El juez Nicolás Vico Gimena homologó un juicio abreviado por el cual tres ex policías del Comando Radioeléctrico de Alvarez deberán cumplir cada uno 3 años de prisión condicional, 6 de inhabilitación para ejercer cargos públicos y además pagar multas por los cargos de apremios ilegales, incumplimiento de deberes funcionario publico y hurto agravado. Las víctimas fueron dos adolescentes de una familia de Coronel Domínguez que, luego de ser perseguidos por los agentes, sufrieron abusos de autoridad y de armas según se constató en la investigación. Los condenados son Héctor Zeballos, Jonatan Medina y Pablo Diab, cuyas penas sólo difieren en el monto a pagar como resarcimiento a las víctimas.
La fiscal Paola Aguirre, de la Unidad de Violencia Institucional, expresó durante la audiencia de juicio abreviado que el 15 de noviembre de 2021 los tres policías estaban patrullando la ruta 18 cuando a la altura del kilómetro 15.5, al realizar un control vehicular en la localidad de Alvarez, intentaron abordar un Ford Kinetic que aparentemente era conducido por un menor. Quienes iban en el auto no acataron la orden de detenerse y se generó una persecución.
Así los policías llegaron hasta una vivienda de González del Solar y 24 de Diciembre, en la localidad de Coronel Domínguez. A la casa ingresaron Zeballos y Medina, quienes apuntaron con sus armas reglamentarias a los familiares de los menores que se hallaban allí. Los sacaron a la calle y los redujeron poniéndoles sus manos sobre el capó del móvil policial. Los dos policías comenzaron a golpear a las víctimas y les causaron lesiones. Luego Medina, según las víctimas, ingresó al Ford Kinetic y hurtó 7.000 pesos de la billetera de uno de los damnificados. Sin embargo, a pesar de la serie de sucesos, no detuvieron a los infractores ni secuestraron el vehículo.
En tanto Pablo Diab, según Fiscalía, no avisó a sus superiores sobre los hechos de violencia ocurridos hacia los menores de edad cometidos por Medina y Zeballos y que él observó, situación a la que estaba obligado por ser policía. Por otra parte se le atribuyó haber falseado la hoja de ruta de esa fecha. Ninguno de los tres confeccionó un acta de procedimiento, documento que están obligados a realizar por su condición de agentes policiales.
Una vez escuchados los argumentos y la propuesta de convenio abreviado presentado por la fiscalía y aceptado por la defensa, el juez Nicolás Vico Gimena resolvió homologar el acuerdo y condenó a los tres a distintas penas.
A Héctor Zeballos a la pena única de 3 años de prisión condicional, seis años de inhabilitación especial, pago de multa de 12.500 pesos y 10.000 de resarcimiento para la víctima, con reglas de conducta a cumplir por cuatro años, por los delitos de apremios ilegales, violación de los deberes de funcionario público e incumplimiento de deberes de funcionario.
Para Jonatan Medina se dictó la pena de 3 años de prisión condicional, 6 años de inhabilitación especial, el pago de multa de 12.500 pesos, el resarcimiento para una de las víctimas en 20 mil pesos y reglas de conducta por el plazo de cuatro años. Fue considerado coautor de apremios ilegales, hurto agravado por su condición de funcionario público y violación de los deberes de funcionario público.
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En tanto para Pablo Diab la pena también fue de 3 años de prisión condicional, 6 años de inhabilitación especial, 6 años de inhabilitación absoluta y multa de 12.500 pesos. El resarcimiento para una de las víctimas será de 10.000 pesos. Los cargos fueron por encubrimiento agravado por su calidad de funcionario público, falsedad ideológica de instrumento público y violación de los deberes de funcionario público.
Las reglas de conducta para los tres condenados por el plazo de cuatro años son fijar domicilio y someterse al control del Patronato de Liberados de la provincia de Santa Fe, la prohibición de acercamiento a menos de 200 metros respecto de las víctimas, además de adoptar un “oficio, arte o industria adecuado a su capacidad”.