Un hombre que nunca pagó la cuota de alimentaria de su hijo de 12 años y mostró un desinterés absoluto a las intimaciones judiciales, no podrá ingresar al estadio de Newell's Old Boys, conducir, ni salir del país tras ser inscripto en el Registro de Deudores Alimentarios. “El reiterado incumplimiento de la obligación, afecta seriamente los derechos humanos de su hijo”, recalcó la jueza de Familia rosarina que firmó la orden judicial, al calificar el caso como de “violencia económica”.
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos que funciona en Santa Fe desde 2006 (creado por la ley provincial 11.945), mostró en los últimos años un crecimiento exponencial. Y, según cifras oficiales, en toda la provincia hay 1.981 inscriptos al 23 de marzo de 2023.
Mientras la Municipalidad adhirió a la ley y generó legislación local complementaria para imponer distintas restricciones a los incumplidores, a nivel nacional la Cámara de Diputados otorgó en noviembre pasado media sanción al proyecto de ley para la creación del Registro Único de Deudores Alimentarios Morosos de la Nación (Reudam) que, de tener sanción completa, funcionará bajo la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación.
Es que las limitaciones y trastornos que atraviesan las madres a cargo de sus hijos pueden llenar páginas repletas de historias de vulneración de derechos de niños y adolescentes. Aunque con matices, en este caso, una mujer a cargo de su hijo de 12 años se cansó de los reiterados y constantes incumplimientos del ex marido.
En el marco de trámite judicial por alimentos, la defensora civil María Gracia Paoletti denunció ante la jueza Mariel Brunetti (Tribunal de Familia Nº 7 de Rosario) el incumplimiento del pago de la cuota alimentaria por parte del señor J. A. R., lo que sustentó con constancias bancarias de “inexistencia de movimientos” en la cuenta judicial abierta para a tal fin.
Restricción a la pasión
Y solicitó que se ordene la inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios, que se le retire la licencia de conducir _en caso de tenerla_, la restricción de salidas al exterior del país, y la prohibición de ingreso al estadio de fútbol de Newell's Old Boys.
Tras un dictamen de la defensoría general a favor de imponer las medidas, la jueza Brunetti resolvió la situación. Y en una resolución que se conoció esta semana citó que la falta de pago de la cuota alimentaria “afecta directamente a la madre, porque ocasiona un deterioro de su situación económica, ya que debe cubrir de manera exclusiva las necesidades materiales de su hijo con la consiguiente limitación injustificada de sus propios recursos”.
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En ese sentido, la jueza enumeró un catálogo de sanciones que se pueden tomar respecto de los deudores a partir de la inscripción al Registro de Deudores Alimentarios, lo cual se traduce en “causal de indignidad”.
Las sanciones
Así recordó que se les puede restringir la salida del país, clausurar el fondo de comercio, suspender el servicio de telefonía celular, ordenar el arresto, prohibirle el ingreso al club y a guarderías náuticas.
También se les puede impedir ejercer determinadas profesiones, suspender la licencia de conducir y su renovación, anotar la deuda alimentaria en la libreta de embarque, excluirlos del hogar, y prohibirles la asistencia a espectáculos deportivos y bailables u ordenar que hagan tareas comunitarias.
En el caso particular, aunque de acuerdo a doctrina y jurisprudencia que avala la decisión, Brunetti remarcó que “en razón del principio de interpretación y garantista del interés superior del niño que ordena priorizar la máxima satisfacción de los derechos del niño, las medidas peticionadas resultan procedentes y razonables, por cuanto el derecho humano alimentario de un niño de doce años debe ser priorizado frente a cualquier otro”.
Jamás depositó un peso
Es más, agregó que esa interpretación adquiere mayor relevancia porque las medidas solicitadas recaen sobre “el progenitor obligado alimentario, quien ha incumplido con su obligación parental. Más aún, jamás ha cumplimentado el pago de la cuota alimentaria ordenada, e intimado a ello, ha hecho caso omiso, evidenciándose el reiterado incumplimiento de la obligación, afectando seriamente los derechos humanos de su hijo, amen de la manifiesta y deliberada conducta de desobediencia a la orden judicial”.
Así, en una resolución que trascendió esta semana, la jueza Brunetti consideró “razonable” la medida a aplicar, frente al contexto familiar que involucra no solo al niño, sino también a su progenitora.
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La violencia económica
Y expuso que la resolución de la situación constituye “un deber estatal de adoptar todas las acciones tendientes a remover las desigualdades y discriminaciones que provocan los hechos de violencia económica como el presente”.
Finalmente, ordenó que hasta tanto J.A.R. haga el pago de los alimentos adeudados en su totalidad, se le prohíba salir del país, se le suspenda la licencia de conducir si la tiene, o no la renueven si la posee, y en caso de no tenerla que tampoco se la otorguen.
Pero además, la funcionaria tocó un aspecto cultural y pasional, y ordenó que le prohíban al demandado el ingreso al estadio de fútbol de Newell's Old Boys, para lo cual envió oficios a la institución, a la autoridad policial de Rosario y la Dirección Nacional de Seguridad en Espectáculos Deportivos para que lo incluyan en la lista de personas que tienen restringido el ingreso a los partidos de fútbol.