La condena a prisión perpetua dictada en junio a Esteban Lindor Alvarado como jefe de una asociación ilícita y las de otras seis personas consideradas parte de la organización comenzaron a revisarse este lunes. Con señalamientos técnicos y segmentados por bloques temáticos, los defensores del sentenciado como jefe de la banda plantearon la incompetencia del fuero provincial para abordar el delito de lavado de activos. Además objetaron la pericia al celular que el principal acusado arrojó a un lago al ser detenido en un camping cordobés y el testimonio del mecánico Carlos Argüelles, un amigo de Alvarado asesinado un año después de declarar.
El debate de apelación ante un tribunal de segunda instancia arrancó en la sala 10 del Centro de Justicia Penal (CJP), la misma en la que desarrolló el extenso juicio a Alvarado entre los meses de febrero y junio. El condenado a prisión perpetua como jefe de un emporio criminal —cuatro de sus colaboradores recibieron la misma pena— no se conectó por videoconferencia en la jornada de este lunes por ser día de visitas en la cárcel federal de Ezeiza, donde cumple una condena a 15 años de prisión por el transporte de más de 400 kilos de marihuana a Río Negro.
Esa condena federal fue dictada día después del fallo unánime de los jueces provinciales Alejandro Negroni, Patricia Bilotta y María Isabel Mas Varela, quienes condenaron a Alvarado a prisión perpetua por varios delitos. Uno fue como instigador del homicidio de Lucio Maldonado, cuyo cuerpo apareció el 13 de noviembre de 2018 en un pastizal lindero a la Circunvalación, a unos 200 metros del casino. El GPS del auto del prestamista, que había sido secuestrado dos días antes en la puerta de su casa, reveló que estuvo cautivo en una finca del paraje Los Muchachos, propiedad de Alvarado, quien durante el juicio negó enfáticamente haber encargado el asesinato.
Además fue condenado como jefe de una asociación ilícita de la cual más de 20 personas admitieron haber sido parte en juicios abreviados y por cuatro hechos de amenazas coactivas: las balaceras contra el edificio de Tribunales y el CJP del 10 de diciembre de 2018, el envío de una cabeza de perro a la empleada de Fiscalía Marina Marsilli y la orden de balear la casa de la contadora en enero de 2019. Por último fue sentenciado por cinco hechos de lavado de activos.
Sobre este aspecto giró el primer agravio —y el más novedoso— de los defensores Pablo Morosano, Lucas Peirone, Juan Pablo Güenzi y Juan Pablo Audisio. De acuerdo con el planteo de los defensores, a la hora de imputar a su cliente por estas maniobras que consideran de competencia federal los fiscales de la Agencia de Criminalidad Organizada Luis Schiappa Pietra y Matías Edery esgrimieron un convenio firmado con la Procuraduría de Narcocriminalidad (Procunar) y con el juez Marcelo Bailaque, quien el 28 de abril de 2021 declinó de su competencia para que los fiscales provinciales pudieran investigar a Alvarado por el delito de lavado.
Así fue que Alvarado resultó juzgado y condenado en el ámbito provincial por maniobras de lavado en la compra de propiedades en Funes Hills, Condominios del Alto, Tierra de Sueños, Puerto Roldán y un campo en General Domínguez. Sin embargo, dijo Morosano, una vez finalizado el juicio y días antes de que se dictara el veredicto los abogados tomaron conocimiento de una resolución adoptada el año pasado por la Cámara de Apelaciones Federal que dejaba sin efecto aquel paso al costado de Bailaque.
En esa resolución, dijeron, los camaristas federales decidieron que la Justicia Federal retomara la competencia en investigaciones contra Alvarado por lavado de activos. Los abogados pusieron esta situación novedosa en conocimiento de los jueces provinciales Carolina Hernández, Alfredo Ivaldi Artacho y Guillermo Llaudet Maza, el tribunal de segunda instancia que revisa las condenas contra la organización. Los abogados plantearon que se trata de un delito federal porque, al igual que el narcotráfico y la trata de persona, compromete intereses de carácter nacional. Citaron jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia nacional que lo considera un delito federal cualquiera sea el delito precedente que generó el lavado.
“La competencia no es de aquel que la pide ni de aquel que está en la posición más cómoda para investigar _expuso Morosano_. Es de aquel a quien la ley le otorga competencia, en este caso la Justicia Federal, para tratar el delito de lavado. En todo caso, si hay un convenio entre partes, si hay colaboración entre las fiscalías, la que esté en mejores condiciones de investigar le tiene que remitir esa información al juzgado que sea competente para juzgar, y no a la inversa”.
A continuación, Peirone cuestionó la apertura del celular de Alvarado realizada en Nueva York por la compañía de origen israelí Cellebrite. La firma desencriptó el smartphone que Alvarado arrojó al río segundos antes de ser detenido en febrero de 2019 en un camping de Embalse Río Tercero. Luego el aparato fue sometido en el país a una pericia en la cual se recuperaron cerca de 4.600 audios que fueron centrales en la prueba.
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El abogado cuestionó la cadena de custodia, que quien firmó el informe de Cellebrite no declarara en el debate sino un sucesor y la selección de la empresa. Por estos argumentos _los fiscales respondieron que no hubo irregularidades ni afectación al derecho de defensa y que esa es la única compañía a nivel mundial que puede hacer este tipo de trabajos_ los defensores pidieron la invalidación de esa prueba.
Además cuestionaron la declaración del mecánico Carlos Argüelles, quien en 2020 adelantó un largo testimonio filmado delante de una jueza y un año y medio después lo mataron a tiros delante de su familia en la puerta de su taller. Fue colaborador de Alvarado durante años y dijo que su jefe “mataba, robaba y torturaba igual que en la dictadura”.
A ese agravio se sumó Narella Sirio, abogada del también condenado a prisión perpetua Mauricio Laferrara, condenado por intervenir en el crimen de Maldonado, como miembro de la asociación ilícita y como coautor del homicidio de Cristian Enrique, un joven de 22 años que apareció el 10 de noviembre de 2018 al costado de la ruta provincial 14, en Soldini. Por el crimen de Maldonado y como miembro de la banda también recibió la pena máxima Facundo Almada. En tanto, Matías y Germán Fernández fueron sentenciados a perpetua por su participación en el homicidio del prestamista.
Otros dos sentenciados que se encuentran en libertad son el técnico en construcciones Miguel Grecci Hazzi, condenado a cuatro años y ocho meses por dos hechos de lavado y su pareja Damiana Ghirardi, con tres años de prisión condicional por un hecho de lavado. Las jornadas de apelación se extenderán hasta el viernes 11 de noviembre y luego los jueces tendrán un plazo de al menos diez días hábiles para expedirse.