión Judicial
correspondiente sorteará de esa lista a quince personas. La intención es que los sorteados "sean
una muestra justa y representativa de la sociedad".
Tras esa preselección, se realizará una primera audiencia en la cual el fiscal,
el defensor o el querellante pueden impugnar como máximo a tres personas. De los doce restantes se
realiza el sorteo definitivo para nombrar a cuatro titulares y cuatro suplentes. Deben prestar
juramento y los resguardan los mismos derechos que a los magistrados de no ser molestados por las
partes, a fin de garantizar su independencia. Participan de procedimientos que no sean
estrictamente de derecho y de las audiencias orales, que serán dirigidas por el magistrado que
presida el tribunal.
El proyecto prevé que el juicio por jurados se instrumente ante delitos graves y
que conciten interés público: homicidio calificado, violación seguida de muerte, homicidios con
motivo y ocasión de tortura, homicidios en ocasión de robo, asociación ilícita, traición a la
patria y atentado al orden constitucional y la vida democrática.
Entre pares. ¿Cómo se dictan los fallos? Una vez terminadas las audiencias de debate público,
los jueces y los integrantes del jurado se reúnen a deliberar en privado. Sean o no magistrados, se
expiden en igualdad de condiciones sobre la culpabilidad o inocencia del acusado, el encuadre legal
y el monto de la pena.
“Se trata de un modelo de integración mixta. Ello implica una toma de decisión importante:
es darle el máximo posible de relevancia a la tarea de los jurados legos, al nivel de estricta
igualdad con los jueces letrados”, señala el proyecto.
La iniciativa apunta a que los integrantes del tribunal lleguen a una decisión consensuada. Si
no se ponen de acuerdo se impone la decisión de la mayoría. Los ciudadanos pueden adherir al voto
de un juez letrado. Asimismo, los jurados que no compartan el voto mayoritario pueden adherir a los
argumentos de los magistrados que votaran en minoría.
Si el jurado llega a una decisión distinta de los magistrados, debe recibir la asistencia del
secretario del tribunal para fundamentar su decisión y darle formato jurídico. De lo contrario, la
sentencia sería objeto de impugnaciones válidas: todos los fallos deben estar fundados
jurídicamente.
El desafío de la participación ciudadana en los juicios no es menor en una sociedad habituada a
efectuar su apresurado veredicto ante la menor difusión de casos penales que adquieren resonancia
mediática. ¿Cómo evitar, en ese marco, el prejuzgamiento? Para Lamberto, se trata de dos escenarios
distintos: “Cuando una persona acude a un jurado la responsabilidad no es la misma que cuando
emite su opinión en un bar. La obligación que tiene por delante, decidir nada menos que si una
persona es culpable o inocente, es una gran responsabilidad”, consideró.
Asuntos pendientes. También a instancias del Ejecutivo, según Lamberto, en Diputados ya se
aprobaron con media sanción cuatro proyectos de leyes complementarias a la reforma penal: la ley
del ministerio público, la del servicio público de la defensa, la ley de transición al nuevo código
y la modificación de la Ley Orgánica de Tribunales para adaptarla al nuevo andamiaje procesal.
Todos esos proyectos deben ahora pasar por el Senado.
Un quinto aspecto que ahora se debate en la Cámara baja es la ley de protección de testigos y
querellantes. En ese orden, el juicio por jurados sería el sexto asunto a convertir en ley para que
lentamente se vuelva realidad en el territorio de la provincia.
Reunión
Los Colegios de Abogados de la provincia se reunieron con la comisión
de Asuntos Constitucionales del Senado para plantear su posición sobre el sistema de servicio
público de defensa penal aprobado en Diputados. Los letrados quieren que los defensores oficiales
sean sorteados de una lista que manejen las entidades.